Norma Legal Oficial del día 30 de abril del año 2003 (30/04/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 30 de MORDAZA de 2003

de que el MORDAZA judicial tuviera fuertes connotaciones politicas fue lo que lo llevo a aceptar la intermediacion del senor Andiolo MORDAZA MORDAZA, quien lo condujo a una entrevista con el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para trasmitirle sus MORDAZA y recomendarle estudiara la necesidad de una conciliacion en beneficio de la menor Zarai, agregando que el conciliador debe ser una persona dinamica que superando las rigideces formalistas del Juez tradicional, solucione eficazmente en aras MORDAZA y de la justicia individual y social la esencia del litigio, no habiendose mencionado en dicha reunion ni siquiera de manera indirecta nada que tuviera que ver con el MORDAZA en si; Que, ante la Comision de Procesos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura el procesado manifesto que en la reunion que tuvo con el senor MORDAZA MORDAZA, este le sugirio que conversara con el senor Presidente sobre el problema judicial que afrontaba, y considerando que la democracia estaba en peligro es que acepto entrevistarse con el Presidente MORDAZA MORDAZA Manrique; asimismo, agrega que las razones por las cuales trato de buscar la conciliacion fue para componer el MORDAZA, y lo hacia con la mejor buena fe y voluntad, tal es asi, que concedio una entrevista radial en Tumbes y una de las entrevistadas fue la senora MORDAZA MORDAZA, con la que no pudo seguir conversando sobre el tema porque su actitud no era la mas adecuada, por ello es que concurre a la entrevista con la otra parte, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a quien tambien le expone la conveniencia de una conciliacion; Que, de otro lado en dicha declaracion el procesado manifiesta que en la reunion que sostuvo en la MORDAZA del Presidente de la Republica, no lo asesoro ni lo aconsejo, pues en su condicion de Magistrado se encontraba impedido de hacerlo, pero lo que trataron fue sobre la situacion de la MORDAZA Zarai, pues si el Presidente la reconocia estaba solucionando no solo el problema de la MORDAZA sino tambien el problema de todo el pais; Que, por escrito de 21 de octubre de 2002, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el MORDAZA seguido contra don MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sobre declaracion judicial de paternidad biologica, se desiste de su pretension y por resolucion de 23 de octubre de 2002, la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema acepta su desistimiento; Que, analizados los hechos y las diligencias celebradas ante la Comision Parlamentaria del Congreso de la Republica, la Comision Permanente de Procesos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura, los alegatos y documentacion que forman parte del expediente de la materia, se infiere que la entrevista que sostuvo el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA con el senor Presidente de la Republica doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA en el domicilio de este ultimo, fue con la MORDAZA intencion de exhortarlo a una solucion conciliatoria en beneficio de la menor Zarai, arreglo que si bien podria no haber sido conducente, por no constituir un derecho disponible, apuntaba inobjetablemente a llegar al reconocimiento de la menor; Que, no se puede desconocer la circunstancia de quienes son las personas involucradas en el MORDAZA, la demandante, una senora que tenaz y persistentemente venia luchando por el derecho de su hija y que contaba con amplia cobertura en los medios de comunicacion, poderoso ingrediente de presion social; en tanto, que el demandado que ostenta nada menos que la primera magistratura del MORDAZA, situacion que condujo al procesado a considerar que el juicio exhibia detalles especiales, convirtiendolo en uno de caracter politico, cuya solucion en tal o cual sentido no dejaba de tener esta fuerte connotacion, ya que de haber salido triunfante el Presidente, no cabe duda que se habria especulado de haberse ejercido presion al Poder Judicial; en cambio, si el resultado hubiese sido adverso, se afectaba la imagen presidencial, provocando una crisis de gobernabilidad, pues no olvidemos a cuanto habia descendido el indice de aceptacion del Presidente, en esas epocas del MORDAZA, siendo uno de los factores, la negativa a reconocer a su hija Zarai; Que, el articulo 185º inciso 1) de la Ley Organica del Poder Judicial prescribe que el Juez puede propiciar la conciliacion de las partes en cualquier estado del juicio, articulo que impulso al doctor MORDAZA MORDAZA a exhortar al Presidente de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA a una solucion conciliatoria en beneficio de la MORDAZA veces mencionada menor Zarai, no tratando con este nada que tuviera que ver con el MORDAZA en si; Que, no existe en el MORDAZA instaurado al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, prueba alguna que acredite que el movil de su conducta MORDAZA

sido de caracter subalterno, sino uno de naturaleza noble, fundamentado en la creatividad del Juez que no transita por los caminos del inmovilismo de la vieja tradicion civilista, largamente superada; Que, todo lo anterior conduce a sostener que el comportamiento del doctor MORDAZA MORDAZA, no es el de los jueces pasivos, sino el de aquellos que activa y creadoramente tratan el derecho en el afan de discernir justicia en procura MORDAZA social que es el postulado esencial de una justicia efectiva y verdadera; Que, en lo que respecta al cargo de adelanto de opinion, si bien es MORDAZA los diarios "El Comercio" y la "Republica" en sus ediciones del 7 y 8 de agosto del 2002, respectivamente, informan que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Presidente de la Sala Civil Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la Republica, manifesto que propiciara la conciliacion entre las partes en el citado MORDAZA de filiacion, tambien es MORDAZA que el procesado al emitir tal manifestacion lo hizo de conformidad con la facultad que le otorga el articulo 185º inciso 1) de la Ley Organica del Poder Judicial, la que prescribe que el juez puede propiciar la conciliacion entre las partes en cualquier estado del proceso; de otro lado, en el expediente no obra prueba alguna que acredite que el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA emitido opinion sobre el fondo del ya mencionado MORDAZA de filiacion; Que, finalmente, la MORDAZA de la justicia en el derecho de familia, es totalmente distinta de los demas derechos, como por ejemplo de los patrimoniales, siendo por ello que los conflictos que surgen en aquel, el Juez consagrado a resolverlos en virtud de los principios de inmediacion, tutela y publicidad, no debe estar alejado de las partes; Que, en consecuencia la conducta del Vocal procesado no compromete la dignidad del cargo ni lo desmerece en el concepto publico, razones por las que mi MORDAZA es porque se le absuelva al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de todos los cargos imputados y se disponga se anulen los antecedentes relativos a la investigacion preliminar y al MORDAZA disciplinario y se cursen las comunicaciones al Presidente de la Corte Suprema y a la Fiscal de la Nacion, archivandose el expediente, de conformidad con el articulo 36º del Reglamento de Procesos Disciplinarios del Consejo Nacional de la Magistratura. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 08110

CONTRALORIA GENERAL
Autorizan a procurador iniciar acciones judiciales por presuntas irregularidades en la administracion de recursos de la Universidad Nacional de San MORDAZA
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 132-2003-CG MORDAZA, 25 de MORDAZA de 2003 VISTOS, el Informe Especial Nº 132-2003-CG/EA resultante del Examen Especial practicado en la Universidad Nacional de San MORDAZA - UNSA, el mismo que estuvo orientado a determinar la veracidad de las denuncias formuladas sobre presuntas irregularidades en la administracion de los recursos publicos, durante noviembre 1999 a octubre 2002; CONSIDERANDO: Que, con Informe Nº 16-10-2000-SO-AA-SPP del 16.OCT.2000, se solicito al Jefe de la Oficina Universitaria de Planificacion una evaluacion estructural, con el fin de verificar la posibilidad de construir el MORDAZA nivel del Instituto de Salud del Adolescente (INSA); Que, en tal sentido se elaboro el Informe Nº EE-2000 del 6.NOV.2000, que concluia en el sentido que resultaba economicamente rentable construir otro, motivo por el cual recomendo su demolicion; Que, con Oficio Nº 475-2000-OUPL/UNSA del 9.NOV.2000 el Jefe de la Oficina Universitaria de Planificacion, solicito la autorizacion para la demolicion del INSA,