Norma Legal Oficial del día 08 de septiembre del año 2000 (08/09/2000)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 23

MORDAZA, viernes 8 de setiembre de 2000

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

Pag. 192677

VISTOS, el Expediente de Registro Nº 2000-01467010, organizado por la empresa de transportes MORDAZA CONTINENTAL S.A.C., sobre Concesion de Ruta del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus y el Informe Nº 6082000-MTC/15.18.04.1.MMF emitidos por la Direccion de Transportes de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional; CONSIDERANDO: Que, la empresa de transportes MORDAZA CONTINENTAL S.A.C., mediante el expediente indicado en vistos, ha solicitado la concesion de ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, al MORDAZA de lo establecido en el Reglamento del Servicio Publico de Transporte Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC; Que, en el Informe Nº 608-2000-MTC/15.18.04.1.MMF, se concluye que la referida Empresa ha cumplido con acreditar los requisitos establecidos en el Articulo 13º del referido Reglamento y senalados en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 029-2000MTC, recomendandose la procedencia del pedido formulado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 640 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95MTC, Ley Nº 25035 y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 070-89-PCM, Texto Unico de Procedimientos Administrativos (TUPA) aprobado por Decreto Supremo Nº 0292000-MTC y Decreto Ley Nº 25862; SE RESUELVE: Primero.- Otorgar a la empresa de transportes MORDAZA CONTINENTAL S.A.C., la concesion de ruta: MORDAZA - MORDAZA y viceversa, para prestar Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus, por el periodo de diez (10) anos, contados a partir de la fecha de expedicion de la presente Resolucion, de acuerdo con los siguientes terminos: RUTA ORIGEN DESTINO ITINERARIO FRECUENCIAS HORARIOS DE SALIDA TIEMPO DE VIAJE FLOTA OPERATIVA FLOTA DE RESERVA : MORDAZA - MORDAZA y viceversa : MORDAZA : MORDAZA : LA OROYA-HUARIACA-AMBO : UNA DIARIA : DE LIMA: A LAS 22.00 HORAS DE HUANUCO: A LA 22.00 HORAS : 8 HORAS APROXIMADAMENTE : UM-1195 (1987) - UM-1120 (1982) : UI-5369 (1981)

LA COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL

Que de conformidad con el literal a) del Articulo 35º del Decreto Legislativo Nº 276 y el Articulo 186º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la MORDAZA Administrativa, una de las causales justificada para que proceda el cese definitivo de un servidor, es por cumplir los 70 anos de edad, causal que es aplicable a todo servidor publico, incluidos los magistrados de las diferentes instancias jurisdiccionales, excepto los Vocales Supremos y Fiscales Supremos, ya que por mandato de la 8va. Disposicion Transitoria, Complementaria y Finales de la Ley Nº 26623, modificada por la Ley Nº 27175 su cese por limite de edad se producira al cumplir los 75 anos de edad; Que del Informe Nº 022-2000-GG-GayF-SP-PJ de la Supervision de Personal del Poder Judicial y de la partida de nacimiento que se acompana, aparece que el doctor MORDAZA Galvan MORDAZA, Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, nacio el 16 de setiembre de 1939, en consecuencia el 16 de setiembre del ano en curso cumplira 70 anos de edad; Que haciendo uso de las facultades conferidas por las Leyes numeros veintiseis mil quinientos cuarentiseis, sus modificatorias y ampliatorias y estando a lo acordado en Sesion de la fecha; RESUELVE: Primero.- MORDAZA por limite de edad a partir del 16 de setiembre del 2000, al doctor MORDAZA Galvan MORDAZA, en el cargo de Vocal Titular de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica. Segundo.- Transcribir la presente Resolucion al Consejo Nacional de la Magistratura, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidente de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica, Gerencia General del Poder Judicial y al interesado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA PEZUA MORDAZA 10272

Las tarjetas de circulacion seran expedidas en relacion al ano de fabricacion de los vehiculos ofertados. Segundo.- La empresa esta obligada a cumplir con las normas legales establecidas en el Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC y demas disposiciones vigentes, concernientes al Servicio Publico de Transporte Terrestre Interprovincial de Pasajeros por Carretera en Omnibus. Tercero.- La presente Resolucion Directoral debera ser publicada por la empresa en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los treinta (30) dias calendario, contados a partir de la fecha de su notificacion. Cuarto.- La empresa iniciara el servicio dentro de los treinta (30) dias calendario, improrrogables, contados a partir del dia siguiente de la publicacion de la presente resolucion; para lo cual debera contar con lo establecido en el Art. 17º del Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 05-95-MTC, caso contrario se procedera a aplicar lo dispuesto en el MORDAZA parrafo del Art. 16º del referido Reglamento. Quinto.- Encargar la ejecucion de esta Resolucion a la Direccion de Transporte de Pasajeros y Carga Nacional e Internacional. Registrese y comuniquese. MORDAZA A. MORDAZA MANCHEGO Director General Direccion General de Circulacion Terrestre 10236

ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA
Aprueban Directiva que establece normas para el Programa de Evaluacion Semestral del personal de la Academia
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 111-2000-AMAG-DG MORDAZA, 5 de setiembre del 2000 CONSIDERANDO: Que, mediante el DECRETO LEY Nº 26093, se dispone un programa de Evaluacion Semestral de los Trabajadores de los Ministerios e Instituciones Publicas Descentralizadas, de acuerdo a las normas que cada Entidad establezca en concordancia con los dispositivos legales vigentes sobre la materia, teniendo en cuenta que el personal que no califique en el MORDAZA de evaluacion podra ser cesado por causal de excedencia; Que, mediante la RESOLUCION ADMINISTRATIVA DEL TITULAR DEL PLIEGO DEL PODER JUDICIAL Nº 272-SE-TPCME-PJ de fecha 18 de agosto del 2000, se constituye la Comision encargada de llevar a cabo el Programa de Evaluacion semestral del Personal de la ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA; Que, de acuerdo al primer considerando de la presente Resolucion, se debe dictar las normas necesarias para la correcta aplicacion del procedimiento en mencion, mediante la resolucion respectiva; Que, en consecuencia, es necesario aprobar la DIRECTIVA sobre NORMAS PARA EL PROGRAMA DE EVALUACION SEMESTRAL DEL PERSONAL de la ACADEMIA DE LA MAGISTRATURA; Que, estando a lo acordado y en uso de las facultades que le confiere la Resolucion Administrativa Nº 272-SE-TP-CME-PJ; la Resolucion Administrativa Nº 01-94-AMAG/CD, y las Resoluciones Administrativas del Titular del Pliego del Poder Judicial Nº 405-98-SE-TP-CME-PJ y Nº 250-SE-TP-CME-PJ;

COMISION EJECUTIVA DEL PODER JUDICIAL
Cesan vocal de la Corte Superior de Justicia de Huancavelica por limite de edad
RESOLUCION ADMINISTRATIVA Nº 1252-CME-PJ MORDAZA, 4 de setiembre del 2000