Norma Legal Oficial del día 27 de septiembre del año 2018 (27/09/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 20

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NORMAS LEGALES

Jueves 27 de setiembre de 2018 /

El Peruano

de la Producción (ITP) www.itp.gob.pe, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y publíquese. GONZALO VILLARÁN CÓRDOVA Director Ejecutivo
Resolución Ejecutiva Nº 188-2018-ITP/DE ANEXO "TARIFARIO DE SERVICIOS TECNOLÓGICOS DEL CENTRO DE INNOVACIÓN TECNOLÓGICA PESQUERO - CITEpesquero"
DENOMINACIÓN DEL SERVICIO Nº Requisito TECNOLÓGICO SERVICIOS DE TRANSFORMACIÓN SOPORTE PRODUCTIVO Hamburguesa mix de anchoveta 1 y pota congelada (1069 a 1500 kilos) 2 Hamburguesa mix de anchoveta y pota congelada (890 a 1068 kilos) Kg Kg Kg Kg Kg Kg Kg 1.41 1.70 1.34 1.61 1.82 2.18 2.80 0.0340 0.0408 0.0323 0.0388 0.0439 0.0526 0.0674 Unidad Valor del servicio % UIT de Medida (soles)

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan Transferencia Financiera a favor del OSIPTEL destinada al diseño, desarrollo, implementación y operatividad del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad - RENTESEG
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 745-2018 MTC/01 Lima, 24 de setiembre de 2018 CONSIDERANDO: Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, por Resolución Ministerial Nº 1200-2017-MTC/01, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 036: Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, mediante el Decreto Legislativo N° 1338, se crea Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad - RENTESEG, con la finalidad de prevenir y combatir el hurto, robo y comercio ilegal de equipos terminales móviles, dentro del marco del fortalecimiento de la seguridad ciudadana; cuya implementación y administración se encuentra a cargo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL; Que, la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, autoriza excepcionalmente, al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para aprobar transferencias financieras a favor del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones - OSIPTEL, para el financiamiento del diseño, desarrollo, implementación y operatividad del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad - RENTESEG, la misma que se aprueba mediante resolución del titular de pliego del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, previo informe favorable de la oficina de presupuesto o la que haga sus veces y se publica en el diario oficial El Peruano; Que, el numeral 8.3 del artículo 8 de la Ley N° 30847, Ley que aprueba diversas disposiciones presupuestarias para promover la ejecución del gasto público en inversiones públicas y otras medidas, establece que para efectos de la transferencia financiera autorizada al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, conforme a la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, el mencionado pliego puede realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, hasta por la suma de S/ 19 987 212,00 (DIECINUEVE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL DOSCIENTOS DOCE 00/100 SOLES), quedando para el efecto exceptuado de las restricciones establecidas en el numeral 9.7 del artículo 9 de la Ley N° 30693 y en el artículo 76 y el numeral 80.1 del artículo 80 de la Ley 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, con documento C.00250-PD/2018, el Presidente del Consejo Directivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones, solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones gestionar la transferencia financiera, en el marco de lo establecido en la Vigésima Octava Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, para el financiamiento del diseño, desarrollo, implementación y operatividad del Registro Nacional de Equipos Terminales Móviles para la Seguridad - RENTESEG; Que, con Memorando N° 1714-2018-MTC/09, la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, hace suyo el Informe N° 421-2018-MTC/09.03 de su Oficina de Presupuesto, por el cual emite opinión favorable en materia presupuestal y propone el proyecto de Resolución

Hamburguesa de pescado 3 congelada (1428 a 2000 kilos) 4 5 6 Hamburguesa de pescado congelada (1189 a 1427 kilos) Milanesa de pescado congelada (915 a 1200 kilos) Milanesa de pescado congelada (762 a 914 kilos)

Nuggets mix de anchoveta y pota 7 sin pre fritar congelada (720 a 1000 kilos) 8

9

10

11

Solicitud Nuggets mix de anchoveta y pota dirigida al sin pre fritar congelada (599 a Director de 719 kilos) CITE con Nuggets de calamar gigante carácter de pre fritados congelados (1464 a Declaración 2000 kilos) Jurada y obligatoria Nuggets de calamar gigante según pre fritados congelados (1219 a Formulario 1463 kilos) ITP-00Nuggets de pescado congelado FR-0001 en diferentes presentaciones (1464 a 2000 kilos) Nuggets de pescado congelado en diferentes presentaciones (1219 a 1463 kilos)

Kg

3.37

0.0811

Kg

2.09

0.0504

Kg

2.51

0.0604

Kg

2.09

0.0504

12

Kg

2.51

0.0604

Recorte de pota tratada, 13 precocida y congelada (500 a 600 kilos) Recorte de pota tratada, 14 precocida y congelada (400 a 499 kilos) 15 Filete empanizado congelado (871 a 1200 kilos)

Kg

0.94

0.0226

Kg Kg Kg

1.13 2.42 2.91

0.0272 0.0583 0.0702

Filete empanizado 16 congelado (725 a 870 kilos) SERVICIO DE ASISTENCIA TÉCNICA 17 Asistencia Técnica en la Cadena Productiva Pesquera

Hora

33.02

0.8033

Nota: (*) El pago se hará en efectivo, cheque o transferencia bancaria a la cuenta recaudadora del ITP (Banco de la Nación), proporcionada por el CITE. (**) La tarifa expresada en porcentaje de la UIT no incluye el Impuesto General a las Ventas (IGV).

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