Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2020 (29/07/2020)


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TEXTO DE LA PÁGINA 4

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NORMAS LEGALES

Miércoles 29 de julio de 2020 /

El Peruano

2020, hasta por la suma de S/ 4 053 500,00 (CUATRO MILLONES CINCUENTA Y TRES MIL QUINIENTOS Y 00/100 SOLES), del pliego 010: Ministerio de Educación a favor de diversos Gobiernos Regionales, para financiar el pago de los conceptos a los que se refieren los Decretos Supremos Nº 391-2019-EF y 395-2019-EF, hasta por los montos señalados en los mismos, y cuyos recursos transferidos no fueron devengados al 31 de diciembre de 2019, en el marco de lo establecido en el numeral 1 de la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Decreto de Urgencia Nº 016-2020; de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: SECCION PRIMERA PLIEGO UNIDAD EJECUTORA En Soles : Gobierno Central 010 : Ministerio de Educación 026 : Programa Educación Básica para Todos

ACTIVIDAD 5000991 : Obligaciones Previsionales FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales TOTAL EGRESOS 15 000,00 ============ 4 053 500,00 ============

1.2 Los pliegos habilitados en el numeral 1.1 del presente artículo y los montos de transferencia por pliego se detallan en los Anexos que forman parte del presente Decreto Supremo, los cuales se publican en los portales institucionales del Ministerio de Educación (www.gob.pe/minedu) y del Ministerio de Economía y Finanzas (www.gob.pe/mef), en la misma fecha de publicación de la presente norma en el Diario Oficial El Peruano, conforme a lo siguiente: Anexo Descripción Anexo 1 Transferencia para financiar el pago del incentivo para la incorporación de profesores a la Carrera Pública Magisterial, correspondiente al concurso de nombramiento 2017 y 2018 al que se refiere el Decreto Supremo Nº 391-2019-EF cuyos recursos transferidos por dicho decreto supremo no fueron devengados al 31 de diciembre de 2019. Anexo 2 Transferencia para financiar el pago de la entrega y bonificación económica correspondiente a los condecorados con las Palmas Magisteriales al que se refiere el Decreto Supremo Nº 395-2019-EF cuyos recursos transferidos por dicho Decreto Supremo no fueron devengados al 31 de diciembre de 2019. Artículo 2. Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular del pliego habilitador y de los pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas autorizada en el artículo 1, aprueba, mediante resolución, la desagregación de los recursos autorizados en el numeral 1.1 del artículo 1, a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el numeral 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo Nº 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificación Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Artículo 3. Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el numeral 1.1 del artículo 1 del presente Decreto Supremo no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4. Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas y por el Ministro de Educación.

CATEGORIA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales TOTAL EGRESOS 4 038 500,00 15 000,00 ============ 4 053 500,00 ============ En Soles : Instancias Descentralizadas : Gobiernos Regionales

A LA: SECCION SEGUNDA PLIEGOS PROGRAMA PRESUPUESTAL

0090 : Logros de aprendizaje de estudiantes de la educación básica regular PRODUCTO 3000385 : Instituciones educativas con condiciones para el cumplimiento de horas lectivas normadas ACTIVIDAD 5005628 : Contratación Oportuna y Pago del Personal Docente y Promotoras de las Instituciones Educativas de la Educación Básica Regular FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales 3 987 500,00

PROGRAMA PRESUPUESTAL 106 : Inclusión de niños, niñas y jóvenes con discapacidad en la Educación Básica y Técnico Productiva PRODUCTO 3000790 : Personal contratado oportunamente ACTIVIDAD 5005877 : Contratación oportuna y pago de personal en Instituciones Educativas Inclusivas, Centros de Educación Básica Especial y Centros de Recursos FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9001 : Acciones Centrales ACTIVIDAD 5000003 : Gestión Administrativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales CATEGORÍA PRESUPUESTARIA 2 000,00 36 000,00

Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintinueve días del mes de julio del año dos mil veinte. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República MARÍA ANTONIETA ALVA LUPERDI Ministra de Economía y Finanzas CARLOS MARTÍN BENAVIDES ABANTO Ministro de Educación 1874178-2

9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5000681 : Desarrollo del ciclo avanzado de la Educación Básica Alternativa FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.1 Personal y Obligaciones Sociales

13 000,00