Norma Legal Oficial del día 05 de julio del año 1998 (05/07/1998)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

MORDAZA, MORDAZA 5 de MORDAZA de 1998 SE RESUELVE: Articulo Unico.- Declarar infundado el recurso de apelacion interpuesto por don MORDAZA MORDAZA Acuna contra la Resolucion Directoral N" 371-97DRA-RI, de 5 de diciembre de 1997, expedida por la Direccion Regional Agraria de la Region Inka, la que se confirma, por estar acreditado en el procedimiento la posesion y conduccion directa de don MORDAZA Niracio MORDAZA MORDAZA en las parcelas de 6 ha. de extension superficial del predio "Manzanares", de dominio del Estado; devolviendose el expediente a la mencionada Direccion Regional Agraria para su archivamiento. Registrese y comuniquese. MORDAZA MUNANTE SANGUINETI Ministro de Agricultura 7395 SE RESUELVE: Articulo lo.- Declarar PROCEDENTE el fraccionamiento de pago solicitado por PESQUERA LOBO S.R.Ltda., respecto de la multa ascendente a siete (7) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), impuesta mediante Resolucion Comision de Sanciones W 156-97-PEI CS del 8 de agosto de 1997. Articulo 2".- El pago fraccionado de la multa sera efectuado en seis (6) cuotas mensuales de 1.22 Unidades Impositivas Tributarias (LJIT) cada una, monto que incluye el interes compensatorio correspondiente al 50% de la Tasa Activa para Moneda Nacional (TAMN), otorgandose adicionalmente un periodo de MORDAZA (301 dias partir idel 15 de treinta de 1998, calendario contados a de las de junio por lo que el pago referidas cuotas mensuales tendra como fechas de vencimiento el dia 15 de MORDAZA mes, iniciandose dicho periodo el dia 15 de MORDAZA y concluyendo el dia 15 de diciembre de 1998. Articulo 3".- El importe de las cuotas debera ser abonado en el Banco de MORDAZA, Cuenta Corriente N" OO044-107-0018-57 MINISTERIO DE PESQUERIA, siendo que el incumplimiento del pago a la fecha limite de dos (2) cuotas consecutivas o tres (3) alternas, conduciran a la extincion automatica del beneficio otorgado, aplicandose al monto de la multa el interes moratorio desde la fecha de su exigibilidad, ascendente al 15% de la Tasa Activa para Moneda Nacional (TAMN) vigente a la fecha del incumplimiento; los pagos efectuados durante el fraccionamiento se computaran como pagos a cuenta y seran descontados del monto total adeudado resultante de aplicara la multa impuesta los intereses compensatorios, el saldo insoluto que resulte de tal operacion sera materia de cobro coactivo. Articulo 4".- La empresa debera acreditar el deposito correspondiente al pago de cada cuota mensual ante la Comision de Sanciones, dentro de un plazo MORDAZA de cinco (5) dias calendario, contados a partir de la fecha de vencimiento de cada cuota. Articulo 5".- Transcribase la presente resolucion a la Oficina General de Administracion del Ministerio de Pesqueria y a la Ejecutoria Coactiva de MORDAZA, a efectos de que suspenda el procedimiento de cobranza coactiva iniciado. Registrese y comuniquese. MORDAZA INURRITEGUI MORDAZA Presidente de la Comision de Sanciones Ministerio de Pesqueria (e) MORDAZA PRADAVILCHEZ Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones MORDAZA MORDAZA MORDAZA Miembro Deliberante de la Comision de Sanciones 7415
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PESQUERPA
Declaran procedente fraccionamiento de pago de multa impuesta a empresa
RESOLUCION COMISION DE SANCIONES W 172-98-PWCS MORDAZA, 15 de junio de 1998 Visto el Oficio N" 044.98-ECL del 29 de MORDAZA de 1998, presentado por la Ejecutoria Coactiva de MORDAZA, sobre solicitud efectuada por PESQUERA LOBO S.R.Ltda. y el Informe N" 015-98PEICS-ST del 8 de junio de 1998, emitido por la Secretaria Tecnica de la Comision de Sanciones. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Supremo N" 005-98-PE del 2 de MORDAZA de 1998, se autoriza que el Ministerio de Pesqueria, conforme a disposiciones que se establezcan mediante Resolucion Ministerial, apruebe a traves de la Comision de Sanciones, las solicitudes de fraccionamiento de pago de las multas derivadas de infracciones ala normatividad pesquera, incluyendose las que a dicha fecha se encuentren en cobranza coactiva; Que mediante Resoluciones Ministeriales N's. 180, 207 y 22893PE se establecen los requisitos y procedimientos que los infractores sancionados deberan cumplir a efecto de que MORDAZA aprobadas sus solicitudes de fraccionamiento de pago, lijandose el numero de cuotas en las que procede fraccionar el pago de las multas impuestas, de acuerdo al monto a que ascienden las mismas y estableciendose los periodos de MORDAZA en los que la obligacion de pago de multa se encontrara suspendida, siendo estos de 6 meses para los pescadores, armadores y procesadores artesanales y de 30 dias para los que se dediquen a la actividad industrial; Que mediante el documento del visto, se remite la solicitud de fraccionamiento de pago efectuada por PESQUERA LOBO S.R.Ltda. sobre la multa que fuese impuesta mediante Resolucion Comision de Sanciones N 156-97-PE/CS del 8 de agosto de 1997, ascendente asiete (7) Unidades Impositivas Tributarias (UIT), siendo que dicha solicitud ha sido presentada dentro del termino legal establecido, cumpliendo con todos los requisitos exigidos; En uso de las facultades conferidas por el Articulo 2" del Decreto Supremo N" 005-98PE, en concordancia con lo establecido en las Resoluciones Ministeriales NOs. 180, 207 y 228.98PE; Estando a lo acordado en el Acta de la Comision de Sanciones N" 020.98-PEKS de fecha 12 de junio de 1998

S-BS
Autorizan la inscripcion de persona natural en el Registro Oficial de Ajustadores y Peritos de Seguros
RESOLUCION SBS W 557-98 MORDAZA, 9 de junio de 1998 ~;~LS~~INTENDENTE DE BANCA Y VISTA: La solicitud presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Ribeyro, para que se le autorice la inscripcion en el Registro Oficial de Ajustadores y Peritos de Seguros; y,