Norma Legal Oficial del día 15 de octubre del año 2018 (15/10/2018)
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TEXTO DE LA PÁGINA 12
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NORMAS LEGALES
Lunes 15 de octubre de 2018 /
El Peruano
por dichos conceptos; sin embargo, el RENIEC cubrirá el costo por pasaje aéreo, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje aéreo: Pasaje aéreo. Incluye FEE. Total: US$ 755.89 US$ 755.89
N° 1 2 NOMBRE Palao DIRECCIÓN
ANEXO
DISTRITO PROVINCIA DEPARTAMENTO Lima Lima Lima Lima
Av. Alfredo Mendiola San Martin de N° 761 Porres Comas
Artículo Cuarto.- DISPONER, que el servidor CARLOS ENRIQUE REYNA IZAGUIRRE, Gerente de Restitución de la Identidad y Apoyo Social del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, presente ante la Jefatura Nacional a través de la Gerencia General, un informe describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado en el Primer Artículo de la presente Resolución Jefatural, dentro de los quince (15) días calendario siguientes de culminado el desplazamiento. Artículo Quinto.- Encargar el cumplimiento de la presente Resolución Jefatural a la Gerencia de Talento Humano. Regístrese, publíquese y cúmplase. JORGE LUIS YRIVARREN LAZO Jefe Nacional 1701789-1
Av. Tupac Amaru, Mz La Pascana A, Lote 16 y 17, Urb. La Pascana
3
Penta Strip Av. Canto Grande N° San Juan de Canto 288, Mz A, lote 15, Lurigancho Grande Local Comercial 3 Strip Center Las Malvinas Av. República Argentina 608, Interior L-101 Lima
Lima
Lima
4
Lima
Lima
5
Av. Los Frutales Fundo Monterrico Sodimac Ate Oeste Lote 5a, 5b1 y 5b2 Local Comercial Lc12 Magdalena San Ramón Av. Alberto Del Campo N° 1010 Jr. Tarma 201 Lote 14 y Lote 15 Mz.D-4, Programa De Vivienda Habitación Urbana Progresiva Lote N° 35 Mz 46 III Etapa Centro Poblado Pueblo Nuevo Av. Las Américas Esquina con Av. Fermín Tangüis
Ate
Lima
Lima
6 7
Magdalena del Mar
Lima
Lima Junín
San Ramón Chanchamayo Coronel Gregorio Albarracín L.
8
Albarracín
Tacna
Tacna
SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan al Banco de Crédito del Perú el cierre definitivo de agencias ubicadas en los departamentos de Lima, Junín, Tacna e Ica
RESOLUCIÓN SBS N° 3570-2018 Lima, 14 de setiembre de 2018 LA INTENDENTE GENERAL DE BANCA VISTA: La solicitud presentada por el Banco de Crédito del Perú para que esta Superintendencia autorice el cierre de diez (10) agencias, según se indica en la parte resolutiva; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con presentar la documentación pertinente que sustenta la solicitud; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Bancaria "C", y; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32° de la Ley N° 26702, Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, y la Resolución SBS N° 4797-2015; y, en uso de las facultades delegadas mediante la Resolución SBS Nº 1678-2018 y la Resolución Administrativa SBS N° 240-2013; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar al Banco de Crédito del Perú el cierre definitivo de diez (10) agencias: Palao, La Pascana, Penta Strip Canto Grande, Strip Center Las Malvinas, Sodimac Ate, Magdalena, San Ramón, Albarracín, Pueblo Nuevo, Megaexpress Pisco; cuya ubicación se detalla en el anexo adjunto. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS CORTÉS Intendente General de Banca
9
Pueblo Nuevo Megaexpress Pisco
Pueblo Nuevo
Chincha
Ica
10
Pisco
Pisco
Ica
1701800-1
Modifican el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, el Reglamento de Bancos de Inversión, el Reglamento de Auditoría Interna, el Reglamento de Tarjetas de Crédito y Débito, el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero y la Circular G-184-2015, sobre el Servicio de Atención al Usuario
RESOLUCIÓN SBS N° 3966-2018 Lima, 11 de octubre de 2018 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 3274-2017 se aprobó el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero, con la finalidad de que las empresas cuenten con una adecuada gestión de conducta de mercado que se refleje en las prácticas que adoptan en su relación con los usuarios, en la oferta de productos y servicios financieros, la transparencia de información y la gestión de reclamos; Que, como resultado de las acciones de supervisión, se ha considerado necesario modificar el Reglamento de Gestión de Conducta de Mercado del Sistema Financiero con la finalidad de incorporar disposiciones y establecer precisiones que permitan el desarrollo de la oferta de productos y servicios financieros en un entorno digital; así como adecuar el alcance del marco normativo vigente considerando los productos y servicios ofrecidos por las empresas, al tamaño y volumen de sus operaciones; Que, asimismo, resulta necesario modificar el Reglamento de Auditoría Interna aprobado mediante la Resolución SBS N° 11699-2008; así como el Manual de Contabilidad para las Empresas del Sistema Financiero aprobado por la Resolución SBS N° 895-98;