Norma Legal Oficial del día 27 de agosto del año 2002 (27/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, martes 27 de agosto de 2002

ticulo 3º del Reglamento Operativo, sera no mayor de sesenta (60) dias calendario, contado a partir de la entrada en vigencia de la presente resolucion. Tercera.- Los procedimientos a que hacen referencia los numerales 5 y 6.9 del articulo 3º del presente Reglamento Operativo se sujetaran a los plazos que determine la ONP, segun sus normas y disposiciones aplicables. 15167

del dia de su suscripcion y hasta el 31 de diciembre del 2002. Articulo 2º.- Dispongase la publicacion inmediata de la presente resolucion en el Diario Oficial El Peruano, asi como la remision a la Contraloria General de la Republica de MORDAZA de la misma. Registrese, comuniquese y publiquese.

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS FONAFE
Presidente Designan Presidente del Directorio de Financiera Desarrola Corporacion Financiera de Desarro S.A. S.A. llo S.A. - COFIDE S.A.
ACUERDO DE DIRECTORIO Nº 007-2002/011-FONAFE
Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 24º del Reglamento de la Ley del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 072-2000-EF y normas modificatorias, la designacion de los Directores de las empresas del Estado comprendidas bajo el ambito de FONAFE realizada por el Directorio de dicha Empresa, debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano e instrumentada en Junta General de Accionistas. Que, habiendose aceptado la renuncia presentada por el senor MORDAZA Lerner Ghitis al cargo de Presidente del Directorio de la Corporacion Financiera de Desarrollo S.A. - COFIDE S.A. y agradecidos los servicios prestados a dicha Empresa, se comunica que, por Acuerdo de Directorio del FONAFE Nº 007-2002/011-FONAFE, de fecha 21 de agosto de 2002, se designo al senor MORDAZA Schydlowski Rosemberg como Presidente del Directorio de la referida Empresa. 15248

MORDAZA G. MORDAZA MORDAZA DE OCA Presidente Ejecutivo 15249

SUNARP
Autorizan el funcionamiento de una Oficina Zonal ubicada en el distrito de MORDAZA El MORDAZA bajo la MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS Nº 336-2002-SUNARP/SN
MORDAZA, 23 de agosto del 2002 Que, mediante Ley Nº 26366, se creo la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos - SUNARP, organismo publico descentralizado MORDAZA del Sector Justicia y ente rector del Sistema Nacional de los Registros Publicos, cuyo objetivo principal es dictar las politicas y normas tecnico administrativas de los Registros Publicos; Que, siendo concordante con la politica de descentralizacion impartida por el Gobierno Central, facilitar el acceso a los Servicios Registrales a la poblacion de menores recursos y de sectores mas alejados de la MORDAZA, se ha previsto la implementacion y funcionamiento de una Oficina Zonal en el distrito de MORDAZA El Salvador; Que, la MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA, organismo publico descentralizado de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, tiene ambito geografico y competencia registral en el departamento de MORDAZA y Provincia Constitucional del Callao, por lo que resulta procedente que la Oficina Zonal de MORDAZA El MORDAZA se encuentre dentro de la jurisdiccion de la MORDAZA Registral Nº IX; Que, la citada Oficina Zonal contara con las condiciones materiales necesarias y equipos para que los usuarios de los distritos de Lurin, MORDAZA, Punta Negra, MORDAZA MORDAZA, Pucusana, Punta MORDAZA, San MORDAZA, MORDAZA MORDAZA del Triunfo y MORDAZA El MORDAZA, pueden solicitar los servicios registrales que correspondan y recibirlos en forma adecuada; Que, el Directorio de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, en su sesion Nº 162 del miercoles 17 de MORDAZA del ano en curso, acordo autorizar el funcionamiento de una Oficina Zonal en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, la cual estara bajo la jurisdiccion de la MORDAZA Registral IX; Estando a lo dispuesto por el Articulo 7º inciso a) del Estatuto de la SUNARP, aprobado por Decreto Supremo Nº 04-94-JUS; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Autorizar, a partir del 28 de agosto del 2002, el funcionamiento de una Oficina Zonal ubicada en el distrito de MORDAZA El MORDAZA, provincia de MORDAZA y departamento de MORDAZA, bajo la jurisdiccion de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA, la misma que podra recepcionar todas las solicitudes de inscripcion que ingresan actualmente a traves del Libro Diario de la MORDAZA Registral Nº IX, Sede MORDAZA, y brindar servicios de publicidad registral referidos a Copias Simples y Busquedas. Asimismo, en dicha oficina se podran efectuar los pagos por los servicios registrales MORDAZA senalados, a los que podra anadirse aquellos que correspondan por la ampliacion progresiva de sus servicios. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGAZ Superintendente Nacional de los Registros Publicos 15239

IRTP
Precisan plazo de vigencia de contrato para prestacion de servicios de medicion de sintonia de television a que se refiere la Res. Nº 080-2002-IRTP
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 091-2002-IRTP
MORDAZA, 26 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion de la Presidencia Ejecutiva Nº 080-2002-IRTP se exonero del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica, la contratacion de los Servicios de Medicion de Sintonia de Television Nacional del Peru, desde el mes de MORDAZA 2002 hasta el mes de diciembre del mismo ano; Que, habiendose publicado dicha Resolucion en el Diario Oficial El Peruano el dia 14 de agosto del 2002, es necesario explicitar que los servicios a adquirirse estan enmarcados dentro de la fechas que la ley determina para este MORDAZA de procedimiento de adquisicion; Que, en tal sentido, es necesario precisar los alcances de dicha resolucion; Estando a lo dispuesto en el Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, D.S. Nº 012-2001-PCM, y su Reglamento, D.S. Nº 013-2001PCM, el Decreto Legislativo Nº 829 y el D.S. Nº 056-2001ED; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Precisase que la vigencia del contrato para la prestacion de los servicios de medicion de sintonia de Television a que se refiere el Articulo 1º de la Resolucion de la Presidencia Ejecutiva Nº 080-2002-IRTP rige a partir