Norma Legal Oficial del día 27 de mayo del año 2002 (27/05/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, lunes 27 de MORDAZA de 2002

NORMAS LEGALES

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declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 109, de fecha 5 de marzo de 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico de Qontaymoqo, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Cusco; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 0042000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico de Qontaymoqo, ubicado en el distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Cusco. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Departamental de Cultura - MORDAZA la elaboracion del Plano de Delimitacion del Sitio Arqueologico de Qontaymoqo, con su respectiva Ficha Tecnica y Memoria Descriptiva. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Margesi de Bienes Nacionales la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion del Sitio Arqueologico mencionado en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje del Sitio Arqueologico declarado "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidades Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 9342 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 409/INC MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 107, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 06, de fecha 5 de marzo de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 107, de fecha 5 de marzo de 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nacion a los Sitios Arqueologicos Andenes de Pan de Azucar y MORDAZA, ubicados en el distrito de Limatambo, provincia de Anta, departamento de Cusco;

Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 0042000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar Patrimonio Cultural de la Nacion a los Sitios Arqueologicos Andenes de Pan de Azucar y MORDAZA, ubicados en el distrito de Limatambo, provincia de Anta, departamento de Cusco. Articulo 2º.- Encargar a la Direccion Departamental de Cultura - MORDAZA la elaboracion de los Planos de Delimitacion de los Sitios Arqueologicos Andenes de Pan de Azucar y MORDAZA con sus respectivas Fichas Tecnicas y Memorias Descriptivas. Articulo 3º.- Disponer la inscripcion en Registros Publicos y en el Margesi de Bienes Nacionales la Condicion de Patrimonio Cultural de la Nacion de los Sitios Arqueologicos mencionados en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 4º.- Cualquier proyecto de obra nueva, caminos, carreteras, MORDAZA, denuncios mineros o agropecuarios, obras habitacionales y otros que pudiese afectar o alterar el paisaje de los Sitios Arqueologicos declarados "Patrimonio Cultural de la Nacion", debera contar con la aprobacion del Instituto Nacional de Cultura. Articulo 5º.- Transcribase la presente Resolucion a COFOPRI, Municipalidades Distrital y Provincial, autoridades politicas y civiles correspondientes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional 9343 RESOLUCION DIRECTORAL NACIONAL Nº 410/INC MORDAZA, 13 de MORDAZA de 2002 VISTO, el Acuerdo Nº 108, tomado por la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia, en su Sesion Nº 06, de fecha 5 de marzo de 2002; y, CONSIDERANDO: Que el Instituto Nacional de Cultura es un Organismo Publico Descentralizado dependiente del Ministerio de Educacion, con personeria juridica de derecho publico interno, responsable de la promocion y desarrollo de las manifestaciones culturales del MORDAZA y de la conservacion del Patrimonio Cultural de la Nacion; Que, el Articulo 6º de la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", encarga al Instituto Nacional de Cultura la funcion de proteger y declarar Patrimonio Cultural arqueologico, historico y artistico, asi como las manifestaciones culturales, orales y tradicionales del pais; Que, mediante el Acuerdo Nº 108, de fecha 5 de marzo de 2002, la Comision Nacional Tecnica de Arqueologia recomienda a la Direccion Nacional del Instituto Nacional de Cultura se declare como Patrimonio Cultural de la Nacion al Sitio Arqueologico Andenes de Zurite, ubicado en el distrito de Zurite, provincia de Anta, departamento de Cusco; Con las visaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico, la Direccion Ejecutiva y la Gerencia Legal; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 24047, "Ley General de MORDAZA al Patrimonio Cultural de la Nacion", Decreto Supremo Nº 027-2001-ED, que aprueba el "Reglamento de Organizacion y Funciones del Instituto Nacional de Cultura" y la Resolucion Suprema Nº 0042000-ED que aprueba el Reglamento de Investigaciones Arqueologicas;