Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2002 (29/01/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 29 de enero de 2002 Tercera Sala Laboral de MORDAZA S.S. MORDAZA Yrribarren Fallaque (T) MORDAZA Elder MORDAZA MORDAZA (T) MORDAZA MORDAZA MORDAZA (T)

NORMAS LEGALES

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Presidente

Articulo Tercero.- DISPONER la reasignacion de la doctora MARIEM DE LA MORDAZA MORDAZA, como Vocal Provisional de la Primera Sala Laboral de MORDAZA, a partir del 29 de enero del ano en curso, en reemplazo de la doctora MORDAZA Runzer MORDAZA, quien debera retornar al juzgado de origen. Articulo Cuarto.- DISPONER el retorno del doctor MORDAZA MORDAZA MONTANEZ, a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA, debiendo integrar en su calidad de Vocal Provisional la Tercera Sala Penal para Procesos Ordinarios con Reos Libres, a partir del 29 de enero del ano en curso, estando a la promocion de la doctora MORDAZA Saquicuray Sanchez. Articulo Quinto.- DISPONER el retorno a la Corte Superior de Justicia de MORDAZA de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Juez Titular del Decimo MORDAZA Juzgado Penal de MORDAZA, como Vocal Provisional integrante de la MORDAZA Sala Penal para Procesos Ordinarios con Reos Libres, estando a la promocion del doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a partir del 29 de enero del ano en curso. Articulo Sexto.- PONER la presente Resolucion en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Oficina de Control de la Magistratura, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Supervision de Personal, de la Fiscalia de la Nacion y de la Oficina de Administracion Distrital para los fines correspondientes. Registrese, comuniquese, cumplase y archivese. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA Presidente de la Corte Superior de Justicia de MORDAZA 1978

ORGANISMOS AUTONOMOS
DEFENSORIA DEL PUEBLO
Aprueban el Informe Nº 001-2002-DPORLC-UI, que analiza alcances del D.L. Nº 19990 y legalidad de criterios para el calculo de pensiones de jubilacion
RESOLUCION DEFENSORIAL Nº 004-2002 MORDAZA, 28 de enero de 2002 VISTO: El Informe Nº 001-2002-DP-ORLC-UI, elaborado por la Oficina Regional de MORDAZA y Callao, que analiza los alcances del Decreto Ley Nº 19990 y la legalidad de los criterios utilizados por la Oficina de Normalizacion Previsional para el calculo de la pension de jubilacion de pensionistas que adquirieron su derecho de conformidad con la citada norma. ANTECEDENTES: Primero.- Quejas presentadas. El 15 de noviembre de 2001, la Oficina Regional de MORDAZA y Callao recibio las quejas formuladas por la Asociacion Nacional de Obreros Municipales Pensionistas del Decreto Ley Nº 19990 (ANAOMP 19990). El 6 de diciembre del mismo ano, recibio las quejas presentadas por los senores MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Cobenas MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Soplapuco Arbanil, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Pasco MORDAZA, Eli MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ramirez. Los recurrentes solicitaron la intervencion de la Defensoria del Pueblo ante la Oficina de Normalizacion Previsional (ONP), a efecto que esta entidad suspenda los des-

cuentos realizados a sus pensiones y cumpla con ejecutar las sentencias judiciales que ordenaban calcular la pension de jubilacion con arreglo al Decreto Ley Nº 19990. Senalaban que la ONP, al calcular el monto de la pension MORDAZA de pensionistas que adquirieron su derecho al MORDAZA del Decreto Ley Nº 19990 pero que cesaron con posterioridad a la modificacion de la referida MORDAZA, no habria considerado la remuneracion minima vigente a la fecha de su cese. Segundo.- Actuaciones Defensoriales. En reuniones sostenidas por miembros de la Defensoria del Pueblo con funcionarios de la ONP, estos explicaron los criterios aplicados por dicha entidad para dar cumplimiento a los mandatos judiciales que ordenaron un MORDAZA calculo de la pension; senalando que las quejas de los recurrentes se motivaban en la diversidad de criterios jurisprudenciales sobre la aplicacion del Decreto Ley Nº 19990. Una primera aproximacion al tema, dio lugar a que la Defensoria del Pueblo sugiriera a la Jefatura de la ONP la suspension del recorte de la pension inicial y de los incrementos, asi como de los descuentos realizados a los recurrentes, en tanto la Defensoria del Pueblo no concluya la investigacion y emita la opinion correspondiente. Atendiendo esta recomendacion, la Gerencia Legal de la ONP informo haber procedido a restituir las pensiones a los montos iniciales que estas tenian, asi como disponer la devolucion de las sumas descontadas. Posteriormente, por solicitud de la Oficina Regional de MORDAZA y Callao, la ANAOMP remitio MORDAZA de las ejecutorias expedidas por la Sala Corporativa Especializada en Derecho Publico de la Corte Superior de MORDAZA, en procesos de MORDAZA seguidos por treinta y ocho (38) de sus asociados: MORDAZA MORDAZA Coa, MORDAZA Nunez MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Onocc MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Illanes, MORDAZA MORDAZA Callata, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA La MORDAZA Incola, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Rivadeneyra MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Arzola, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Tipula MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Acuna, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Piminchumo MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Paasaca, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA Huanasca MORDAZA, MORDAZA MORDAZA Argumedo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Linares. Tercero.- Mandatos judiciales que ordenaron a la ONP calcular el monto de la pension en aplicacion estricta del Decreto Ley Nº 19990. La mayoria de las sentencias recaidas en procesos de MORDAZA seguidos por los recurrentes, se sustentan en los fundamentos decimo MORDAZA y decimo MORDAZA de las sentencias del Tribunal Constitucional contenidas en los expedientes Nº 007/96-I/TC y Nº 00896-I/TC, y concluyen que habiendo la ONP calculado la pension en aplicacion del Decreto Ley Nº 25967, lo que corresponderia es efectuar un MORDAZA calculo aplicando el Decreto Ley Nº 19990. En el ambito jurisdiccional, existe uniformidad respecto a la aplicacion del Decreto Ley Nº 19990 a aquellos pensionistas que, habiendo cesado con posterioridad a su modificacion, reunen los requisitos senalados por la referida MORDAZA para obtener la pension de jubilacion. Pero no existe uniformidad respecto de los fundamentos que sustentan la aplicacion del Decreto Ley Nº 19990, puesto que si bien la mayoria de sentencias aluden tacitamente a su aplicacion ultractiva, otras se fundan en la prohibicion de la aplicacion retroactiva del Decreto Ley Nº 25967. Se puede apreciar cierta diversidad en los terminos en los que han sido formulados los mandatos judiciales, puesto que, mientras algunas sentencias solo ordenan el dictado de nueva resolucion en aplicacion estricta del Decreto Ley Nº 19990, otras aluden expresamente a la inaplicacion del Decreto Ley Nº 25967 o sus normas complementarias. Paralelamente, se ha constatado tambien que existen diversos criterios jurisprudenciales relacionados con la aplicacion del tope o la pension MORDAZA a pensionistas del Decreto Ley Nº 19990. El mayor numero de estas sentencias, al ordenar el MORDAZA calculo de la pension no hacen mencion del tope, siguiendo la jurisprudencia que ha venido reconociendo la existencia de topes pensionarios establecidos por el Decreto Ley Nº 19990. Sin embargo, otras sentencias han ordenado el calculo de la pension "sin tope"