Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2019 (20/03/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Miércoles 20 de marzo de 2019

NORMAS LEGALES

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a Ley y que han presentado lista de candidatos ante los Jurados Electorales Especiales para las Elecciones Municipales Complementarias 2019. Las organizaciones políticas que han sido incluidas para el sorteo y que, por cualquier circunstancia no logren la inscripción de su lista de candidatos, no se consideran en la cédula de sufragio, sin que esta situación afecte el resultado del referido sorteo. Artículo 5º.- Sorteo de ubicación de los partidos políticos y de los movimientos dentro de los bloques respectivos: El sorteo de ubicación de los partidos políticos y de los movimientos en los bloques correspondientes de las cédulas de sufragio de las Elecciones Municipales Complementarias 2019, se realiza de acuerdo a los pasos siguientes: a) Se ordena alfabéticamente a los partidos políticos o a los movimientos regionales, según corresponda, de acuerdo a su denominación. b) Se asigna un número correlativo, empezando por el número uno (1) de acuerdo al orden alfabético, a cada partido político o movimiento regional, según corresponda, hasta completar la numeración de todas las organizaciones políticas participantes. c) Se utiliza bolillos, los cuales se identifican con los números que correspondan al orden alfabético de los partidos políticos o movimientos regionales, según corresponda. d) Se muestra los bolillos a los asistentes al momento de ser colocados en el bolillero, por parte de un servidor de la ONPE. e) Se invita al servidor de la ONPE antes referido, para que luego de revolver el bolillero extraiga los bolillos uno por uno y los muestre a los asistentes. f) Se asigna el primer lugar en su respectivo bloque al partido político o movimiento regional al que corresponda el primer bolillo extraído; el partido político o movimiento regional al que corresponda el segundo bolillo ocupa el segundo lugar, y así sucesivamente, hasta concluir con el sorteo. g) Se registra, simultáneamente a las acciones contenidas en los literales anteriores, en una computadora los resultados obtenidos y son mostrados al público asistente. h) El Notario Público o el Juez de Paz da conformidad a los bolillos extraídos y a los resultados obtenidos. Artículo 6°.- Retiro o desistimiento de organización política En el caso que alguna organización política no logre su inscripción de candidatos, se retire o desista de participar en el proceso electoral, la ubicación asignada se toma por la organización a la que corresponda la posición inmediata inferior, según el orden establecido mediante sorteo y respetando su bloque. Artículo 7º.- Ubicación de las alianzas electorales La ubicación de las alianzas electorales en cada uno de los bloques de la cédula de sufragio se realiza de conformidad con la normativa vigente. Artículo 8°.- Elaboración del Acta y publicidad de los resultados del sorteo Obtenidos los resultados de los sorteos de ubicación de las organizaciones políticas, se emite el acta en cuatro ejemplares y es suscrita por los representantes de la ONPE, del JNE o JEE, RENIEC, el Notario Público o Juez de Paz y facultativamente por el resto de asistentes. Se entrega un ejemplar al Notario Público o Juez de Paz, otro al JNE o JEE y un tercero al RENIEC, quedando un ejemplar en poder de la ONPE. Asimismo, si el representante de la Defensoría del Pueblo, personeros de las organizaciones políticas y observadores que asistieron al acto público, solicitan copias del Acta, se entrega en la sede central de la ONPE copias autenticadas y en las ODPE u ORC con firma y sello del Jefe de la ODPE o de quien se designó en su representación. Los resultados del sorteo se publican en la página web de la ONPE, en el frontis de la ODPE y/o en las ORC. 1749941-1

Designan Gerente de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000104-2019-JN/ONPE Lima, 18 de marzo de 2019 VISTOS: El Informe N° 000068-2019-GG/ONPE, de la Gerencia General; el Informe N° 000072-2019-GCPH/ ONPE, de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano; así como el Informe N° 000109-2019-GAJ/ONPE, de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Mediante la Resolución Jefatural N° 000098-2019-JN/ ONPE, de fecha 13 de marzo de 2019, se resolvió aceptar la renuncia presentada por la señora SESSY BETSY ALEJOS SEVILLANO DE ESCUDERO, al cargo de Gerente de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano, correspondiente a la Plaza N° 074 del Cuadro para Asignación de Personal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, declarando vacante la misma a partir del 14 de marzo de 2019; Asimismo, a través del Artículo Quinto de la resolución mencionada en el párrafo precedente, se dispuso encargar a la servidora MALENA FABIOLA LÓPEZ SALAZAR, Asesora ­ 2 de la Jefatura Nacional, con retención de su cargo, el despacho de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano, a partir del 14 de marzo de 2019 hasta la designación de su titular; Por otro lado, la Gerencia Corporativa de Potencial Humano, a través del informe de vistos señala que la ciudadana LESLIE EDILMA PACHECO HERRERA, cumple con la formación académica y experiencia laboral conforme lo establecen el Clasificador de Cargos de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) aprobado por Resolución Jefatural N° 000156-2016-J/ ONPE y el Manual de Organización y Funciones de la ONPE, modificada por Resolución N° 0081-2014-J/ ONPE, por lo que cumple con los requisitos mínimos para ocupar el referido cargo; De conformidad con lo dispuesto en el Artículo 13 de la Ley N° 26487, Ley Orgánica de la ONPE; así como, en los literales j) y s) del Artículo 11 del Reglamento de Organización y Funciones de la ONPE, aprobado con Resolución Jefatural N° 063-2014-J/ONPE y sus modificatorias; y en el numeral 5 del Artículo 10 del Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; Con el visado de la Secretaría General, la Gerencia General y de las Gerencias de Asesoría Jurídica y Corporativa de Potencial Humano; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dejar sin efecto, a partir del 19 de marzo de 2019, el Artículo Quinto de la Resolución Jefatural N° 000098-2019-JN/ONPE, mediante el cual se encargó el despacho de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano a la servidora MALENA FABIOLA LÓPEZ SALAZAR. Artículo Segundo.- Designar a partir del 19 de marzo de 2019, a la señora LESLIE EDILMA PACHECO HERRERA, en el cargo de confianza de gerente de la Gerencia Corporativa de Potencial Humano, correspondiente a la Plaza N° 074 del Cuadro para Asignación de Personal de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, aprobado mediante Resolución Jefatural N° 049-2014-J/ONPE y sus actualizaciones. Artículo Tercero.- Publicar la presente resolución en el diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional www.onpe.gob.pe y en el Portal de Transparencia de la ONPE, en el plazo de tres (3) días de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL FRANCISCO COX GANOZA Jefe (i) 1751315-1