Norma Legal Oficial del día 14 de julio del año 1998 (14/07/1998)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 15

MORDAZA, martes 14 de MORDAZA de 1998

NORMAS LEGALES

Pag. 162179

Articulo Segundo.- Al termino del evento los Fiscales deberan presentar un informe ante la Comision Ejecutiva con MORDAZA al Instituto de Investigaciones del Ministerio Publico en un plazo de quince dias calendario. Articulo Tercero.- Los gastos que origine la presente resolucion seran con cargo a la Funcion 02 Justicia - Programa 003 Administracion - Subprograma 0021 Organizacion y Modernizacion Administrativa - Proyecto 2.00341 Modernizacion de la Administracion - 3.0235 Capacitacion Integral, encargandose a la Secretaria Ejecutiva disponer las facilidades necesarias para su ejecucion, dentro de los montos consignados para tal efecto, con conocimiento del Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo - Proyecto PER 95/008. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA COLAN MAGUINO Fiscal Suprema y Presidenta de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MORDAZA FERREYRA Fiscal Supremo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal Supremo (P) - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico MORDAZA MORDAZA MARINAS Secretario Ejecutivo - Miembro de la Comision Ejecutiva del Ministerio Publico 7769

CONTRALORIA GENERAL
Transcriben resolucion a fin de que se autorice a Procurador iniciar MORDAZA judicial con motivo del Informe Nº 11498-CG/SMO
RESOLUCION DE CONTRALORIA Nº 083-98-CG MORDAZA, 13 de MORDAZA de 1998 Visto, el Informe Nº 114-98-CG/SMO, resultante del Examen Especial practicado a la Direccion Regional de Educacion San MORDAZA, periodo enero 1993 - MORDAZA 1996; y, CONSIDERANDO: Que, en merito a las denuncias formuladas ante el Programa de Denuncias y Sugerencias Ciudadanas, la Sede Regional de Auditoria Moyobamba de la Contraloria General de la Republica, realizo un Examen Especial en la Direccion Regional de Educacion de San MORDAZA, evidenciandose, entre otros, indicios razonables de comision de delitos de Abuso de Autoridad, en las modalidades Generica y Omision de Funciones; Peculado, en las modalidades Generica y Malversacion de Fondos; y contra la Fe Publica, en las modalidades de Falsedad Ideologica y Falsedad Generica, conductas tipificadas, previstas y penadas en los Articulos 376º, 377º, 387º, 389º, 397º, 428º y 438º del Codigo Penal vigente, como resultado de las irregularidades cometidas al respecto; A la Resolucion Directoral Subregional Nº 540, emitida dos veces con el mismo numero de registro, mediante una de las cuales se autorizo el pago de trece (13) personas que no laboraron en la Subregion de Educacion Huallaga Central - Juanjui, generando un perjuicio economico a dicha entidad y por ende al Estado, de dieciocho mil novecientos cuarentiseis y 98/100 nuevos soles (S/. 18,946.98); asimismo, se elaboraron las respectivas planillas de pago para realizar el cobro de las supuestas remuneraciones;

A la obtencion de un prestamo bancario de cinco mil y 00/100 nuevos soles (S/. 5,000.00) del Banco Interbanc a favor de la Subregion de Educacion Huallaga Central Juanjui, recursos que fueron destinados en beneficio personal de servidores; A la utilizacion de fondos del saldo de veintiun mil trece y 87/100 nuevos soles (S/. 21,013.87) girados para el pago de planillas de los Programas No Escolarizado de Educacion Inicial - PRONOEI y Alfabetizacion, ademas de personal contratado que fue destinado para el pago de viaticos, bienes y servicios, que no fueron registrados presupuestal ni patrimonialmente; y, A la emision de Ordenes de Compra por trece mil doscientos sesenta y 00/100 nuevos soles (S/. 13,260.00), para la adquisicion de utiles de escritorio que no ingresaron a la institucion, siendo el fondo utilizado como parte de pago de un inmueble que no esta registrado a nombre de la entidad; Esta resolucion se dicta en cumplimiento de las normas legales precedentes y en prevencion a que estos hechos irregulares en la indicada Direccion Regional de Educacion, se vuelvan a producir en detrimento de los recursos del Estado, en tal sentido, se hace necesario que el senor Ministro de Estado en el Despacho de la Presidencia autorice al senor Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales de su Sector, para que formule la denuncia respectiva ante el Ministerio Publico, e inicie las acciones legales contra los presuntos responsables; Que, asimismo debe tenerse presente que parte de los hechos examinados merituaron que ante el Poder Judicial se abriera la Instruccion Nº 160-96, contra los funcionarios involucrados, por delitos de Peculado en su modalidad Generica y contra la Fe Publica en su modalidad de Falsedad Ideologica, tipificados en los Articulos 387º y 428º del Codigo Penal, por la emision de las Resoluciones numeros 701 y 702 que autorizo el pago a ocho (8) personas inexistentes por catorce mil trescientos sesentidos y 60/ 100 nuevos soles (S/. 14,362.60); e irregularidades en el pago de remanentes presupuestales al personal de la Subdireccion Regional de Educacion Huallaga Central Juanjui, por la suma de ciento catorce mil noventa y 00/ 100 nuevos soles (S/. 114,090.00); De conformidad con el Articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, Articulos 19º, incisos e) y f), y 24º inciso h) del Decreto Ley Nº 26162 - Ley del Sistema Nacional de Control y los Decretos Leyes numeros 17537 y 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Transcribir la presente resolucion, al senor Ministro de Estado en el Despacho de la Presidencia, a fin que se sirva autorizar al senor Procurador Publico encargado de atender los asuntos judiciales de su Sector, para que en nombre y representacion del Estado interponga las acciones legales, contra los presuntos autores comprendidos en el Informe Nº 114-98-CG/ SMO, remitiendosele para el efecto los antecedentes correspondientes. Articulo Segundo.- Transcribir la presente resolucion, al senor Ministro de Estado en el Despacho de Educacion, a fin de disponer las medidas pertinentes, en cuanto a la funcion educativa del pais. Registrese, publiquese y archivese. MORDAZA MORDAZA CASO LAY Contralor General de la Republica 7768

ONPE
Precisan materias en que las Gerencias de Gestion Electoral y de Informatica constituyen primera instancia a nivel institucional
RESOLUCION JEFATURAL Nº 073-98-J/ONPE MORDAZA, 9 de MORDAZA de 1998