Norma Legal Oficial del día 24 de mayo del año 2002 (24/05/2002)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 40

Pag. 223546

NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 24 de MORDAZA de 2002

MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna para conocimiento y fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 9156

Dejan sin efecto permiso de pesca otorgado a Niroci S.R.Ltda. mediante la R.M. Nº 417-97-PE
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 172-2002-PE/DNEPP
MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2002 CONSIDERANDO: Que mediante Resolucion Ministerial Nº 417-97-PE del 23 de setiembre de 1997, se otorgo permiso de pesca, entre otros, a NIROCI S.R.Ltda., para operar la embarcacion pesquera "TOTITA I" con matricula CO-1150-CM, en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano, fuera de la cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de 1/2" pulgada (13 mm.); Que por Resolucion Directoral Nº 117-99-PE/DNE del 14 de MORDAZA de 1999, se autorizo a la empresa NIROCI S.R.Ltda., el incremento de flota via sustitucion de igual capacidad de bodega para la construccion de una (1) embarcacion pesquera de 302 m3 de capacidad de bodega y 226.5 m3 de carga MORDAZA efectiva de pescado, con sistema de preservacion a bordo RSW, equipada con redes de cerco de 1/2" pulgada (13 mm.) y 1 1/2" pulgadas (38 mm.) de tamano de abertura de malla, para la extraccion de los recursos anchoveta y sardina para el consumo humano directo e indirecto; Que el Articulo 5º de la Resolucion mencionada en el considerando precedente, establecio que la embarcacion operativa "TOTITA I" de matricula Nº CO-1150-CM presentada para sustituir, queda excluida del Anexo de la Resolucion Ministerial Nº 781-97-PE y del Anexo III de la Resolucion Ministerial Nº 501-98-PE, y podria operar hasta que la embarcacion objeto de la autorizacion de incremento de flota, se encuentre en condiciones de efectuar faenas de pesca. Asimismo la recurrente con posterioridad, debe presentar la resolucion expedida por el Ministerio de Defensa en la que acredite que la matricula de la citada embarcacion fue cancelada por desguace, o alternativamente, solicitar la cancelacion del permiso de pesca correspondiente; Que mediante Resolucion Directoral Nº 004-2002-PE/ DNEPP del 7 de enero del 2002, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado a la empresa NIROCI S.R.L., para operar la embarcacion pesquera "MODESTO 3" de matricula Nº CE-20661-PM, de 301.66 m3 de capacidad de bodega y 226.2 m3 de carga efectiva de pescado, con sistema de preservacion a bordo RSW, en la extraccion de los recursos anchoveta y sardina con destino para el consumo humano directo e indirecto, utilizando redes de cerco de 1/2" pulgada (13 mm.) y 1 1/2" pulgadas (38 mm.) de tamano de abertura de malla, respectivamente, fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa; Que en el expediente de Registro Nº CE-00336002 del 9 de agosto del 2001 correspondiente a la solicitud de permiso de pesca para operar la embarcacion "MODESTO 3", el representante de la empresa NIROCI S.R.Ltda., adjunto entre otros, el Certificado de Matricula Nº CE-1150-CM (cancelada) de la embarcacion "TOTITA I", asi como la Resolucion Directoral Nº 04474-2001/DC6 del 31 de MORDAZA del 2001, mediante la cual se autoriza a la empresa NIROCI S.R.L., el desguace de la ex embarcacion "TOTITA I"; habiendo dado cumplimiento a lo establecido en el Articulo 5º de la Resolucion Directoral Nº 117-99-PE/DNE; Que el numeral 37.4 del Articulo 37º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, establece que el MORDAZA titular de la auto-

rizacion de incremento de flota obtenida via sustitucion de bodega debera, al momento de solicitar el correspondiente permiso de pesca, acreditar la propiedad de la embarcacion materia de sustitucion o la aceptacion del propietario de las mismas, a efectos de la cancelacion de los permisos de pesca de dichas embarcaciones; Que en tal sentido, resulta necesario dejar sin efecto formalmente el permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Nº 417-97-PE para operar la embarcacion "TOTITA I", asi como su exclusion del literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 339-2001-PE; Estando a lo informado por la Direccion de Administracion Pesquera de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 123-2002PE/DNEPP-Dap y con la opinion favorable de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido Decreto Ley Nº 25977 - Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; y, En uso de las facultades conferidas por la Resolucion Ministerial Nº 071-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dejar sin efecto el permiso de pesca otorgado por Resolucion Ministerial Nº 417-97-PE para operar la embarcacion pesquera "TOTITA I", con matricula cancelada CO-1150-CM; y, excluir la citada embarcacion pesquera y la titularidad de NIROCI S.R.Ltda., del literal A) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 339-2001-PE. Articulo 2º.- Transcribir la presente resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA HERBOZO MORDAZA Director Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 9157

Modifican resolucion mediante la cual se otorgo permiso de pesca a persona natural para operar embarcacion en la extraccion del recurso anchoveta
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 174-2002-PE/DNEPP
MORDAZA, 10 de MORDAZA del 2002 Vistos los escritos con registro de ingreso Nºs. 4361, CE-00008001 y 02902001 del 27 de diciembre del 2001, 8 de enero y 22 de marzo del 2002 respectivamente, presentado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA RAMIREZ; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Directoral Nº 071-98-CTAR-LAMB/ DRP del 13 de MORDAZA de 1998, en concordancia con lo dispuesto en la Ley Nº 26920 y su Reglamento, entre otros, se otorgo permiso de pesca a plazo determinado al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA para operar la embarcacion pesquera denominada "JULIO MORDAZA 2" de matricula PO-15242-CM, para dedicarse a la extraccion del recurso anchoveta para consumo humano indirecto, en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.); Que a traves de los escritos del visto, el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, solicita modificacion de la Resolucion Directoral mencionada en el considerando precedente, en el extremo referido a la denominacion de puerto de la matricula PO-15242-CM, para lo cual ha presentado entre otros requisitos, el certificado de matricula expedida con fecha 16 de agosto del 2000, en la que se registra a la embarcacion pesquera MORDAZA MORDAZA 2 con matricula PL-15242-CM; Que de la evaluacion efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la embar-