Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2018 (15/10/2018)
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TEXTO DE LA PÁGINA 7
El Peruano / Lunes 15 de octubre de 2018
NORMAS LEGALES
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De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; y con el visado de la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 15 de octubre de 2018, a la señora Bertha Bernarda Díaz Reátegui en el cargo de Jefa de la Oficina de Órganos Desconcentrados del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOFIA PRUDENCIO GAMIO Presidencia Ejecutiva 1701797-2
SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ADUANAS Y DE ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Establecen el uso obligatorio del Sistema de Emisión Electrónica Operador de Servicios Electrónicos y del Sistema de Emisión Electrónica Sunat Operaciones en Línea y modifican la Resolución de Superintendencia Nº 117-2017/SUNAT
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 239-2018/SUNAT ESTABLECEN EL USO OBLIGATORIO DEL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA OPERADOR DE SERVICIOS ELECTRÓNICOS Y DEL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA SUNAT OPERACIONES EN LÍNEA Y MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 117-2017/SUNAT Lima, 10 de octubre de 2018 CONSIDERANDO: Que el artículo 2 de la Resolución de Superintendencia Nº 117-2017/SUNAT y normas modificatorias crea el Sistema de Emisión Electrónica Operador de Servicios Electrónicos (SEE - OSE) al amparo del numeral 1 del artículo único del Decreto Legislativo Nº 1314, el cual faculta a la SUNAT a establecer que sean terceros quienes efectúen la comprobación informática de los aspectos esenciales para que se considere emitido el documento electrónico que sirve de soporte a los comprobantes de pago electrónicos, a los documentos relacionados directa o indirectamente a esos comprobantes y a cualquier otro documento que se emita en el sistema de emisión electrónica; Que la única disposición complementaria transitoria del Decreto Legislativo Nº 1314 señala que el sistema de emisión electrónica a que se refiere el numeral 1 del artículo único de dicho decreto -es decir, el SEE - OSEpodrá ser uno de uso obligatorio cuando se hayan inscrito al menos tres sujetos en el Registro de Operadores de Servicios Electrónicos que brinden el servicio a nivel nacional (condición legal); Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº 092-2018/SUNAT se definió cuándo se presta en el SEE - OSE un servicio de comprobación informática que puede ser calificado como servicio a nivel nacional, para lo cual se consideró un aspecto técnico (la necesidad de que exista conexión a la Internet en el lugar de emisión) y un aspecto contractual (la posibilidad de que el sujeto pueda ser contratado por cualquiera que lo solicite) y, en consecuencia, se reguló la presentación de la declaración jurada sobre el alcance del servicio de comprobación informática; Que, a la fecha, en el Registro de Operadores de Servicios Electrónicos se han inscrito más de tres operadores de servicios electrónicos que se han comprometido a brindar el servicio de comprobación informática a nivel nacional, los cuales están en capacidad de prestar ese servicio a los obligados a emitir factura, boleta de venta y notas vinculadas a aquellas -ya sea que estén o no obligados a emitir electrónicamente(condición operativa); por tanto, al darse los aspectos o las condiciones mínimas (legal, contractual, técnica y operativa) para que los emisores electrónicos del Sistema de Emisión Electrónica (SEE) estén obligados a usar el SEE - OSE y/o el Sistema de Emisión Electrónica SUNAT Operaciones en Línea (SEE - SOL), aprobado por la Resolución de Superintendencia Nº 188-2010/ SUNAT y normas modificatorias, se requiere establecer la oportunidad para que ello sea así y quiénes serán obligados;
Designan Asesor II de la Secretaría General del OSCE
RESOLUCIÓN Nº 100-2018-OSCE/PRE Jesús María, 12 de octubre de 2018 VISTOS: El Memorando Nº 1322-2018/OAD, de fecha 11 de octubre de 2018, de la Oficina de Administración; el Informe Nº 326-2018/UREH, de fecha 11 de octubre de 2018, de la Unidad de Recursos Humanos; el Informe N° 266-2018/OAJ, de fecha 11 de octubre de 2018, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y CONSIDERANDO: Que, el artículo 51 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante la Ley Nº 30225, y sus modificatorias, establece que el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) es un organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Economía y Finanzas, con personería jurídica de derecho público, que constituye pliego presupuestal y goza de autonomía técnica, funcional, administrativa, económica y financiera; Que, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP Provisional del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado, aprobado por Resolución Ministerial N° 327-2018-EF/10, prevé el cargo estructural 12 de Asesor II de la Secretaría General; Que, el mencionado cargo se encuentra vacante, por lo que resulta necesario designar al Asesor II de la Secretaría General, cargo considerado de confianza; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; en el Reglamento de Organización y Funciones del OSCE, aprobado por Decreto Supremo Nº 076-2016-EF; y con el visado de la Secretaría General; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar, a partir del 15 de octubre de 2018, al señor Diego Alejandro Montes Barrantes en el cargo de Asesor II de la Secretaría General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado OSCE, cargo considerado de confianza. Regístrese, comuníquese y publíquese. SOFIA PRUDENCIO GAMIO Presidencia Ejecutiva 1701797-3