Norma Legal Oficial del día 12 de diciembre del año 2003 (12/12/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 12 de diciembre de 2003

b.1 Por perdida o disminucion sustancial de la capacidad fisica o mental del titular, acreditadas por un servicio medico especializado. b.2 Por actuacion u omision grave, voluntaria o negligente, en el desempeno de sus funciones. b.3 Por la clausura de la instalacion. Articulo 59º.- Comunicaciones necesarias Toda alteracion de las condiciones fisicas o psiquicas del titular de una licencia de operador o supervisor que disminuya la capacidad y responsabilidad para el trabajo, debe ser comunicada formalmente a la OTAN, en un plazo no superior a quince (15) dias desde la fecha en que se detecto. Esta comunicacion debe realizarla, de ser posible, el propio interesado y, en todo caso, el explotador de la instalacion. TITULO V VIGENCIA Y RENOVACION DE LICENCIAS Articulo 60º.- Vigencia de licencia de instalaciones radiactivas y de servicios Las licencias de instalaciones radiactivas y de servicios son vigentes por los periodos establecidos en el Anexo I, al cabo del cual deben ser renovadas. Las licencias de operacion o licencias de servicios deben ser renovadas presentando una solicitud escrita dirigida al Presidente de la Autoridad Nacional, adjuntando una declaracion de no variacion de las condiciones establecidas en los limites y condiciones de la anterior licencia. La solicitud de renovacion debe incluir el pago de los derechos de tramite establecidos en el MORDAZA vigente. En la inspeccion para la renovacion la OTAN debe verificar lo declarado, asi como los certificados de calibracion de haces, equipos y detectores, prueba de fuga de material radiactivo, control de calidad de los equipos de rayos X, y otros aspectos de seguridad y proteccion radiologica, segun sea el caso. Articulo 61º.- Vigencia de licencia de instalaciones nucleares La vigencia de las licencias de instalaciones nucleares esta de acuerdo a lo siguiente: a) Centrales Nucleares, un (1) ano b) Reactores nucleares, dos (2) anos c) Instalaciones de almacenamiento, dos (2) anos. Al cabo de este periodo deben ser renovadas presentando para ello un informe sobre la operacion y evaluacion de la seguridad operacional, asi como los derechos de renovacion segun tasa vigente. La Autoridad Nacional debe evaluar la informacion remitida, el cumplimiento de las condiciones de la licencia y los hallazgos de las inspecciones que MORDAZA realizado. La renovacion se concede por un periodo similar a la licencia inicial. TITULO VI

La validacion de bultos o embalajes de transporte debe ser solicitada a la OTAN adjuntando para ello la documentacion de caracteristicas del diseno y los certificados de aprobacion emitido por las autoridades competentes. Los embalajes y contenedores de transporte fabricados en el MORDAZA requieren de autorizacion especifica, para cuyo efecto se debe presentar la documentacion donde se describan las caracteristicas y detalle del diseno, las pruebas a que ha sido sometido y los resultados de las mismas. La OTAN debera evaluar la documentacion presentada para el transporte, validacion o aprobacion de diseno en un plazo no mayor de treinta (30) dias. La autorizacion se concede en forma especifica para el fin solicitado. Capitulo II Importacion de MORDAZA de radiacion ionizante Articulo 63º.- De la importacion de MORDAZA de radiacion ionizante La importacion de MORDAZA de radiaciones ionizantes debe efectuarse conforme con lo dispuesto por la Ley Nº 27757 y sus normas complementarias y reglamentarias. Capitulo III Reutilizacion de MORDAZA y eliminacion de desechos radiactivos Articulo 64º.- De la descarga, eliminacion de material radiactivo y gestion de desechos radiactivos La reutilizacion de MORDAZA radiactivas o la eliminacion de desechos radiactivos debe efectuarse con una autorizacion previa de la OTAN. La autorizacion debe solicitarse adjuntando informacion sobre las caracteristicas del material a ser eliminado o reutilizado, la cantidad, volumen y concentracion, forma de eliminacion o reutilizacion, impacto ambiental estimado en caso de eliminacion, justificacion y medidas de seguridad adoptadas en caso de reutilizacion, asi como los procedimientos operativos para llevar a cabo las actividades. La OTAN debe evaluar la solicitud en plazo de treinta (30) dias. La autorizacion es especifica para la actividad requerida. Los Titulares de autorizaciones que cuenten con MORDAZA radiactivas en desuso, para las que ya no se prevea su reutilizacion, deben re-exportarlas al MORDAZA de origen o gestionarlas en la planta de gestion de desechos radiactivos del IPEN en un plazo no mayor de noventa (90) dias, luego de declararlas en desuso, debiendo informarse a la OTAN. TITULO VII REGIMEN DE FISCALIZACION, SANCIONES E INFRACCIONES. Capitulo I Fiscalizacion y Control

OTRAS AUTORIZACIONES Capitulo I Transporte de MORDAZA radiactivas, diseno, validacion y aprobacion de bultos y embalajes. Articulo 62º- Del transporte de material radiactivo y nuclear, diseno y validacion de bultos y embalajes El transporte de materiales radiactivos y nucleares asi como la aprobacion o validacion de bultos y embalajes para el transporte de dichos materiales o MORDAZA radiactivas de forma especial, requieren de una autorizacion especifica de la OTAN, de conformidad con las normas especificas al respecto. En la solicitud que se presente para la autorizacion de transporte se debe indicar la informacion relativa al bulto a ser transportado, describiendo las caracteristicas del equipo o fuente radiactiva, MORDAZA de embalaje, nivel de radiacion en contacto y a un metro del bulto, nivel de contaminacion transitoria, remitente, receptor, via de transporte, origen y destino del transporte y plan de emergencias, asi como las medidas de proteccion fisica, segun sea el caso. Articulo 65º.- De la fiscalizacion La OTAN, ejerce las labores de fiscalizacion y control del cumplimiento de la Ley y de las normas vigentes sobre el uso de MORDAZA de radiacion ionizante, las cuales son ejecutadas de oficio, a pedido de parte o por denuncia. Para el cumplimiento de sus funciones y dentro del ambito de su competencia, la OTAN puede solicitar el apoyo de las autoridades publicas correspondientes. Articulo 66º.- De las facultades de los Inspectores Las acciones de fiscalizacion y control, se ejercen a traves de inspectores debidamente acreditados, quienes estan facultados para: a) Verificar las condiciones de seguridad y proteccion de las MORDAZA de radiacion ionizante en relacion a los reglamentos, normas y los limites y condiciones de la licencia y requerir las acciones correctivas que correspondan. b) Solicitar la exhibicion o MORDAZA de equipos, documentos, archivos, datos o registros impresos, magneticos y/o digitales, vinculados a la actividad materia de inspeccion.