Norma Legal Oficial del día 01 de octubre del año 2018 (01/10/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
Superficie del BPP Madre de Dios, luego del redimensionamiento propuesto
ZONA AREA OFICIAL (ha) 1 481 399.43 --------178 326.00 RJ Nº 292-2006-INRENA 139 213.00 23 392.00 46 284.00 RJ Nº 252-2005-INRENA 3 568.00 18 707.00 10 632.00 RJ Nº 292-2006-INRENA 21 868.00 RJ Nº 292-2006-INRENA 11 732.00 RJ Nº 292-2006-INRENA 1 935 121.43 DOCUMENTO LEGAL

Lunes 1 de octubre de 2018 /

El Peruano

ZONA 1 ZONA 2 ZONA 3 A ZONA 3 B ZONA 3 C ZONA 3 D ZONA 3 E ZONA 4 ZONA 5 A ZONA 5 B TOTAL

BPP Madre de Dios de conformidad con el artículo 28 de la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre y artículo 2 de la Resolución Ministerial N° 368-2018-MINAGRI; y, Con los respectivos visados de la Directora General de la Dirección de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley N° 29763, Ley Forestal y de Fauna Silvestre; el Decreto Supremo N° 018-2015-MINAGRI, que aprueba el Reglamento para la Gestión Forestal; y, la Resolución Ministerial N° 368-2018-MINAGRI, que aprueba los "Lineamientos para la ejecución del procedimiento de redimensionamiento de bosques de producción permanente" y la delegación de competencia al Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre para aprobar el redimensionamiento del bosque de producción permanente; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar el redimensionamiento de la Zona 1 del Bosque de Producción Permanente del departamento de Madre de Dios, de una superficie de 1 481 440.00 ha (Un millón cuatrocientos ochenta y un mil cuatrocientos cuarenta mil hectáreas) a una superficie de 1 481 399.43 ha (Un millón cuatrocientos ochenta y un mil trecientos noventa y nueve hectáreas y cuatro mil trescientos metros cuadrados), de acuerdo con el Mapa y Memoria Descriptiva que como Anexos forman parte integrante de la presente Resolución, quedando el Bosque de Producción Permanente del departamento de Madre de Dios con una superficie final total de 1 935 121.43 ha (Un millón novecientos treinta y cinco mil ciento veintiún hectáreas y cuatro mil trecientos metros cuadrados), conforme se detalla en el cuadro siguiente:
Zona 1 del BPP Madre de Dios Superficie (ha) oficial R.J. N° 097-2005-INRENA 1481440.00 Área (ha) predio con Unidad Catastral Superficie 061425, dentro (ha) SIG (1) del BPP de Madre de Dios (2) 1481439.60 40.17 BPP Madre de Área (ha) Final Dios Resultante de la Zona 1 del BPP Madre de Dios Área Final Total (1)-(2) 1481399.43 1935121.43

Fuente: Cuadro N° 07 del Informe Técnico Nº 434-2017-SERFOR/ DGIOFFS-DCZO

Que, de igual forma, el Informe Legal N° 018-2018-MINAGRI-SERFOR-SG/OGAJ de fecha 16 de enero de 2018, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del SERFOR, elaborado con anterioridad a la Resolución Ministerial N° 368-2018-MINAGRI, señala y concluye, entre otros: "(...) 3.11 Al respecto, cabe señalar que el señor Alvarado presenta testimonio de compra venta de inmueble que celebran de una parte don Alexander Max Esquivel Gutiérrez y de la otra parte los señores Luis Javier Malaga Cocchella, Rodolfo Javier Otero Nosiglia, Luis Eduardo Romero Antola y otros, de fecha 10 de diciembre de 2010. 3.12 Sobre el particular, cabe señalar que, si bien es cierto el contrato de compra venta que acredita derecho de propiedad de los señores Luis Javier Malaga Cocchella, Rodolfo Javier Otero Nosiglia, Luis Eduardo Romero Antola y otros, no es anterior a la fecha de creación del BPP Madre de Dios; no obstante, dicho derecho se sustenta en el derecho real de propiedad del señor Alexander Max Esquivel Gutiérrez, reconocido en mérito al Título de Propiedad N° 065781, otorgado mediante Resolución Directoral N° 520-97 del 20 de octubre de 1997, siendo éste anterior a la creación del BPP Madre de Dios. (...) 4.6 Se concluye que los documentos contenidos en el expediente (copia legalizada del título de propiedad y la copia certificada del testimonio de compra venta del bien) remitido por la DGIOFFS a esta Oficina, si acreditan la condición de área de propiedad privada preexistente a la creación del BPP Madre de Dios, constituyendo condición suficiente para aprobar la exclusión y redimensionamiento del BPP Madre de Dios, el mismo que deberá de aprobarse con resolución ministerial del MINAGRI. 4.7 La titularidad sobre el predio rural no otorga titularidad sobre los recursos forestales existentes, ya que éstos constituyen Patrimonio Forestal Nacional, debiendo solicitar a la autoridad competente, las autorizaciones y permisos correspondientes, para el aprovechamiento de los recursos, conforme a lo dispuesto en la legislación forestal y de fauna silvestre vigente. (...)". Que, el artículo 7 de los Lineamientos para la ejecución del procedimiento de redimensionamiento de bosques de producción permanente, aprobado mediante el artículo 1 de la Resolución Ministerial N° 368-2018-MINAGRI, establece la documentación necesaria para la exclusión de áreas de propiedad privada, estando dichos documentos contenidos en el expediente que sustenta el redimensionamiento de la Zona 1 del BPP Madre de Dios, conforme se evidencia en el Informe Técnico Nº 434-2017-SERFOR/DGIOFFS-DCZO y en el Informe Legal N° 018-2018-MINAGRI-SERFOR-SG/OGAJ; Que, en consecuencia, corresponde aprobar mediante Resolución Dirección Ejecutiva el redimensionamiento del

Artículo 2.- Disponer que la Dirección de Información y Ordenamiento Forestal y de Fauna Silvestre del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre - SERFOR proceda a inscribir ante la Zona Registral competente de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos ­ SUNARP la información referente al redimensionamiento dispuesto en el artículo 1 de la presente Resolución. Artículo 3.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Portal Institucional del Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre (www.serfor.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. JOHN LEIGH VETTER Director Ejecutivo (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna Silvestre 1697182-5

COMERCIO EXTERIOR Y TURISMO
Otorgan facultad de emitir Certificados de Origen a la Cámara de Comercio, Industria y Turismo de Ica
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 341-2018-MINCETUR Lima, 28 de setiembre de 2018 Visto, el Informe Técnico N° 007-2018-MINCETUR/ VMCE/DGFCE-DUO-MPC y el Informe Legal N° 050-2018-MINCETUR/VMCE/DGFCE-DUO-SVV de la Dirección de la Unidad de Origen de la Dirección General