Norma Legal Oficial del día 02 de octubre del año 2018 (02/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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(4) Sin Calificación: CERO CERO (a) Promoción 2015

NORMAS LEGALES
(00) (00)

Martes 2 de octubre de 2018 /

El Peruano

Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1697728-1

Declaran las vacantes para el Proceso de Ascenso 2018, Promoción 2019 del Personal de Oficiales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1255-2018-DE/EP Lima, 1 de octubre de 2018 VISTOS El Oficio N° 1710/CGE/A-2.a/02.00, del 25 de setiembre de 2018; y el Informe N° 005 /A-2.a/02.00, del 24 de setiembre de 2018, formulado por la Dirección de Personal del Ejército. CONSIDERANDO Que, el artículo 9 de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas establece que las vacantes son las plazas disponibles para el ascenso en cada grado militar, las cuales son expedidas anualmente mediante resolución ministerial, a propuesta del Comandante General respectivo, permaneciendo inalterables a lo largo del proceso; Que, el artículo 23 del Reglamento de la Ley N° 29108, Ley de Ascensos de Oficiales de las Fuerzas Armadas, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2008DE, modificado por Decreto Supremo N° 015-2011-DE/ SG, señala que la determinación de vacantes en cada grado es efectuada observando los criterios siguientes: (i) Cuadro Orgánico de Oficiales aprobado para el año siguiente al proceso de ascensos; (ii) Efectivo de Oficiales al mes de julio del año del proceso de ascenso; (iii) Plazas producidas por cambios de situación militar, posteriores al mes de julio del año del proceso de ascenso; (iv) Plazas generadas por vacantes a otorgarse, para el grado inmediato superior; y, (v) Promociones de egreso para los Oficiales procedentes de las Escuelas de Formación e ingreso para los Oficiales de procedencia universitaria; Que, asimismo, el artículo 26 del citado Reglamento establece que la propuesta para la declaratoria de vacantes deberá ser presentada por el Comandante General de cada Institución Armada al Ministro de Defensa, en la segunda quincena del mes de setiembre del año del proceso de ascenso, para su aprobación y publicación a través de la Resolución Ministerial correspondiente, emitida durante la primera semana de octubre; Que, el artículo 2 del Decreto Supremo N° 009-2013DE, dispone que para la aplicación del artículo 7 de la Ley N° 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificado por el Decreto Legislativo Nº 1143, y que establece el número mínimo de años de servicios reales y efectivos en cada grado militar, requerido para el ascenso al grado inmediato superior, se tendrán en consideración los siguientes aspectos generales: (i) el citado periodo no podrá exceder el proceso de ascenso del año 2018 (Promoción 2019), al cabo del cual se habrá concluido su implementación en la totalidad de las promociones de Oficiales; y, (ii) de acuerdo a los Planes Estratégicos Institucionales en el Área de Personal de las respectivas Instituciones Armadas, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0671-DE-SG del 26 de julio de 2011, el Ejército del Perú aplicará la disposiciones contenidas en el Anexo 1 de la citada norma; Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30701 establece un periodo de transitoriedad

para la aplicación del artículo 7 de la Ley N° 29108, que será hasta el Proceso de Ascenso 2024, Promoción 2025, debiendo las Instituciones Armadas adecuar sus planes estratégicos en el Área de Personal aprobados por Resolución Ministerial N° 574-2016-DE/SG, del 27 de mayo de 2016; Que, a través de la Resolución Ministerial N° 10672018 DE/SG, del 15 de agosto de 2018, se aprobó la Directiva General (DG): DG N° 13-2018-MINDEF/VRD/ DGRRHH "Normas para el Desarrollo de los Procesos de Ascenso Año 2018 (Promoción 2019) y Pases a la Situación Militar de Retiro por la Causal de Renovación Año 2018 para el Personal de Oficiales de las Fuerzas Armadas"; Que, con Decreto Supremo N° 003-2018 DE, del 22 de agosto de 2018 se aprobaron los Cuadros de Efectivos de Personal Militar Año Fiscal 2019; Estando a lo recomendado por el Director de Personal del Ejército mediante el Informe de Vistos y a lo propuesto por el Comandante General del Ejército del Perú; SE RESUELVE: Artículo Único. - Declárese las vacantes para el Proceso de Ascenso 2018, Promoción 2019 del Personal de Oficiales Generales, Superiores y Subalternos del Ejército del Perú de acuerdo al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa ANEXO: VACANTES PARA EL PROCESO DE ASCENSO 2018, PROMOCIÓN 2019 DEL PERSONAL DE OFICIALES DEL EJÉRCITO DEL PERÚ. 1. OFICIALES GENERALES a. Al grado de General de División: hasta tres (03) vacantes.
PROMOCIÓN 1986 TOTAL ARMAS 3 3

b. Al grado de General de Brigada: hasta diecisiete (17) vacantes.
PROMOCIÓN 1988 1989 AGO 1989 AGO 1990 ARMAS 0 3 6 5 TOTAL SERVICIOS EMCH P. UNIV 2 0 1 0 0 0 0 0 SUB TOTAL 2 4 6 5 17

2. OFICIALES SUPERIORES a. Al grado de Coronel: hasta setenta y ocho (78) vacantes.
PROMOCIÓN 1993 1994 1995 JUL 1995 1996 1997 1998 ARMAS 7 7 4 19 12 15 TOTAL SERVICIOS EMCH P. UNIV 0 0 2 1 0 2 2 0 1 0 1 1 0 4 SUB TOTAL 7 10 6 21 13 17 4 78

b. Al grado de Teniente Coronel: hasta ciento diez (110) vacantes.