Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2018 (09/09/2018)


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NORMAS LEGALES

Domingo 9 de setiembre de 2018 /

El Peruano

- Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de gobernador y vicegobernador regional se considerarán automáticamente prorrogadas hasta la proclamación de los resultados de la elección del 7 de octubre de 2018; por tal razón las autoridades que participan como candidatos deben reasumir sus funciones a partir del día siguiente de la proclamación de resultados, con excepción de aquellos que participen en una segunda elección, cuyas licencias continuarán vigentes hasta el día de los comicios; en ese sentido, deben reasumir sus funciones al día siguiente de la segunda elección. 5. Con fecha 21 de mayo de 2018 (fojas 8), Tomás Wuile Ayñayanque Rosas, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chichas, con motivo de su participación en las Elecciones Regionales 2018, presentó su solicitud de licencia, sin goce de haber, siendo esta concedida mediante Acta de Sesión Ordinaria, de fecha 31 de mayo de 2018 (fojas 6 a 7), por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018. 6. En el presente caso, se aprecia que el alcalde presentó su solicitud de licencia dentro del plazo previsto, siendo esta aprobada por el concejo municipal, por lo que, en cumplimiento de las disposiciones establecidas en la Resolución Nº 0081-2018-JNE, así como de la aplicación supletoria del numeral 1, del artículo 24, de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades (en adelante LOM), resulta procedente convocar al primer regidor Óscar Mili Valencia Luna, identificado con DNI N° 42114282 para que asuma inmediatamente por encargatura las funciones de alcalde, mientras esté vigente la licencia concedida a su titular. 7. Asimismo, para completar el número de regidores, de acuerdo con lo establecido en el numeral 2 del artículo 24 de la LOM, resulta procedente convocar a Carmelo Evaristo Llerena Carpio, identificado con DNI N° 30760294, candidato no proclamado del Movimiento Regional Arequipa Renace, conforme a la información remitida por el Jurado Electoral Especial de La Unión con motivo de las Elecciones Regionales y Municipales 2014. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO la credencial otorgada a Tomás Wuile Ayñayanque Rosas, alcalde de la Municipalidad Distrital de Chichas, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018. Artículo Segundo.- CONVOCAR a Óscar Mili Valencia Luna identificado con DNI N° 42114282, para que asuma, provisionalmente, el cargo de alcalde de la Municipalidad Distrital de Chichas, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Artículo Tercero.- CONVOCAR a Carmelo Evaristo Llerena Carpio, identificado con DNI N° 30760294, con el fin de que asuma, provisionalmente, el cargo de regidor del Concejo Distrital de Chichas, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa, por el periodo comprendido entre el 9 de junio y el 7 de octubre de 2018, otorgándosele la correspondiente credencial que lo faculta como tal. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO ARCE CÓRDOVA CHANAMÉ ORBE RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General 1689396-3

Convocan a ciudadana para que asuma cargo de regidora del Concejo Provincial de Loreto, departamento de Loreto
RESOLUCIÓN N° 0808-2018-JNE Expediente N° J-2018-00387 LORETO - LORETO CONVOCATORIA DE CANDIDATO NO PROCLAMADO LICENCIA Lima, diecisiete de julio de dos mil dieciocho VISTO, el Oficio N° 345-2018-OSGYA-MPL-N, recibido el 11 de julio de 2018, a través del cual Vidal Camus Culqui, secretario general de la Municipalidad Provincial de Loreto, departamento de Loreto, comunica la licencia, sin goce de haber, de George Antonhy López Torres, regidor de la citada comuna. CONSIDERANDOS 1. Mediante el Decreto Supremo N° 004-2018PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, el 10 de enero de 2018, se convocó a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales de los Gobiernos Regionales de los departamentos de toda la República y de la Provincia Constitucional del Callao, así como a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y distritales de todo el país, para el domingo 7 de octubre del presente año. 2. El literal a del numeral 4 del artículo 14 de la Ley N° 27683, Ley de Elecciones Regionales (en adelante, LER), dispone que no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 9 de junio de 2018. 3. Asimismo, los literales b y c del numeral 4 del artículo 14 de la LER establecen que las autoridades municipales que deseen postular como autoridades regionales no pueden ser candidatos en las elecciones de gobiernos regionales, salvo que soliciten licencia, sin goce de haber, ciento veinte (120) días antes de la fecha de las elecciones, la misma que tendrá eficacia a partir del 9 de junio de 2018. 4. De conformidad con los artículos cuarto y quinto de la Resolución N° 0081-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, con fecha 9 de febrero de 2018, respectivamente, se precisa que: - Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato al cargo de consejero regional culminan el día de la elección; por consiguiente, las autoridades regionales y municipales deben reasumir sus funciones al día siguiente (9 de octubre de 2018). - Las licencias que se soliciten con el objeto de ser candidato a los cargos de gobernador y vicegobernador regional se considerarán automáticamente prorrogadas hasta la proclamación de los resultados de la elección del 7 de octubre de 2018; por tal razón, las autoridades que participan como candidatos deben reasumir sus funciones a partir del día siguiente de la proclamación de resultados, con excepción de aquellos que participen en una segunda elección, cuyas licencias continuarán vigentes hasta el día de los comicios; en ese sentido, deben reasumir sus funciones al día siguiente de la segunda elección. 5. Con fecha 1 de junio de 2018, George Antonhy López Torres, regidor del Concejo Provincial de Loreto, presentó, ante dicha entidad edil, el documento de sumilla "Solicito licencia sin goce de haber" (fojas 6), con el propósito de participar en las Elecciones Regionales 2018, al cargo de consejero regional, como se advierte de la revisión de la Plataforma Electoral ERM 2018. Dicha solicitud de licencia es por el periodo de ciento veinte (120) días antes de los comicios electorales, la cual fue otorgada mediante Acuerdo de Concejo Municipal N° 33-SO-MPL-N, del 4 de junio del presente año (fojas 3). Así las cosas, conforme al numeral 4 del artículo 14 de la LER, es menester señalar que dicha licencia tendrá eficacia a partir del 9 de junio del presente año.