Norma Legal Oficial del día 02 de septiembre del año 2019 (02/09/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Lunes 2 de setiembre de 2019 /

El Peruano

Artículo 3º.- ENCARGAR a todos los órganos que componen la Gerencia de Participación Vecinal de la Municipalidad Metropolitana de Lima, la correcta difusión y publicidad de la presente Resolución, para los fines pertinentes. Artículo 4º.- NOTIFICAR la presente Resolución a los integrantes del Comité Electoral Central (CEC), indicados en el Artículo 56 de la Ordenanza Nº 1782 y en el Artículo 3 del Reglamento de Elecciones de las Juntas Vecinales Comunales, Junta de Delegados Comunales y Representantes Vecinales ante el Consejo de Desarrollo Local ­ CODEL, aprobado por Decreto de Alcaldía Nº 008 de fecha 30 de mayo de 2019. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. VICTOR MANUEL QUINTEROS MARQUINA Gerente Gerencia de Participación Vecinal ANEXO CONVOCATORIA A ELECCIONES DE JUNTAS VECINALES COMUNALES CRONOGRAMA ELECTORAL DEL COMITÉ ELECTORAL CENTRAL - 2019
ACTIVIDADES Publicación del Padrón Electoral Inscripción de listas de candidatos Verificación Domiciliaria Subsanación de deficiencias encontradas Notificación de decisiones del CED Impugnación a Resolución del CED Resolución del CEC resolviendo Impugnación Publicación de Lista de Candidatos Presentación de Tachas Notificación de la Tacha Plazo para presentar descargo Plazo para resolver procedencia o improcedencia de la tacha Publicación de listas hábiles y acreditación de personeros Acto electoral Publicación de resultados Proclamación de listas ganadores FECHA Del Miércoles 25 de Setiembre al Viernes 04 de Octubre Del Lunes 07 al Viernes 18 de Octubre Del Sábado 19 al Miércoles 23 de Octubre Del Jueves 24 al Viernes 25 de Octubre Lunes 28 de Octubre Del Martes 29 al Miércoles 30 de Octubre Del lunes 04 al Martes 05 de Noviembre Del Miércoles 06 al Viernes 08 de Noviembre Del Sábado 09 al Lunes 11 de Noviembre Martes 12 de Noviembre Miércoles 13 de Noviembre Del Jueves 14 al Viernes 15 de Noviembre Del Lunes 18 al Jueves 21 Noviembre Domingo 24 de NoviembreHorario: 8.00 a 16.00 horas Martes 26 de Noviembre Miércoles 27 de Noviembre

CONVENIOS INTERNACIONALES

RELACIONES EXTERIORES
Acuerdo entre el Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa relativo a la creación del Programa de Cooperación Científica "ECOS NORD"
ACUERDO ENTRE EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA DEL PERÚ Y EL GOBIERNO DE LA REPÚBLICA FRANCESA RELATIVO A LA CREACIÓN DEL PROGRAMA DE COOPERACIÓN CIENTIFICA «ECOS NORD» El Gobierno de la República del Perú y el Gobierno de la República Francesa, en lo sucesivo denominados «las Partes», Deseando desarrollar sobre la base del beneficio mutuo su cooperación científica y tecnológica, Considerando las disposiciones del Convenio Cultural y de Cooperación Científica y Técnica entre el Gobierno de la República Peruana y el Gobierno de la República Francesa, firmado el 29 de marzo de 1972, Acuerdan lo siguiente: Artículo Primero.- El presente Acuerdo tiene por objeto la creación de un Programa de cooperación bilateral, denominado «ECOS NORD», mediante el cual investigadores y doctorandos residentes en el Perú y en Francia desarrollen proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica de excelencia de manera conjunta, en particular en el marco de convenios suscritos entre centros de educación superior e investigación de ambos países. Artículo Segundo.- El Programa tiene por objeto promover, dentro de los límites y en el marco de las disponibilidades presupuestarias de las Partes: 1. El financiamiento de los intercambios entre investigadores y doctorandos en forma de ayudas en el marco de los proyectos de investigación científica seleccionados. 2. La implementación de proyectos de investigación científica, desarrollo e innovación tecnológica de excelencia de alto nivel entre el Perú y Francia. 3. La promoción y la valorización de las actividades de investigación e innovación conjuntas (publicaciones científicas conjuntas, seminarios, talleres, depósito conjunto de patentes) sobre una base de beneficio mutuo. 4. El desarrollo de sinergias entre las comunidades científicas de ambos países para crear redes de investigación estructuradas y duraderas, de alto nivel y reconocidas a escala internacional. Artículo Tercero.- Cada una de las Partes llevará a cabo la aplicación del presente Acuerdo a través de un Comité Director bilateral designado por las instancias nacionales competentes en cada uno de los países, en adelante denominado «el Comité». El Comité estará copresidido por un representante de cada Parte. El Comité se reunirá, de ser posible, una vez al año, alternadamente en el Perú y en Francia, para seleccionar los proyectos previamente evaluados por cada uno de ellos y elaborar un informe de actividad dirigido a las instancias nacionales competentes. El Comité podrá proponer a dichas instancias prioridades de acción así como, si procede, medidas destinadas a facilitar la aplicación del presente Acuerdo. Artículo Cuarto.- Para la parte peruana y para la parte francesa, un proyecto de investigación podrá implicar

INFORMES: Dirección: en las Casas Vecinales Municipales de cada zona Teléfonos: 1. Casa Municipal Vecinal Nº 1: 331-1059 2. Casa Municipal Vecinal Nº 2: 632-3150 3. Casa Municipal Vecinal Nº 3: 564-0656 4. Casa Municipal Vecinal Nº 4: 328-0443 5. Casa Municipal Vecinal Nº 5: 687-6479 6. Casa Municipal Vecinal Nº 6: 330-7271 Horario de Atención: Lunes a Viernes de 08:00 am a 16:30 horas Estimado Vecino: Cualquier comunicación sírvase realizarla directamente por escrito a nuestras 6 Casas Vecinales Municipales El Comité Electoral sólo recibirá la documentación completa y debidamente sustentada. No se permitirá una extensión del plazo, ni documentos incompletos.

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