Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2000 (16/09/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de setiembre de 2000

MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en el Registro Oficial de Ajustadores y/o de Seguros hoy Registro del Sistema de Seguros, otorgandole el Certificado Nº PN-0226; Que, con fecha 12 de enero del ano 2000 el senor MORDAZA solicita la cancelacion de su Registro por motivos personales como consta en sus comunicaciones, las cuales obran en su expediente; y, De conformidad con lo dispuesto por la Resolucion SBS Nº 1058-99, en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros, modificada por las Leyes Nºs. 27008 y 27102; y, en virtud de la facultad delegada por la Resolucion SBS Nº 557-2000 del 18 de agosto de 2000; RESUELVE: Articulo Primero.- Cancelar en el Registro del Sistema de Seguros - Seccion A: Personas Naturales Libro III de los Ajustadores de Siniestros y/o Peritos de Seguros el Certificado de Inscripcion Nº PN-0226 del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo.- La cancelacion del registro a que se refiere el Articulo Primero de la presente Resolucion no exime al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA del cumplimiento de las obligaciones que MORDAZA contraido con terceros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto de Seguros (a.i.) 10579

Anexo 01 - I Por riesgo general Anexo 02 - II Por riesgo especifico Anexo 03 - III Por opciones Anexo 04 - IV Requerimiento patrimonial total b) Modifica los siguientes formatos: Sistema Financiero: 0001 Balance de Comprobacion de Saldos ­ Sistema Financiero (Se ha incorporado las modificaciones al Plan de Cuentas para Instituciones Financieras establecidas en la Resolucion SBS Nº 563-2000 del 18/8/2000 relativas al Regimen General de Provisiones Prociclicas). 0008 Informe de clasificacion de los deudores de la cartera de creditos, contingentes y arrendamientos financieros ­ Anexo 5 Informe de clasificacion de los deudores de la cartera transferida segun el D.S. Nº 114-98-EF ­ Anexo 5-A. (Se han modificado las tablas de provisiones en base a los componentes fijo y variable establecidos en la Resolucion SBS Nº 537-2000 del 10/8/2000 referida al Regimen General de Provisiones Prociclicas). 3. Contenido de la version 2.03 del software SUCAVE La version 2.03 del software SUCAVE comprende los formatos que se senalan en el anexo que forma parte de la presente Circular. En dicho anexo se indica la periodicidad, el plazo de MORDAZA y la aplicacion de los formatos. 4. Caracteristicas de la informacion remitida La informacion financiera, contable y estadistica contenida en los formatos a remitirse mediante el software SUCAVE debe expresarse, segun corresponda, en Nuevos Soles con dos decimales o Dolares de los Estados Unidos de Norteamerica con dos decimales, salvo que para determinados formatos, en sus respectivas hojas de instrucciones, se indique especificamente otra forma de expresion. 5. Validacion de la informacion La informacion contenida en la mayoria de los formatos se valida con el Balance de Comprobacion, por lo que sera necesario recibir la conformidad de dicho Balance previamente al envio de los demas formatos, de lo contrario estos seran automaticamente rechazados. Las empresas deberan recuperar por medio del SUCAVE el resultado de las validaciones adicionales que se efectuan en esta Superintendencia, como respuesta a su envio. Si el resultado obtenido indicase que la informacion contiene errores, las empresas deberan efectuar los procesos de reversion, correccion y MORDAZA envio de la correspondiente informacion. El procedimiento culminara cuando dicho resultado no muestre error alguno, caso contrario se considerara que la informacion no fue remitida, aplicandose a las empresas las sanciones establecidas en el Reglamento de Sanciones. 6. Contrasena confidencial para remision de la informacion La veracidad de la informacion que se remita por medio del SUCAVE es de responsabilidad del Directorio y de la Gerencia General, tal como se establece en los Articulos 87º y 92º de la Ley General, por lo que se recomienda establecer adecuados controles tanto para su remision como para la utilizacion de la contrasena confidencial que le fuera alcanzada a las Empresas del Sistema Financiero y de Seguros mediante Oficio Circular Nº 1175-97 del 4 de marzo de 1997, y a los Almacenes Generales de Deposito mediante Circular Nº B-1990-97, F-333-97, S-566-97, CM-175-97, EAF-157-97, CR-053-97, AGD-121-97, EDPYME 007-97 del 30 de MORDAZA de 1997. 7. Disenos de registro e instrucciones para la actualizacion de la version Esta Superintendencia remitira mediante Oficio Multiple los disenos de registro e instrucciones de los formatos, asi como las especificaciones tecnicas que permitan a las empresas actualizar la version 2.03 del software SUCAVE. 8. Vigencia Las disposiciones de la presente Circular entraran en vigencia a partir de la informacion correspondiente al mes de agosto del 2000. Asimismo, queda derogada la Circular Nº B-2077-2000, F0417-2000, S-0584-2000, CM-0264-2000, EAF-0196-2000, CR0134-2000, AGD-0128-2000, EDPYME-0073-2000 del 21 de MORDAZA del 2000. 9. Disposicion transitoria Los nuevos formatos que se incorporan al Software SUCAVE version 2.03 se remitiran a partir de la informacion correspondiente a setiembre del 2000 dentro de los plazos establecido en el anexo adjunto. Atentamente, MORDAZA CORTAVARRIA CHECKLEY Superintendente de Banca y Seguros

Actualizan software "Submodulo de Captura y Validacion Externa" (SUCAVE, version 2.03)
CIRCULAR Nº B-2079-2000 MORDAZA, 14 de setiembre del 2000 CIRCULAR Nº B-2079-2000 F-0419-2000 S-0585-2000 CM-0267-2000 EAF-0197-2000 CR-0136-2000 AGD-0129-2000 EDPYME-0074-2000 FOGAPI-0003-2000 --------------------------------------------Ref.: Remision de Estados Financieros e informacion complementaria por medio del software SUCAVE, version 2.03 --------------------------------------------Senor Gerente General: Sirvase tomar conocimiento que en uso de las atribuciones que le confiere el numeral 13 del Articulo 349º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Organica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias, en adelante Ley General, esta Superintendencia ha considerado pertinente actualizar la version del software "Submodulo de Captura y Validacion Externa" (SUCAVE), de acuerdo con las disposiciones siguientes: 1. Alcance La presente MORDAZA es de aplicacion a las empresas senaladas en los literales A, B y D del Articulo 16º de la Ley General, a los almacenes generales de deposito y al Fondo de Garantia para la Pequena Industria (FOGAPI), en adelante empresas, segun corresponda. 2. Caracteristicas del software SUCAVE version 2.03 La version actualizada del Software SUCAVE tiene las siguientes caracteristicas: a) Incorpora los nuevos formatos: Sistema de Seguros 0044 Inversiones de las empresas de seguros y de reaseguros Anexo 01 - Obligaciones Tecnicas Anexo 02 - Inversiones Elegibles Sistema Financiero 0123 Requerimiento Patrimonial Minimo por Riesgo de Precio de las Posiciones en Valores Representativos de Capital (Anexo 20)