Norma Legal Oficial del día 27 de enero del año 1999 (27/01/1999)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, miercoles 27 de enero de 1999

tionamiento de MORDAZA en las vias colindantes a esta unidad a fin de reducir la contaminacion atmosferica (ruidos y gases), entre otros. Articulo 38º.- La Unidad Aeroportuaria conformada por el Centro de Instruccion Aeronautico de Las Palmas de la Fuerza Aerea del Peru, se caracteriza por estar rodeada de ecosistemas urbanos y agropecuarios, su planeamiento considerara control de ruidos aereos, la recuperacion ambiental del entorno ecologico y MORDAZA, asi como la evaluacion del impacto ambiental de la actividad aerea. Articulo 39º.- La unidad de recuperacion de la Loma, conformada por las cimas de las colinas semiaridas, requieren la utilizacion de bioabonos organicos para la fertilizacion de los suelos de lomas. Su planeamiento considerara la instalacion de captadores de agua de neblinas, el monitoreo biologico y el proyecto de la recuperacion paisajistica y jardin botanico "Loma Amarilla". Articulo 40º.- La Unidad Eco - Paisajista comprende las laderas aridas de facil acceso, con escasez de recursos bioticos e hidricos; constituye una MORDAZA ecologica de amortiguamiento y control de los procesos de deterioro de las zonas urbanas. Su planeamiento considerara la implementacion del acondicionamiento y embellecimiento ecologico, la micro zonificacion ecomorfologica, el manejo ecologico y reforestacion con especies rastreras y arbustivas y la instalacion de centros demostrativos de fauna tipica. Articulo 41º.- La Unidad Eco-recreativa, esta conformada por las areas deportivo- forestales; con infraestructura para MORDAZA deportivos, clubes deportivos, recreos campestres. Su planeamiento considerara el Plan de Manejo y Conservacion Ambiental y la evaluacion del impacto ambiental de los proyectos. Articulo 42º.- La Unidad Agro-Ecologica esta conformada por las areas agricolas cuyos suelos son aptos para el cultivo de la vid y hortalizas con aguas subterraneas de buena calidad la misma que presenta un clima optimo para la agricultura intensiva. Su planeamiento considera la recuperacion y preservacion de las areas agricolas con fines de cultivo de la vid para mantener la tradicion de distrito vitivinicola, la conservacion del riego por gravedad, el control de la contaminacion del agua subterranea, el tratamiento de las aguas servidas y la elaboracion de un Plan Rector para el ordenamiento del MORDAZA del rio MORDAZA, que sera elaborado por la Subdireccion de Medio Ambiente de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de Surco. Articulo 43º.- La Unidad Eco- Vias principales, esta conformada por los espacios viales forestados de integracion interna, los cuales purifican el ambiente y embellecen la ciudad. Su planeamiento considera el acondicionamiento y forestacion de las vias y la evaluacion del impacto ambiental de la via Paseo de la Republica y de los intercambios viales. Articulo 44º.- A partir de la presente ordenanza entra en vigencia la propuesta de Ordenamiento Ambiental del Plan MORDAZA de MORDAZA de Surco. La Autoridad Municipal a traves de la Subdireccion de Medio Ambiente -Direccion de Desarrollo MORDAZA MORDAZA cumplir las medidas de manejo ambiental identificadas y priorizadas en el presente Plan Urbano. Articulo 45º.- Las Vias, parques, plazas, alamedas, areas de conservacion y proteccion, zonas paisajistas y otras areas de uso publico senaladas en el Plan MORDAZA distrital de MORDAZA de MORDAZA, son de caracter intangible, inalienables e imprescriptibles. La municipalidad distrital no permitira su uso o aplicacion a fines o modalidades de uso diferente a las que su caracter de bien publico les impone. Articulo 46º.- El establecimiento y funcionamiento de actividades comerciales e industriales se regiran por el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas (compatibilidades de uso), el mismo que forma parte de la presente ordenanza, y estan sujetos a los Estudios de Impacto Ambiental y/o Programas de Adecuacion Ambiental, segun sea el caso. CAPITULO VI ADMINISTRACION DEL PLANEAMIENTO Y GESTION MORDAZA Y PROGRAMA DE INVERSIONES Articulo 47º.- En relacion a la Administracion del Planeamiento y Gestion MORDAZA, la propuesta se enmarca dentro de los objetivos del Plan de Desarrollo Metropolitano de Lima-Callao vigente, los mismos que se refieren al ordenamiento MORDAZA metropolitano, al fortalecimiento de los gobiernos locales y a la promocion de la participacion de la sociedad civil en el desarrollo MORDAZA de la Metropoli. En este sentido y en concordancia con la Ley Organica de Municipalidades Nº 23853, la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA fortalecera de manera permanente sus funciones relativas al desarrollo local de su jurisdiccion. Articulo 48º.- El MORDAZA de planeamiento del distrito estara a cargo de la Direccion de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, para lo cual establecera permanentemente estrategias, instrumentos y mecanismos para el control, sancion y correccion de aquellos

procesos que contravengan el cumplimiento de los objetivos propuestos en el plan MORDAZA distrital y las normas urbanisticas correspondientes. Articulo 49º.- A partir del presente Plan MORDAZA, la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA establecera Estrategias de Gestion MORDAZA, con la finalidad de institucionalizar niveles y mecanismos de concertacion y asesoria tecnica que permitan incorporar de manera planificada y coherente los intereses de los diversos sectores economicos y sociales de su distrito para el bienestar local; en concordancia con el desarrollo de las areas vecinas (otros distritos) y del Area Metropolitana en su conjunto. Articulo 50º.- El programa de inversiones urbanas representa una herramienta de negociacion y promocion de iniciativas publicas y privadas que constituyen la base para la conformacion de la cartera de proyectos de inversion que requiere el distrito de MORDAZA de MORDAZA, la misma que orientara y racionalizara las acciones y toma de decisiones de los diferentes agentes publicos y/o privados que de una u otra forma estan interesados en el desarrollo del distrito. Articulo 51º.- Declarense prioritarios los proyectos de inversion a corto, mediano y largo plazo consignados en el Plan MORDAZA Distrital de MORDAZA de MORDAZA, los mismos que por su implicancia social, importancia ambiental y envergadura territorial, repercutiran favorablemente en el desarrollo MORDAZA de su jurisdiccion. CAPITULO VII DISPOSICIONES TRANSITORIAS Articulo 52º.- La MORDAZA monumental de MORDAZA a que se refiere el Articulo 27º de la presente Ordenanza se regira por las normas sobre bienes culturales y la reglamentacion especial que al efecto se aprobara mediante Decreto de Alcaldia de la Municipaldiad Distrital de MORDAZA de MORDAZA, previa aprobacion y coordinacion con el Instituto Nacional de Cultura. La Direccion de Desarrollo MORDAZA queda encargada de elaborar el proyecto de reglamentacion especial de la MORDAZA monumental y de realizar las gestiones y coordinaciones respectivas con el Instituto Nacional de Cultura. Articulo 53º.- La Direccion de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA en un plazo de 30 dias utiles, contados a partir de la fecha de vigencia de la presente ordenanza, elaborara y remitira el proyecto de reglamentacion especial "Laderas de Cerros de MORDAZA y urbanizacion Club Golf Los Incas" al Instituto Metropolitano de Planificacion y a la Direccion Municipal de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA a fin de que emitan pronunciamiento, para los efectos a que se contrae el MORDAZA parrafo del Articulo 27º de la presente ordenanza. Articulo 54º.- A efectos de contribuir con el desarrollo MORDAZA del distrito de MORDAZA de MORDAZA, declarese de necesidad publica y de interes local prioritario la apertura de las vias locales proyectadas en las zonas que constituyen islas rusticas. La Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA a traves de las Subdirecciones de Obras Publicas y Obras Privadas - Oficina de Catastro, de acuerdo a lo previsto en el Articulo II - XV - 2.5 del Reglamento Nacional de Construcciones, procedera a elaborar los correspondientes proyectos de Planeamiento Integral de los inmuebles que constituyan islas rusticas, los que contendran la determinacion de los aportes reglamentarios y las cesiones obligatorias y gratuitas destinadas para las vias y pasajes. Elaborado el Planeamiento Integral, conforme al cual se habilitara el predio, la Direccion de Desarrollo MORDAZA de la Municipalidad Distrital de MORDAZA de MORDAZA elaborara el proyecto de Resolucion de Alcaldia correspondiente. Esta resolucion se notificara a sus propietarios para que en un plazo no mayor de 3 meses inicien la ejecucion del proyecto y ademas sera inscrita en el Registro de la Propiedad Inmueble de MORDAZA a solicitud de la Municipalidad Distrital. TITULO III DISPOSICIONES FINALES Articulo Unico.- Derogase y dejase sin efecto legal alguno las siguientes normas municipales: a) Acuerdo de Concejo Nº 086-97-ACSS de fecha 11 de marzo de 1997; b) Ordenanza Nº 11-97-O-MSS de fecha 10 de MORDAZA de 1997; y, c) Ordenanza Nº 12-97-O-MSS de fecha 10 de MORDAZA de 1997 referida a proyectos de edificaciones multifamiliares en zonas de baja densidad; POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla MORDAZA MORDAZA LEMBCKE MORDAZA MORDAZA Encargado de la Alcaldia