Norma Legal Oficial del día 05 de marzo del año 2003 (05/03/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

MORDAZA, miercoles 5 de marzo de 2003

NORMAS LEGALES

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GOBIERNO REGIONAL SAN MORDAZA
FE DE ERRATAS ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 002-2003-GRSM/CR Mediante Oficio Nº 002-GRSM/OEL el Gobierno Regional San MORDAZA solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo de Consejo Regional Nº 002-2003-GRSM/CR, publicado en nuestra edicion del dia 28 de febrero de 2003, pagina 239943. En el articulo primero: DICE: "APROBAR la remuneracion mensual del senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA, quien percibira la suma de 6.45 Unidad Impositiva Tributaria y del Vicepresidente del Gobierno Regional quien percibira 4.13 Unidad Impositiva Tributaria respectivamente, vigente al 1 de enero del 2003." DEBE DECIR: "APROBAR la remuneracion mensual del senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA, quien percibira la suma de 6.45 Unidad Impositiva Tributaria y del Vicepresidente del Gobierno Regional quien percibira 4.19 Unidad Impositiva Tributaria respectivamente, vigente al 1 de enero del 2003." 04204

MORDAZA, que en su Articulo 2º establece que tiene alcance metropolitano, siendo consecuentemente de cumplimiento obligatorio en la provincia de Lima; Que, mediante Ordenanza Nº 077-MDB, se declara que no es de alcance en la jurisdiccion del distrito de Barranco la Ordenanza Nº 210-MML; Que, sin embargo, la Ordenanza Nº 210-MML, regula con mayor precision los aspectos tecnicos y administrativos para el otorgamiento de la autorizacion y renovacion de autorizacion en la instalacion de elementos de publicidad exterior; En uso de las facultades conferidas por el inciso 3) del Articulo 36º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, ha aprobado lo siguiente: ORDENANZA Articulo Primero.- DEROGUESE la Ordenanza Nº 005-MDB que aprueba el Tramite para otorgar Autorizacion y Renovacion en la Colocacion de Anuncios. Articulo Segundo.- DEROGUESE la Ordenanza Nº 077-MDB, que declaro que no es de alcance en la jurisdiccion del distrito de Barranco la Ordenanza Nº 218MML. Articulo Tercero.- DISPONGASE que en la jurisdiccion del distrito de Barranco, sea de aplicacion la Ordenanza Nº 210-MML, que aprueba el Reglamento de Publicidad Exterior y, que tiene alcance metropolitano. Articulo Cuarto.- DEJESE SIN EFECTO las disposiciones legales que se opongan a lo dispuesto por la presente Ordenanza, que entra en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- Encargar a la Direccion Municipal y a la Direccion de Desarrollo MORDAZA el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase.

GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Derogan Ordenanzas Nºs. 005 y 077MDB, y disponen aplicacion de Ordenanza Nº 210-MML que aprueba el Reglamento de Publicidad Exterior
ORDENANZA Nº 139-MDB Barranco, 27 de febrero del 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DE BARRANCO POR CUANTO: El Concejo Distrital de la Municipalidad de Barranco, en Sesion Ordinaria de la fecha, con el MORDAZA unanime de sus miembros; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru reconoce en sus Articulos 191º y 192º la autonomia politica, economica y administrativa de las municipalidades en los asuntos de su competencia; Que, el inciso 18) del Articulo 65º de la Ley Nº 23853 - Ley Organica de Municipalidades, establece que son funciones de las municipalidades en materia de acondicionamiento territorial, vivienda y seguridad colectiva, regular y autorizar la ubicacion de avisos luminosos, publicidad comercial y propaganda politica; Que, mediante Ordenanza Nº 005-MDB, se aprueba el Tramite para Otorgar Autorizacion y Renovacion en la Colocacion de Anuncios; Que, por Ordenanza Nº 210-MML, se aprueba el Reglamento para Publicidad Exterior en la Provincia de

MORDAZA DEL POMAR SAETTONE MORDAZA 04097

MUNICIPALIDAD DE BRENA
Aprueban beneficio tributario en la jurisdiccion del distrito
ORDENANZA Nº 066-MDB Brena, 28 de febrero de 2003 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BRENA POR CUANTO: El Concejo Municipal del distrito de Brena, en Sesion Ordinaria de la fecha y con dispensa del tramite de aprobacion del Acta; VISTO: El Informe Nº 018-2003-OR/MD de fecha 25 de febrero del 2003 de la Oficina de Rentas; y, CONSIDERANDO: Que, el articulo 191º de la Constitucion Politica del Peru establece que los Gobiernos Locales tiene autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del Codigo Tributario establece que los Gobiernos Locales, mediante ordenanza pueden crear, modificar y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley;