Norma Legal Oficial del día 16 de enero del año 1998 (16/01/1998)


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partir de la publicacion del rimer padron del REEA, plazo durante el cual deben aBecuarse a lo establecido en

MORDAZA, viernes 16 de enero de 1998

de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley No 23384, Ley General de Educacion; Decreto Ley N" 25762, modificado por Ley N" 26510, Ley Organica del Ministeno de Educacion; Decreto Legmlativo N" 882, Le de Promocion de la Inversion en la Educacion; Decretos Bupremos Nos. 051-95ED y 00296-ED, Re lamento de Organizacion y Funciones del Ministerio 2e Educacion y el Decreto Supremo N" 004-97s ED, Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Institutos y Escuelas Superiores Particulares: SE RESUELVE: Articulo lo.- AUTORIZAR provisionalmente, por el periodo de un ano, contado a partir del dia si uiente de la ublicacion del primer padron del Registro de Entidades E specializadas Autorizadas, el funcionamiento del Instituto de EducacionSu erior Particular "Peruano Canadiense", ubicado en la caPle MORDAZA N" 418, distrito, provincia y departamento de Ica, Region Los Libertadores-Wari, plazo durante el cual debe adecuarse a lo establecido en la MORDAZA precitada en el tercer considerando de la presente Resolucion. Articulo 2".- AUTORIZAR al Instituto de Educacion Superior Particular "Peruano Canadiense", a desarrollar los estudios conducentes al otorgamiento de los Titulos de: - Profesional Tecnico en Secretariado Ejecutivo - Profesional Tecnico en Computacion e Informatica - Profesional Tecnico en Contabilidad - Profesional Tecnico en Administracion A partir del 1 Semestre Academico de 1998, en dos turnos y con una meta de cuarenta (40) alumnos por cada turno y titulo. Articulo So.- Los estudios conducentes a los titulos autorizados tienen una duracion de seis (6) Semestres Academicos. Articulo 49- RECONOCER a MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DE MORDAZA como propietaria y a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director del mencionado Instituto. Articulo 6".- REGISTRESE provisionalmente al Instituto de Educacion Superior Particular "Peruano Canadiense" en el Registro de Institutos de Educacion Superior Registrese y comuniquese. MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion 0503 FtESOLUCION MINISTEXIAL N" 438-97.ED Lima. 30 de diciembre de 1997 Visto, el Expediente N" a-09671-95, que forma parte de los antecedentes de la presente resolucion, mediante el cual se solicita la autorizacion de funcionamiento del Instituto de Educacion Superior Particular "SAN FRANCISCO"; CONSIDERANDO: Que, es politica del Estado incentivar y romover la articipacion del Sector Privado en favor del r-Jesarrollo de Pa educacion; Que, la documentacion presentada por el pro ietario y las evaluaciones y verificaciones efectuadas, B,muestran que procede autorizar al Instituto de Educacion Superior Particular "SAN FRANCISCO", para atender la demanda de formacion tecnica en el area solicitada;

Que, de conformidad con el primer parrafo de la Primera Disposicion Complementaria y Transitoria del Decreto Supremo N" 004-97-ED, Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Institutos y Escuelas Superiores Particulares, las "solicitudes presentadas con anterioridad a la entrada en vigencia del presente Reglamento y que hayan cumplido con los requisitos vi entes a su MORDAZA, podran obtener autorizacion d: funcionae miento rovmional por un periodo de un ano contado a partir 2 la publicacion del rimer padron del REEA, e plazo durante el cual deben aBecuarse a lo establecido en este Reglamento"; Que, en cumphmiento a lo dispuesto por la Comision r Resolucion Ministaen Tramite; Con la o inion favorable emitida a traves del Informe No 181CE IfIST-96, la visacion de la Direccion Nacional de Educacion Secundaria y Superior Tecnologica y de la Oficina de Asesoria Juridica; y, De conformidad con la Ley N" 23384, Le General de Educacion; Decreto Ley N" 25762, modificaB por Ley N o 26510, Ley Organica del Ministeno de Educacion; Decreto Legislativo N" 882, Le de Promocion de la Inversion en la Educacion; Decretos 6 upremos Nos. 051-95-ED y 00296-ED, Re lamento de Organizacion y Funciones del Ministerio 1e Educacion y el Decreto Supremo N" 004-97ED, Reglamento de Autorizacion de Funcionamiento de Institutos y Escuelas Superiores Particulares; SE RESUELVE: Articulo lo.- AUTORIZAR provisionalmente, por el perfodo de un ano, contado a partir del dia si iente de la ublicacion del primer padron del Registro r Entidades e E specrahzadas Autorizadas, el funcionamiento del Insti" tuto de Educacion Su erior Particular "SAN FRANCISCO'], ubicado en eP Jr. Juliaca N" 325, distrito y provincia de MORDAZA, departamento de MORDAZA, Region Moquegua-Tacna-Puno, plazo durante el cual debe adecuarse a lo establecido en la MORDAZA recitada en el tercer considerando de la resente Reso P uuon. Articulo 2".- A IhORIZAR al Instituto de Educacion Superior Particular "SAN FRANCISCO", a desarrollar los estudios conducentes al otorgamiento de los Titulos de: - Profesional Tecnico en Industrias Alimentarias - Profesional Tecnico en Metalurgia A partir del 1 Semestre Academico de 1998, en dos turnos y con una meta de cuarenta (40) alumnos por cada turno y titulo. Articulo So.- Los estudios conducentes a los titulos autorizados tienen una duracion de seis (6) Semestres Academicos. Articulo 4*.- RECONOCER a don MORDAZA MORDAZA KLOECKNER como propietario y a don MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA como Director del mencionado Instituto. Articulo So.- REGISTRESE provisionalmente al Instituto de Educacion Superior Particular "SAN FRANCISCO" en el Registro de Institutos de Educacion Superior. Registrese y comuniquese. MORDAZA PALERMO CABREJOS Ministro de Educacion oso2 RESOLUCION MINISTERIAL N" 441-97-ED MORDAZA, 30 de diciembre de 1997 Visto los Expedientes NOs. 7-11343-94 y 29830-97 ue forman parte de los antecedentes de la presente Reso uP cion,, mediante los cuales se solicita la autorizacion de funcionamiento del Instituto de Educacion Superior Particular "ROSENDO HUIRSE". CONSIDERANDO: Que, es politica del Estado incentivar y romover la articipacion del Sector Privado en favor del (Pesarrollo de Pa Educacion: