Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2001 (13/01/2001)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 47

MORDAZA, sabado 13 de enero de 2001

NORMAS LEGALES

Pag. 197249

2. Predios destinados a Centros Educativos Privados y Universidades en General, clubes y asociaciones: TRAMOS VALUOS 15.001 30.001 75.001 120.001 165.001 210.001 255.001 Mas de Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta TASA DE SERENAZGO 15.000 30.000 75.000 120.000 165.000 210.000 255.000 300.000 300.000 0.03% UIT 0.10% UIT 0.0150% valuo 0.0170% 0.0190% 0.0210% 0.0230% 0.0250% 0.0270%

Estando a lo dispuesto por los Articulos 109º, 110º y 139º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA LA APLICACION DEL REGIMEN TRIBUTARIO CORRESPONDIENTE A LOS ARBITRIOS DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES Y JARDINES PARA EL EJERCICIO 2001 Articulo Primero.- Apliquese para el ejercicio 2001 las disposiciones establecidas en la Ordenanza Nº 041-00-MDMM, que preciso el regimen tributario correspondiente a los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines para el ejercicio 2000. Articulo Segundo.- Cuando en la Ordenanza Nº 041MDMM se haga referencia a la Unidad Impositiva Tributaria, se entendera que es aquella vigente al 1 de enero del ano 2001. Articulo Tercero.- La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion. POR TANTO: Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA STOLAR MORDAZA 16205

El monto MORDAZA mensual a cobrar es el siguiente: ½ UIT 3. Predios destinados a MORDAZA Habitacion, predios sin construir o en MORDAZA de construccion, Instituciones Publicas y Gobierno Central. TRAMOS VALUOS 15.001 30.001 75.001 120.001 165.001 210.001 255.001 Mas de Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta Hasta TASA DE SERENAZGO 15.000 30.000 75.000 120.000 165.000 210.000 255.000 300.000 300.000 0.14% UIT 0.13% UIT 0.24% UIT 0.0110% valuo 0.0140% 0.0145% 0.0150% 0.0155% 0.0174%

El monto MORDAZA mensual a cobrar es el siguiente: ½ UIT CAPITULO III DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES Primera.- Facultese al MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia dicte las normas complementarias para la mejor aplicacion de la Ordenanza. Segunda.- La presente ordenanza rige a partir del 1 de enero del ejercicio 2001 Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA STOLAR MORDAZA 16204

Establecen montos por concepto de emision mecanizada de actualizacion y determinacion del Impuesto predial y arbitrios de limpieza publica, parques y jardines y serenazgo
ORDENANZA Nº 066-MDMM MORDAZA MORDAZA, 5 de enero de 2001 EL MORDAZA DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha, adopto por MAYORIA y con dispensa del tramite de aprobacion de Acta; y, CONSIDERANDO Que, la Cuarta Disposicion Final del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, faculta a las municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y de recibos de pago correspondientes incluida su distribucion a domicilio, quedan facultadas a cobrar por dichos servicios no mas del 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) vigente al 1 de enero de cada ejercicio gravable; Que, mediante Decreto Supremo Nº 145-2000-EF de fecha 27 de Diciembre del 2000 se establecio que el valor de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) para el ejercicio fiscal 2001 equivale a S/. 3,000.00; Que, es necesario establecer los montos que deben abonar los contribuyentes por el derecho de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de tributos y de recibos de pago del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales de Limpieza Publica, Parques y Jardines Publicos, correspondientes al ejercicio fiscal 2001. Estando a lo dispuesto por el Articulo 109º y el numeral 4) del Articulo 134º de la Ley Organica de Municipalidades, ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE FIJA LOS DERECHOS POR CONCEPTO DE EMISION MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL, ARBITRIO DE LIMPIEZA PUBLICA, PARQUES, JARDINES Y ARBITRIO DE SERENAZGO Articulo 1º.- El monto que deberan abonar los contribuyentes por concepto de derecho por el servicio de emision mecanizada de actualizacion, determinacion y recibos de pago asi como su distribucion correspondientes al Impuesto Predial del ejercicio 2001 es S/. 8.00 (Ocho y 00/100 Nuevos soles). Asimismo por cada predio adicional se abonara S/. 4.00 (Cuatro Nuevos Soles) por el mencionado derecho.

Establecen regimen tributario de los arbitrios de limpieza publica y parques y jardines para el ano 2001
ORDENANZA Nº 065-MDMM MORDAZA MORDAZA, 5 de enero de 2001 EL MORDAZA DISTRITAL DE MORDAZA MORDAZA POR CUANTO: El Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de la fecha, adopto por MAYORIA y con dispensa del tramite de aprobacion de Acta; y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Ordenanza Nº 041-MDMM, se establecio el regimen tributario aplicable a los Arbitrios de Limpieza Publica, Parques y Jardines para el ejercicio 2000, la que fue ratificada por Acuerdo de Concejo Nº 071 de la Municipalidad Metropolitana de Lima; Que, la citada Ordenanza establece los montos a cobrar para el ejercicio fiscal 2000 de conformidad con lo precisado por el Articulo 69º del Decreto Legislativo Nº 776 -Ley de Tributacion Municipal-, posteriormente modificado por la Ley Nº 26725 asi como los criterios para la determinacion de las tasas o los importes fijos de los Arbitrios que resulten aplicables al ejercicio; Que, a fin de no incrementar la carga economica de los contribuyentes se ha estimado conveniente aplicar el mismo regimen utilizado durante el ejercicio 2000;