Norma Legal Oficial del día 25 de junio del año 1999 (25/06/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 25 de junio de 1999

tiene domicilio en la circunscripcion del distrito de MORDAZA MORDAZA, no estando incursa la regidora en mencion en la causal de vacancia que se afirma; ademas, el impugnante MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no ha remitido prueba idonea y suficiente que acredite que la regidora MORDAZA Betzabe MORDAZA MORDAZA se encuentra incursa en algunas de las causales establecidas en el Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; en otro extremo, el recurrente MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA no interpuso en tiempo oportuno el recurso de tacha que le franqueaba la ley, cuando la ahora regidora era postulante a cargo MORDAZA, de conformidad con lo dispuesto por el Articulo 16º de la Ley de Elecciones Municipales Nº 26864; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar INFUNDADO el recurso de revision interpuesto por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion de Concejo Nº 0005-99-MDSA, que declara improcedente la solicitud de vacancia del cargo de regidor del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que ostenta MORDAZA MORDAZA Villena. Articulo Segundo.- Declarar INFUNDADO el recurso de revision interpuesto por el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion de Concejo Nº 0006-99-MDSA, que declara improcedente la solicitud de vacancia del cargo de regidora del Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, que ostenta MORDAZA Betzabe MORDAZA Correa. Articulo Tercero.- Confirmar las Resoluciones Nºs. 0005 y 0006-99-MDSA expedidas por el Concejo Distrital de MORDAZA Anita; y, declarar que los ciudadanos MORDAZA Betzabe MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA Villena continuan ostentando el cargo de regidor en el Concejo Distrital de MORDAZA MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, para el cual han sido elegidos y proclamados, para el periodo 1999 - 2002. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 8329 RESOLUCION Nº 1014-99-JNE MORDAZA, 24 de junio de 1999 Visto, el Oficio Nº 036-99-MDP/A, recibido el 31 de MORDAZA de 1999, del ciudadano MORDAZA Nizama MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Pariahuanca, provincia de Carhuaz, por el que solicita se declare la vacancia del cargo de regidora que desempena la ciudadana MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por causal de inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo; CONSIDERANDO: Que, los resultados remitidos con motivo de las Elecciones Municipales del 11 de octubre de 1998, por el MORDAZA Electoral Especial de Carhuaz, aparece que MORDAZA MORDAZA MORDAZA fue elegida regidora del Concejo Distrital de Pariahuanca, provincia de Carhuaz, para el periodo 1999 - 2002; Que, en sesion de concejo de fecha 8 de febrero de 1999, segun MORDAZA certificada del acta que obra a fojas 6, el Concejo Distrital de Pariahuanca, acordo declarar la vacancia del cargo de regidora de MORDAZA MORDAZA MORDAZA por inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo; expidiendose la Resolucion Municipal Nº 004-99-MDP/A, de fojas 09; Que, en los cargos de convocatorias a sesiones de concejo, que obran de fojas 2 a 5, no aparece la firma de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en senal de haber recibido las citaciones, en consecuencia, no esta acreditado habersele cursado las convocatorias; asimismo, se advierte que no se ha cumplido con lo previsto en el Articulo 39º de la Ley Nº 23853, cuyo tenor senala, que entre la convocatoria y la sesion debe mediar cuando menos, dos dias habiles; Que, tratandose de causal de inconcurrencia injustificada, si se hubiere notificado debidamente, debio remitirse copias certificadas de las actas de sesiones de las que conste la inasistencia; y demas documentacion sustentatoria;

Que, conforme lo dispone el Articulo 27º de la Ley Nº 23853, el acuerdo de vacancia es susceptible de revision a solicitud de parte; en tal sentido, no se ha acreditado haber puesto en conocimiento de MORDAZA MORDAZA MORDAZA el acuerdo que declara la vacancia del cargo de regidora; El MORDAZA Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones; RESUELVE: Articulo Primero.- Declarar infundada la solicitud presentada por MORDAZA Nizama MORDAZA, MORDAZA del Concejo Distrital de Pariahuanca, provincia de Carhuaz, respecto a la declaratoria de vacancia del cargo de regidora de MORDAZA MORDAZA Huaranga; en consecuencia, nula y sin efecto la Resolucion Municipal Nº 004-99-MDP/A; y, nulo el acuerdo que la sustenta, tomado en sesion ordinaria del 8 de febrero de 1999, por no encontrarse arreglada a ley. Articulo Segundo.- Declarar que MORDAZA MORDAZA MORDAZA debe continuar en el ejercicio del cargo de regidora del Concejo Distrital de Pariahuanca, para el periodo 1999 - 2002. Articulo Tercero.- Las autoridades politicas y policiales prestaran las garantias que requiera el cumplimiento de la presente resolucion, bajo responsabilidad. Registrese, comuniquese y publiquese. SS. MORDAZA SEGURA; MORDAZA VILLAR; MORDAZA ARCE; MORDAZA CANELO; DE MORDAZA CANO; TRUJILLANO, Secretario General 8330

Declaran que regidor del concejo provincial de General MORDAZA Cerro debe continuar en el ejercicio de sus funciones
RESOLUCION Nº 1015-99-JNE MORDAZA, 24 de junio de 1999 Visto, el Oficio Nº 115-99/MPGSC, de fojas 6, recibido el 26 de MORDAZA de 1999, de don MORDAZA MORDAZA Dawid, MORDAZA del Concejo Provincial de General MORDAZA Cerro, con el que remite la documentacion que se le solicito mediante acuerdo de sesion privada de fecha 2 de marzo de 1999, transcrito en el Oficio Nº 543-99-SG/JNE, reiterado con Oficio Nº 2181-99-P/JNE, respecto a la declaratoria de vacancia del cargo de regidor del ciudadano Helbert Pamo MORDAZA, por inconcurrencia injustificada a sesiones de concejo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 965-98-JNE, del 3 de noviembre de 1998, se declaro fundado el recurso interpuesto por el ciudadano Persi MORDAZA MORDAZA, personero legal de la lista independiente "Frente Municipal Vamos MORDAZA Cerro", sobre nulidad de las Elecciones Municipales realizadas el dia 11 de octubre de 1998, para eleccion de MORDAZA y regidores del Concejo Provincial de General MORDAZA Cerro, convocandose a Elecciones Municipales Complementarias; continuando en el ejercicio de sus funciones las actuales autoridades ediles; Que, en sesion ordinaria de fecha 14 de enero de 1999, segun MORDAZA del acta de fojas 29, el Concejo Provincial de General MORDAZA Cerro, acordo por mayoria declarar vacante el cargo de regidor que ejerce Helbert Pamo MORDAZA, por haber incurrido en causal de inconcurrencia injustificada a tres sesiones ordinarias consecutivas o seis no consecutivas durante tres meses, prevista en el numeral 5) del Articulo 26º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853; expidiendose la Resolucion Municipal Nº 003-99/MPGSC, del 22 de enero de 1999, que obra a fojas 38; Que, en autos no se acredita que se MORDAZA cursado las citaciones al citado regidor, toda vez que en las copias que obran de fojas 8 a 12, no se advierte cargo de recepcion por parte de Helbert Pamo MORDAZA, a excepcion de la citacion Nº 009-98/MPGSC; asimismo, se incumple con el requisito previsto en el Articulo 39º de la citada ley, al disponer que, entre la convocatoria y la sesion mediaran, cuando menos dos dias habiles, habiendose emitido dichas citaciones el mismo dia que se llevo a cabo la sesion;