Norma Legal Oficial del día 16 de septiembre del año 2000 (16/09/2000)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 16 de setiembre de 2000

Que, mediante los Expedientes Nº 017033 y Nº 017034-2000MITINCI, la empresa Inversiones Larimar S.A. pretende explotar 116 maquinas tragamonedas y 439 memorias de solo lectura en el Bingo "Miami Bingo Tragamonedas", con lo cual se estaria buscando la modificacion del Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 197-2000-MITINCI/VMT/DNT; Que, existe conexidad objetiva y subjetiva entre los Expedientes Nº 017033 y Nº 017034-2000-MITINCI, en consecuencia, de conformidad con el Articulo 67º de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos procede su acumulacion; Que, la documentacion e informacion requerida para efectuar incrementos y retiros de maquinas tragamonedas e incrementos de memorias de solo lectura en las MORDAZA de juego autorizadas se encuentra establecida en el Articulo 25º del Reglamento para la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y en el Procedimiento Nº 79 del MORDAZA del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 014-2000-ITINCI; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada por la empresa solicitante se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para aprobar sus solicitudes; Que, siendo la Direccion Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar maquinas tragamonedas en el MORDAZA, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI, Nº 014-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estando a lo opinado mediante el Informe Nº 156-2000-DEJCMT/CFS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dispongase la acumulacion de los Expedientes Nº 017033 y Nº 017034-2000-MITINCI. Articulo 2º.- Modificase el Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 197-2000-MITINCI/VMT/DNT, el cual queda redactado con el siguiente texto: "Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa INVERSIONES LARIMAR S.A. a explotar ciento dieciseis (116) maquinas tragamonedas y cuatrocientas treinta y nueve (439) memorias de solo lectura, cuyas caracteristicas aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizados". Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 10581 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 625-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 7 de setiembre del 2000 Vistos, los Expedientes Nº 007266 y Nº 019532-2000-MITINCI presentados por la empresa Golden Investment S.A. solicitando incremento de maquinas tragamonedas y de memorias de solo lectura para la Sala de Juego del Restaurante 5 tenedores turistico "Chifa Lung Fung" y el Informe Nº 158-2000-DEJCMT/CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 115-2000-MITINCI/VMT/DNT, la Direccion Nacional de Turismo autorizo a la empresa Golden Investment S.A. la explotacion de 224 maquinas tragamonedas y 75 memorias de solo lectura en el Restaurante 5 tenedores turistico "Chifa Lung Fung" ubicado en la Avda. Republica de Panama Nº 3165, distrito de San MORDAZA, provincia y departamento de Lima; Que, mediante los Expedientes Nº 007266 y Nº 019532-2000MITINCI, la empresa Golden Investment S.A. pretende explotar 271 maquinas tragamonedas y 1144 memorias de solo lectura en el Restaurante 5 tenedores turistico "Chifa Lung Fung", con lo cual se estaria buscando la modificacion del Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 115-2000-MITINCI/VMT/DNT; Que, existe conexidad objetiva y subjetiva entre los Expedientes Nº 007266 y Nº 019532-2000-MITINCI, en consecuencia, de conformidad con el Articulo 67º de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos procede su acumulacion; Que, la documentacion e informacion requerida para efectuar incrementos y retiros de maquinas tragamonedas e incrementos de memorias de solo lectura en las MORDAZA de juego autorizadas se encuentra establecida en el Articulo 25º del Reglamento para la explotacion de los juegos de casino y maqui-

nas tragamonedas aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y en el Procedimiento Nº 79 del MORDAZA del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 014-2000-ITINCI; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada por la empresa solicitante se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para aprobar sus solicitudes; Que, siendo la Direccion Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar maquinas tragamonedas en el MORDAZA, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan; De conformidad con la Ley Nº 27153 y los Decretos Supremos Nº 001-2000-ITINCI, Nº 014-2000-ITINCI y Nº 002-94-JUS; estando a lo opinado mediante el Informe Nº 158-2000-DEJCMT/CFS; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Dispongase la acumulacion de los Expedientes Nº 007266 y Nº 019532-2000-MITINCI. Articulo 2º.- Modificase el Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 115-2000-MITINCI/VMT/DNT, el cual queda redactado con el siguiente texto: "Articulo 2º.- La presente autorizacion faculta a la empresa GOLDEN INVESTMENT S.A. a explotar doscientas setentiun (271) maquinas tragamonedas y mil ciento cuarenticuatro (1144) memorias de solo lectura, cuyas caracteristicas aparecen descritas en los Anexos I y II de la presente Resolucion, no pudiendo ser trasladados a un establecimiento distinto de aquel para el cual estan siendo autorizados". Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia el dia de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA VESGA GATTI Directora Nacional de Turismo 10582 RESOLUCION DIRECTORAL Nº 630-2000-MITINCI/VMT/DNT MORDAZA, 7 de setiembre del 2000 Vistos, los Expedientes Nº 017039 y Nº 017040-2000-MITINCI presentados por la empresa Gaming and Services S.A. solicitando incremento y retiro de maquinas tragamonedas e incremento de memorias de solo lectura para la Sala de Juego del Bingo "Diverticentro Las Vegas" y el Informe Nº 155-2000DEJCMT/CFS; CONSIDERANDO: Que, mediante el Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 233-2000-MITINCI/VMT/DNT, la Direccion Nacional de Turismo autorizo a la empresa Gaming and Services S.A. la explotacion de 100 maquinas tragamonedas y 174 memorias de solo lectura en el Bingo "Diverticentro Las Vegas" ubicado en la MORDAZA Municipalidad Nºs. 220-228, distrito, provincia y departamento de Ica; Que, mediante los Expedientes Nº 017039 y Nº 017040-2000MITINCI, la empresa Gaming and Services S.A. pretende explotar 90 maquinas tragamonedas y 437 memorias de solo lectura en el Bingo "Diverticentro Las Vegas", con lo cual se estaria buscando la modificacion del Articulo 2º de la Resolucion Directoral Nº 233-2000-MITINCI/VMT/DNT; Que, existe conexidad objetiva y subjetiva entre los Expedientes Nº 017039 y Nº 017040-2000-MITINCI, en consecuencia, de conformidad con el Articulo 67º de la Ley de Normas Generales de Procedimientos Administrativos procede su acumulacion; Que, la documentacion e informacion requerida para efectuar incrementos y retiros de maquinas tragamonedas e incrementos de memorias de solo lectura en las MORDAZA de juego autorizadas se encuentra establecida en el Articulo 25º del Reglamento para la explotacion de los juegos de casino y maquinas tragamonedas aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 001-2000-ITINCI y en el Procedimiento Nº 79 del MORDAZA del Ministerio de Industria, Turismo, Integracion y Negociaciones Comerciales Internacionales aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 014-2000-ITINCI; Que, de la evaluacion de la documentacion e informacion presentada por la empresa solicitante se advierte que ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para aprobar sus solicitudes; Que, siendo la Direccion Nacional de Turismo la autoridad administrativa competente para otorgar autorizaciones para explotar maquinas tragamonedas en el MORDAZA, es de su injerencia adoptar las acciones de ley que correspondan;