Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2019 (29/07/2019)


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TEXTO DE LA PÁGINA 11

El Peruano / Lunes 29 de julio de 2019

NORMAS LEGALES

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transitorios de los referidos distritos judiciales. Asimismo, la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal señala que el plazo de funcionamiento de órganos jurisdiccionales transitorios de los Distritos Judiciales de Tumbes, Ventanilla, Cañete y Callao, están próximos a vencerse el 31 de julio del año en curso, proponiendo la prórroga de su funcionamiento, en aras de mejorar el proceso de administración de justicia en materia penal y coadyuvar al proceso consolidación de la reforma procesal penal. Segundo. Que, el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, en el Informe N° 146-2019-MYEST-UETI-CPP/PJ, establece que si bien no todos los órganos jurisdiccionales transitorios cumplieron los estándares de producción establecidos en la Resolución Administrativa N° 174-2014-CE-PJ, manteniendo una carga procesal elevada, la mayoría logró un nivel bueno de eficiencia en la realización de audiencias programadas. Tercero. Que, de lo expuesto en el informe antes referido, y considerando que este Poder del Estado tiene como política institucional adoptar medidas para mejorar el servicio de administración de justicia, garantizando la tutela jurisdiccional efectiva, resulta pertinente dictar las disposiciones que permita coadyuvar al logro de dicho objetivo, con arreglo a las necesidades del servicio y a los limitados recursos existentes para dicho propósito. Cuarto. Que el artículo 82°, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias, para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 9442019 de la vigésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Lecaros Cornejo, Tello Gilardi, Lama More, Alegre Valdivia y Deur Morán; sin la intervención del señor Consejero Ruidías Farfán por encontrarse de vacaciones, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Prorrogar, a partir del 1 de agosto de 2019, el funcionamiento de los siguientes órganos jurisdiccionales: HASTA EL 30 DE SETIEMBRE DE 2019: DISTRITO JUDICIAL DE VENTANILLA: · Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, Distrito de Mi Perú, Provincia del Callao. · Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Santa Rosa y Ancón, Distrito de Ancón, Provincia de Lima. · Juzgado Penal Unipersonal Transitorio, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador, Distrito de Ventanilla, Provincia del Callao. DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE: · 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de San Vicente de Cañete, en adición a sus funciones Juzgado Penal Colegiado Conformado, Distrito y Provincia de Cañete. HASTA EL 31 DE OCTUBRE DE 2019: DISTRITO JUDICIAL DE CAÑETE: · 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de San Vicente de Cañete, en adición a sus funciones Juzgado Penal Colegiado Conformado, Distrito y Provincia de Cañete. DISTRITO JUDICIAL DE VENTANILLA: · Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio de Pachacútec, Distrito de Ventanilla, Provincia del Callao. · 1° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Pachacútec, Distrito de Ventanilla, Provincia del Callao.

· 2° Juzgado Penal Unipersonal Transitorio de Pachacútec, Distrito de Ventanilla, Provincia del Callao. HASTA EL 30 DE NOVIEMBRE DE 2019: DISTRITO JUDICIAL DE TUMBES: · Juzgado de Investigación Preparatoria Transitorio, en adición a sus funciones Juzgado Penal Liquidador, Distrito y Provincia de Tumbes. HASTA EL 31 DE ENERO DE 2020: DISTRITO JUDICIAL DEL CALLAO: · Juzgado Penal Colegiado Transitorio, Distrito y Provincia del Callao. Artículo Segundo.- Facultar a los Presidentes de las Cortes Superiores de Justicia de Cañete, Callao, Tumbes y Ventanilla; así como a la Gerencia General del Poder Judicial, en cuanto sea de su competencia, adoptar las acciones y medidas administrativas que sean necesarias para el adecuado cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.-Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, Presidencias de las Cortes Superiores de Justicia de Cañete, Callao, Tumbes y Ventanilla; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JOSÉ LUIS LECAROS CORNEJO Presidente 1792792-3

Reubican órgano jurisdiccional como Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente del distrito de El Porvenir, provincia de Trujillo y dictan diversas medidas administrativas
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 304-2019-CE-PJ Lima, 24 de julio de 2019 VISTO: El Oficio N° 428-2019-P-UETI-CPP/PJ, cursado por el señor Consejero Responsable de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal. CONSIDERANDO: Primero. Que, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial en un extremo del Acuerdo N° 783-2019, dispone que por lo menos un Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente de la Provincia de Trujillo se reubique en el Centro Integrado del Sistema de Administración de Justicia del Distrito de El Porvenir, Provincia de Trujillo; en coordinación con la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal y la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de La Libertad. Segundo. Que, el Componente de Monitoreo y Evaluación de la Unidad de Equipo Técnico Institucional del Código Procesal Penal, en el Informe N° 149-2019-MYE-STUETICPP/PJ, establece que el 7° Juzgado de Investigación Preparatoria del Distrito y Provincia de Trujillo conoce y tramita procesos comunes; asi como registra una menor carga y producción en relación a los demás Juzgados de Investigación Preparatoria del Distrito y Provincia de Trujillo, que conocen y tramitan procesos comunes. En ese sentido, es conveniente que el 7° Juzgado de Investigación Preparatoria Permanente sea reubicado como Juzgado de Investigación Preparatoria para conocer procesos comunes e inmediatos en el Centro Integrado del Sistema de Administración de Justicia de El Porvenir.