Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2018 (18/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 69

El Peruano / Viernes 18 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos, teniendo como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos organizaciones vecinales; Que, el Artículo 42 de la Ley Orgánica de Municipalidades No. 27972, señala que "Los decretos de alcaldía establecen normas reglamentarias y de aplicación de las ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administración municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interés para el vecindario, que no sean de competencia del concejo municipal"; Que, el tercer párrafo del artículo 102º del referido marco legal establece que los Representantes de la Sociedad Civil son elegidos democráticamente por un período de dos (02) años, de entre los delegados legalmente acreditados de las organizaciones de nivel Distrital, que se hayan inscrito en el registro que abrirá para tal efecto la Municipalidad Distrital, siempre y cuando acrediten personería jurídica y un mínimo de tres (03) años de actividad institucional comprobada. La elección de representantes será supervisada por el organismo electoral correspondiente; Que, mediante Ordenanza Nº 035-07-MDLV, se aprobó el Reglamento que regula el proceso de elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital, en cuyo Títulos III se reglamenta el Registro de las Organizaciones de la Sociedad Civil, y en su Título IV sobre el proceso de elección de dichos representantes; Que, de conformidad con el artículo 22º de la precitada Ordenanza, es el Alcalde quien mediante Decreto de Alcaldía convoca al proceso eleccionario en mención, debiendo indicar el Cronograma Electoral de Actividades; Que, mediante Informe Nº 092-2018-SGPVYPAAGDS/MDLV, de fecha 16 de abril de 2018, el Subgerente de Participación Vecinal y Programa de Apoyo Alimentario solicita la Aprobación del Proceso de Elecciones de los

cinco (05) Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital para el Periodo 2018 ­ 2020, considerando que es beneficioso para la Municipalidad y la población del distrito de La Victoria; Que, mediante Informe Nº 049-2018-SGPDO-GPP/ MLV, de fecha 24 de abril de 2018, el Subgerente Planeamiento y Desarrollo Organizacional, teniendo en cuenta la opinión técnica de la Subgerencia de Participación Vecinal y Programa de Apoyo Alimentario, área encargada, de acuerdo a sus funciones establecidas en el numeral 5 del artículo 133º del ROF, de promover, programar, dirigir, ejecutar la elección democrática de los delegados representantes de la sociedad civil ante el CCLD; estima procedente el referido proceso y recomienda proseguir con los trámites correspondientes; Que, mediante Informe No. 572-2018-GAJ/MDLV, de fecha 30 de abril de 2018, la Gerente de Asesoría Jurídica opina favorablemente en aprobar mediante Decreto de Alcaldía, al Proceso de Elección de los cinco (05) Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital de La Victoria para el Periodo 2018 ­ 2020, debiendo aprobarse el cronograma oficial para dicho proceso, conforme a lo establecido en la Ordenanza Nº 035-07-MDLV; Que, en el artículo 12 de la Ordenanza Nº 035-2007MLV, establece: De la Constitución del Comité Electoral; estará integrado por: - Gerente Municipal, en calidad de Presidente - Gerente de Planeamiento y Presupuesto, en calidad de Secretario - Subgerente de Participación Vecinal y Programa de Apoyo Alimentario, en calidad de Vocal. ESTANDO A LOS FUNDAMENTOS EXPUESTOS EN LA PARTE CONSIDERATIVA Y EN USO DE LAS FACULTADES CONFERIDAS EN EL INCISO 6) DEL