Norma Legal Oficial del día 14 de febrero del año 1999 (14/02/1999)


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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 14 de febrero de 1999

Articulo 1º.- La Oficina Registral de MORDAZA y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos, por el merito de la presente Resolucion Suprema, efectuara la primera inscripcion de dominio a favor del Estado del inmueble de 9 654,08 m2, ubicado en la esquina formada por el MORDAZA MORDAZA (calle Moneda) Nºs. 781-791 y MORDAZA Paruro (calle Molino Quebrado) Nº 528, del Cercado de MORDAZA, provincia y departamento de MORDAZA, segun los planos y memoria descriptiva que forma parte del respectivo expediente sustentatorio. Articulo 2º.- Aprobar la transferencia patrimonial, en via de regularizacion, del inmueble descrito en el Articulo 1º a favor del Banco Central de Reserva del Peru, para que sea destinado a la sede de la MORDAZA Nacional de Moneda. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de la Presidencia. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RIZO PATRON MORDAZA Ministra de la Presidencia 2120

Articulo 2º.- La Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial - CORPAC S.A., gestionara ante la Oficina Institucional y Organismos del Estado - OIOE - del Ministerio de Economia y Finanzas la devolucion de los titulos representativos del respectivo desaporte de capital. Articulo 3º.- Las Oficinas Registrales correspondientes de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos del Ministerio de Justicia, por el merito de la presente Resolucion Suprema, inscribiran el desaporte de capital en los Registros de la Propiedad Inmueble de Sullana y Chachapoyas, respectivamente. Articulo 4º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de la Presidencia y el Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion. Registrese, comuniquese y publiquese. Rubrica del Ing. MORDAZA Fujimori Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RIZO PATRON MORDAZA Ministra de la Presidencia MORDAZA PANDOLFI ARBULU Ministro de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion 2121

Disponen desaportar del capital de ENERGIA Y MINAS CORPAC S.A. los terrenos correspondientes a aerodromos ubicados en las Aprueban transferencia de linea elecprovincias de Sullana y Chachapoyas trica a favor de empresa
RESOLUCION SUPREMA Nº 037-99-PRES MORDAZA, 12 de febrero de 1999 Visto el Expediente Nº 000086-95, por el cual la Corporacion de Aeropuertos y Aviacion Comercial - CORPAC S.A., solicita a la Superintendencia de Bienes Nacionales el desaporte de capital a favor del Estado de los terrenos de 425 000,00 m2 y 322 000,00 m2, correspondientes a los Aerodromos de Sullana y El Tapial, ubicados en el distrito y provincia de Sullana, departamento de MORDAZA y en el distrito y provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, por Resolucion Suprema Nº 1216, de fecha 12 de agosto de 1947, se dispuso la entrega a favor de la Corporacion de Aeropuertos y Aviacion Comercial - CORPAC S.A. en calidad de aporte de capital, los terrenos de 425 000,00 m2 y 322 000,00 m2 ubicados en el distrito y provincia de Sullana, departamento de MORDAZA y en el distrito y provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas, respectivamente; Que, por Acuerdo de Directorio Nº 219-1751-93, de fecha 29 de diciembre de 1993 la Corporacion de Aeropuertos y Aviacion Comercial - CORPAC S.A., resuelve devolver al Estado en via de desaporte de capital los terrenos de 425 000,00 m2 correspondientes al Aerodromo de Sullana, ubicado en el distrito y provincia de Sullana, departamento de MORDAZA y de 322 000,00 m2 correspondientes al Aerodromo de "El Tapial", ubicado en el distrito y provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas; Que, los predios submateria se encuentran inscritos en el asiento 2 de fojas 57 y 58 del tomo 42 del Registro de la Propiedad Inmueble de Sullana y en el asiento 2 y 2 de fojas 397 y siguientes del tomo 13 del Registro de la Propiedad Inmueble de Chachapoyas, respectivamente, a favor de la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial - CORPAC S.A.; Que, el Articulo 2º del Decreto Ley Nº 18806 dispone que las empresas publicas podran devolver al Estado los bienes que recibieron como aporte de capital cuando dejen de serles necesarios para su actividad industrial o comercial; Estando a lo informado por la Superintendencia de Bienes Nacionales y con opinion favorable de la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 18806, Decreto Ley Nº 25556, modificado por el Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 26366 y Decreto Supremo Nº 005-93-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Desaportar del capital de la Corporacion Peruana de Aeropuertos y Aviacion Comercial - CORPAC S.A., los terrenos de 425 000,00 m2 correspondiente al Aerodromo de Sullana, ubicado en el distrito y provincia de Sullana, departamento de MORDAZA y de 322 000,00 m2 correspondiente al Aerodromo "El Tapial", ubicado en el distrito y provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas. RESOLUCION SUPREMA Nº 029-99-EM MORDAZA, 12 de febrero de 1999 Visto el Expediente Nº 14014793-01 que incluye los documentos con Registro Nº 1219174, sobre otorgamiento de transferencia de concesion definitiva de transmision de energia electrica, en la linea electrica S.E. Socabaya - S.E. MORDAZA (Montalvo) de 220 kV de tension; y la solicitud presentada por Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. - ETECEN, persona juridica inscrita en la Ficha Nº 105833 del Registro de Sociedades Mercantiles de Lima; CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Energia y Minas expidio la Resolucion Suprema Nº 040-95-EM de fecha 31 de MORDAZA de 1995, otorgando concesion definitiva por tiempo indefinido a Empresa de Transmision Electrica del Sur S.A. - ETESUR, para desarrollar actividades de transmision de energia electrica, en las lineas electricas S.E. Socabaya - S.E. MORDAZA (Montalvo) de 220 kV de tension y S.E. MORDAZA (Montalvo) - S.E. Toquepala de 138 kV de tension, de acuerdo al Articulo 25º del Decreto Ley Nº 25844; Que, la Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. - ETECEN, adjuntando MORDAZA del Acta de Transferencia de la titularidad de parte de la concesion definitiva de transmision suscrita por los Gerentes Generales de ETECEN y ETESUR, con Oficio Nº G-078-99 de fecha 21 de enero de 1999 y Registro Nº 1219174, solicita a su favor la transferencia de la linea electrica S.E. Socabaya - S.E. MORDAZA (Montalvo) de 220 kV de tension; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos estipulados en el Decreto Ley Nº 25844 y su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 009-93-EM, ha emitido el Informe favorable Nº 015-99-EM/DGE; Estando a lo dispuesto por el Articulo 6º del Decreto Ley Nº 25844; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Viceministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la transferencia de la linea electrica S.E. Socabaya - S.E. MORDAZA (Montalvo) de 220 kV de tension, parte de la concesion definitiva de transmision otorgada por Resolucion Suprema Nº 040-95-EM, de fecha 31 MORDAZA de 1995 e identificada con Codigo Nº 14014793, de Empresa de Transmision Electrica del Sur S.A. - ETESUR a favor de Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A. - ETECEN. Articulo 2º.- Otorgar a Empresa de Transmision Electrica Centro Norte S.A - ETECEN, titular de parte de la concesion definitiva identificada con Codigo Nº 14014793, los derechos y obligaciones referidos en la Resolucion Suprema Nº 040-95-EM de fecha 31 de MORDAZA de 1995.