Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2019 (29/07/2019)


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NORMAS LEGALES

Lunes 29 de julio de 2019 /

El Peruano

Tercero. Que, de lo expuesto en el informe antes referido, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas para mejorar el servicio de administración de justicia, garantizando la tutela jurisdiccional efectiva, resulta pertinente dictar las disposiciones que permita coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Cuarto. Que, el artículo 82°, incisos 24), 25) y 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, dispone como funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales, modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 9452019 de la vigésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Lama More, Alegre Valdivia y Deur Morán; sin la intervención del señor Consejero Ruidías Farfán por encontrarse de vacaciones, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Reubicar, a partir del 1 de agosto de 2019, el 7° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del Distrito y Provincia de Trujillo, Distrito Judicial de La Libertad, como Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del Distrito de El Porvenir, Provincia de Trujillo, que funcionará en el Centro Integrado del Sistema de Administración de Justicia de El Porvenir. Artículo Segundo.- Disponer que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad, adopte las siguientes medidas administrativas: 2.1. Redistribuir la carga procesal del 7° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de Trujillo de

manera aleatoria y equitativa entre el 1°,2°,3°,4°,5° y 8° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de la referida provincia; hasta donde la norma lo permita y con conocimiento de la Oficina Desconcentrada de Control de la Magistratura de la referida Corte Superior. 2.2. Renombrar el 10° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente como 9° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del Distrito y Provincia de Trujillo. 2.3. Renombrar el 9° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente como 8° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del Distrito y Provincia de Trujillo. 2.4. Renombrar el 8° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente como 7° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del Distrito y Provincia de Trujillo. Artículo Tercero.- Disponer que el Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del Distrito de El Porvenir iniciará sus funciones sin carga procesal, para la implementación del Centro Integrado del Sistema de Administración de Justicia del mencionado Distrito y Provincia de Trujillo. El referido órgano jurisdiccional tendrá competencia funcional en los procesos comunes e inmediatos y competencia territorial en los Distritos de El Porvenir, Florencia de Mora, Laredo, Simbal y Poroto, de la Provincia de Trujillo. Artículo Cuarto.- Facultar a la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad para que realice las acciones administrativas que sean necesarias, para el adecuado cumplimiento de las disposiciones precedentes. Artículo Quinto.-Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1792792-4