Norma Legal Oficial del día 11 de junio del año 2019 (11/06/2019)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 18

18

NORMAS LEGALES
VISTO:

Martes 11 de junio de 2019 /

El Peruano

(ii) Contar con una solución informática que permita dotar a los usuarios de la información oportuna, confiable y segura, para lo cual se hace uso de la tecnología de la firma digital; (iii) Optimización del tiempo de atención de los documentos entre las dependencias de la institución; y (iv) Disminución de costos en cuanto al traslado de documentos y la emisión de documentos en físico. Sexto. Que, es necesario implementar la gestión por procesos en el Poder Judicial, al constituir un sistema de gestión que contribuye a mejorar los niveles de satisfacción del ciudadano a través del servicio de justicia que se brinda, conducente a la modernización de la gestión pública e institucional; mediante el logro de sus objetivos y de su razón de ser de la entidad. Sétimo. Que, en ese contexto, la Gerencia General del Poder Judicial remite a este Órgano de Gobierno el "Plan de Implementación de la Gestión por Procesos del Poder Judicial", el cual tiene como objetivo general desarrollar e implementar las acciones para la gestión de los procesos de manera eficiente y eficaz, tanto en los sistemas jurisdiccionales y administrativos, a fin de garantizar la satisfacción de los ciudadanos por los servicios brindados en el Poder Judicial. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 704-2019 de la vigésimo segunda sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Lama More, Ruidías Farfán y Deur Morán; sin la intervención de la señora Consejera Alegre Valdivia por encontrarse de licencia; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el "Plan para la Implementación de la Gestión por Procesos en el Poder Judicial", que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia General del Poder Judicial la implementación de la Gestión por Procesos en el Poder Judicial, con el soporte operativo técnico de la Gerencia de Desarrollo Corporativo, Gerencia de Planificación; y el apoyo técnico de la Oficina de Productividad y Competitividad Administrativa, cuyo rol será de conducir y desarrollar la implementación en sus tres fases: i) Diseño; ii) Seguimiento y Medición; y iii) Mejora Continua. Artículo Tercero.- Disponer que las dependencias y órganos del sistema administrativo de la Gerencia General del Poder Judicial, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la Republica; así como las Gerencias Distritales y Oficinas de Administración de las Cortes Superiores de Justicia a nivel nacional, brinden las facilidades del caso para la ejecución e implementación requerido por el Responsable Técnico, para el cumplimiento de sus fines; derivado del proceso de implementación. Artículo Cuarto.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura, Integrantes del Equipo de Dirección e integrantes de la Comisión del Proceso de Implementación de la Gestión por Procesos en el Poder Judicial, Cortes Superiores de Justicia del país; y, a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1777750-2

El Oficio N° 571-2019-GG-PJ cursado por el Gerente General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que, conforme al Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, la potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce a través de sus órganos jurisdiccionales con sujeción a la Constitución y las leyes; que determina, además, la estructura orgánica que le permita cumplir con sus fines establecidos. Segundo. Que, mediante Ley Nº 28175 se aprueba la Ley Marco del Empleo Público, que regula la prestación de servicios personales, subordinada y remunerada entre una entidad de la administración pública y un empleado público, cualquiera fuera la clasificación que éste tenga, y la parte orgánica y funcional de la gestión del empleo público. Tercero. Que, por Decreto Supremo Nº 264-2018EF, de fecha 24 de noviembre de 2018, se aprueba la Escala Remunerativa para el personal jurisdiccional y administrativo del Poder Judicial, sujeto al régimen laboral del Decreto Legislativo Nº 728; en el cual detalla los cargos administrativos y jurisdiccionales, existentes en el Poder Judicial. Cuarto. Que, en mérito a lo dispuesto en el referido decreto supremo, y teniendo en consideración que en este Poder del Estado existen dos grupos de trabajadores conformados por los Jueces, que constituyen un régimen especial, que tienen cargos establecidos conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 29277; y los auxiliares jurisdiccionales y administrativos que se rigen bajo los alcances de los Decretos Legislativos Nros. 728 y 276, quienes cuentan con cargos debidamente definidos por la entidad. Quinto. Que, el "Clasificador de Cargos del Poder Judicial" constituye el instrumento de gestión que contiene la descripción básica de los cargos que requiere una entidad, para el cumplimiento de los objetivos, competencias y funciones asignadas, y, considerando que su aplicación se encuentra vigente de conformidad a lo dispuesto en la Décimo Tercera Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento de la Ley del Servicio Civil, aprobado con Decreto Supremo Nº 0402014-PCM. Sexto. Que conforme a lo establecido en el Anexo Nº 02 de la versión actualizada de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", aprobada por Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057- 2016-SERVIR-PE, se colige que este instrumento de gestión denominado "Clasificador de Cargos del Poder Judicial" es una herramienta necesaria para la elaboración del Cuadro para Asignación de Personal Provisional de la entidad, cuyos cargos deben estar clasificados en grupos ocupacionales de acuerdo a lo establecido en el artículo 4º de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público. Sétimo. Que, con la finalidad de lograr un mejor desempeño y logro de objetivos institucionales, resulta necesario contar con un documento marco que describa y adecúe los cargos existentes en el Poder Judicial indistintamente de su régimen laboral, que servirá como herramienta para ordenar los cargos de la entidad, en base a la naturaleza, funciones generales, grado de responsabilidad y complejidad que demanda su desempeño, estableciéndose los requisitos mínimos para cada cargo. Por lo que, la Gerencia de Recursos Humanos y Bienestar de la Gerencia General, órgano responsable del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos de la Gerencia General, eleva la propuesta del documento normativo denominado "Clasificador de Cargos del Poder Judicial", aplicable a nivel nacional y actualizado en concordancia con las plazas y cargos que existen en el Poder Judicial. Octavo. Que, la propuesta de aprobación del documento normativo denominado "Clasificador de Cargos del Poder Judicial", cuenta con la opinión favorable

Aprueban el documento normativo "Clasificador de Cargos del Poder Judicial"
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 236-2019-CE-PJ Lima, 5 de junio de 2019