Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2003 (14/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

MORDAZA, jueves 14 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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las atribuciones del Concejo Municipal se encontraba el de resolver los recursos de impugnacion de su competencia; Que, conforme al procedimiento establecido en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, los recursos de apelacion interpuestos contra Resoluciones de Alcaldia y Resoluciones Directorales emitidos en via de delegacion por la Alcaldia, seran elevados al Concejo Municipal para su pronunciamiento, con lo que concluia la via administrativa; Que, la Ley Nº 27972, nueva Ley Organica de Municipalidades, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 27.5.03, derogo a la Ley Nº 23853, a partir del 28.5.03; Que, la Ley Nº 27972, nueva Ley Organica de Municipalidades, establece en su articulo 50º que la via administrativa queda agotada con la decision que adopte el MORDAZA, con excepcion de los asuntos tributarios por lo que el Concejo Municipal ya no tiene competencia para resolver recursos de apelacion; Que, a la fecha de entrada en vigencia de la Ley Nº 27972, nueva Ley Organica de Municipalidades existen pendientes de resolver por el Concejo Municipal de San MORDAZA de Porres diversas apelaciones administrativas; Que, la Ley Nº 27972, nueva Ley Organica de Municipalidades, no ha previsto entre sus Disposiciones Complementarias cual es el procedimiento que debe seguirse para la atencion de dichas apelaciones pendientes de resolverse a la fecha de entrada en vigencia; Que, habiendo profusa legislacion y jurisprudencia concordante con los principios del procedimiento administrativo, de razonabilidad, de eficacia y del debido procedimiento, normado por el Art. IV Inc. 1.4., 1.8 y 1.10 de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, los mismos que garantizan que se sancione bajo el MORDAZA normativo aplicable al momento de iniciar el tramite ante la Institucion MORDAZA, ya que es dentro del referido contexto que los recurrentes han acudido a interponer sus solicitudes, denuncia, etc., ante la Municipalidad a fin de hacer MORDAZA sus derechos; Que, por mandato del inciso 4) del articulo 200º de la Constitucion Politica del Peru, las Ordenanzas tienen rango de ley; Estando a los fundamentos MORDAZA expuestos, en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del articulo 9º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, contando con el MORDAZA por Unanimidad de los senores regidores y con la dispensa de la lectura y aprobacion de actas, se ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROCEDIMIENTO PARA APELACIONES ADMINISTRATIVAS PENDIENTES DE RESOLVER ANTE LA VIGENCIA DE LA LEY Nº 27972 Articulo Primero.- DISPONER, que los expedientes administrativos que se encuentren con recursos impugnatorios pendientes de resolver, presentados hasta el 27.5.03, continuaran con el tramite previsto en la Ley Nº 27444, concordante con el inciso 8) del Art. 36º, de la Ley Nº 23853 y seran resueltos por el Concejo Municipal. Articulo Segundo.- Las apelaciones administrativas interpuestas a partir del 28.5.03, se sujetaran a las disposiciones de la Ley Nº 27972. Articulo Tercero.- Encarguese a las areas competentes de la Corporacion MORDAZA el cumplimiento de la presente Ordenanza. Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entra en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA DUARTE MORDAZA MORDAZA 15170

Que, el numeral 5) del articulo 2º de la Constitucion Politica del Peru estipula el derecho fundamental del acceso a la informacion, al establecer que toda persona tiene derecho a solicitar sin expresion de causa la informacion que requiera y recibirla de cualquier entidad publica, en el plazo legal y con el costo que suponga este pedido; Que, con la finalidad de promover la transparencia de los actos de Estado y regular el derecho fundamental constitucional MORDAZA indicado, se ha promulgado la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, con la cual se cautela y promueve la transparencia de los actos de todas las entidades de la Administracion Publica, entre ellas los Gobiernos Locales; Que, el ultimo parrafo del articulo 3º en concordancia con el MORDAZA parrafo del articulo 8º de la referida ley, se establece que la entidad publica designara al funcionario responsable de entregar la informacion solicitada en virtud de la misma ley. La obligatoriedad de dicha designacion debe cumplirse bajo responsabilidad del MORDAZA representante de la entidad, motivo por el cual es necesario que se efectue dicha designacion; Que, la indicada designacion no exime a las demas areas de la entidad publica edilicia en este caso, ya sea que produzcan o posean la informacion que se solicite, de su obligacion y responsabilidad en proporcionarla en el termino legal y en las condiciones que MORDAZA posible su cumplimiento; Que, en el caso de la Municipalidad de San MORDAZA de Porres, el MORDAZA tiene la facultad de designar al funcionario responsable que senala la precitada Ley Nº 27806; Estando a lo expuesto y de conformidad con la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, y en uso de las facultades contenidas en el inciso 6) del articulo 20º de la Ley Nº 27972, Organica de Municipalidades; SE RESUELVE: Articulo Primero.- DESIGNAR, al Secretario General de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, como responsable de la entrega de informacion solicitada por cualquier ciudadano, en virtud de lo dispuesto por la Ley Nº 27806 precitada. Articulo Segundo.- DISPONER, que todos los Funcionarios de las Direcciones y Jefaturas que integran el organigrama estructural de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, proporcionen y faciliten, bajo responsabilidad toda informacion que sea requerida por el Secretario General, dentro de los terminos legales y en las condiciones que MORDAZA posible su cumplimiento, a fin de que cumpla con la funcion encomendada. Articulo Tercero.- Designar al Jefe de la Unidad de Informatica, como responsable de las informaciones contenidas en la pagina web de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de Porres, cuyas siglas son www.munidsmp.gob.pe, debiendo mantenerla actualizada bajo responsabilidad. Articulo Cuarto.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 15158

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA DE MORDAZA
Suspenden otorgamiento de autorizaciones municipales de elementos generadores de impacto visual negativo y/o contaminacion luminosa
ORDENANZA Nº 146-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 7 de agosto de 2003 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Municipal de MORDAZA de MORDAZA, en Sesion Ordinaria de la fecha;

Designan responsable de la entrega de informacion solicitada en virtud de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica
RESOLUCION DE ALCALDIA Nº 507-2003-AL/MDSMP
San MORDAZA de Porres, 4 de MORDAZA de 2003