Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2018 (18/05/2018)


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ANTECEDENTES

NORMAS LEGALES

Viernes 18 de mayo de 2018 /

El Peruano

Por Decreto Supremo Nº 004-2018-PCM, publicado en el diario oficial El Peruano, con fecha 10 de enero de 2018, el Presidente de la República convocó, para el 7 de octubre del presente año, a Elecciones Regionales de gobernadores, vicegobernadores y consejeros de los gobiernos regionales de toda la República, y a Elecciones Municipales de alcaldes y regidores de los concejos provinciales y concejos distritales de la República. A través de la Resolución Nº 0064-2018-JNE, publicada en el diario oficial El Peruano, el 15 de febrero de 2018, este Supremo Tribunal Electoral definió en 93 los Jurados Electorales Especiales (JEE) que impartirán justicia electoral en primera instancia en el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, para lo cual se solicitó a las Cortes Superiores de Justicia que designen a los jueces superiores que presidirán los JEE, y a las Juntas de Fiscales Superiores que designen a los fiscales superiores, en actividad o jubilados, que deban integrar dichos órganos electorales temporales, en la condición de segundo miembro, de conformidad con lo previsto en el artículo 33 de la Ley Nº 26486, Ley Orgánica del Jurado Nacional de Elecciones (en adelante, LOJNE). CONSIDERANDOS Sobre el cargo de presidente del Jurado Electoral Especial de Huamalíes 1. La Corte Superior de Justicia de Huánuco, mediante el Oficio Nº 205-2018-P-CSJHN/PJ, recibido el 16 de marzo de 2018, remitió la Resolución Administrativa de Sala Plena Nº 012-2018-SP-CSJHN/PJ, en la cual se designó, entre otros, a los jueces superiores Yofré Arturo Castillo Barreto y Jorge Luis Carrillo Rodríguez, como presidente, titular y suplente, respectivamente, del JEE de Huamalíes. 2. Mediante la Resolución Nº 0274-2018-JNE, de fecha 3 de mayo de 2018, se declaró la conformación de los 93 JEE que se instalaron el 15 de mayo del año en curso y que tienen la función de impartir justicia electoral en primera instancia en el proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, consignándose en dicha resolución los nombres de los magistrados designados por sus respectivas Cortes Superiores de Justicia y Juntas de Fiscales Superiores. 3. Posteriormente, el 14 de mayo de 2018, con la Resolución Nº 0297-2018-JNE, se modificó la conformación del Jurado Electoral Especial de Huamalíes en lo que respecta al segundo miembro titular, designado por la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco. 4. El presidente de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, con el Oficio Nº 362-2018-P-CSJHN/PJ, recibido vía correo electrónico, el 16 de mayo de 2018, remitió la Resolución Administrativa de Sala Plena Nº 019-2018-SP-CSJHN/PJ, de la misma fecha, en la que se resuelve aceptar la petición de los jueces superiores Yofré Arturo Castillo Barreto y Jorge Luis Carrillo Rodríguez, por encontrarse imposibilitados por razones de salud, y se modifica la designación, recayendo esta en los jueces superiores Alex Abel Gaspar Reymundo y Rocío Angélica Marín Sandoval, como presidente, titular y suplente, respectivamente. 5. En vista de que la decisión de la Sala Plena de la Corte Superior de Justicia de Huánuco tiene como consecuencia la modificación de la conformación del JEE de Huamalíes, es necesario modificar la Resolución Nº 0274-2018-JNE. Sobre la precisión del nombre de la segunda miembro del Jurado Electoral Especial de Lima Este 2 6. La segunda miembro del Jurado Electoral Especial de Lima Este 2, fiscal superior María Lourdes Gonzales Medel, designada por la Junta de Fiscales Superiores

del Distrito Fiscal de Lima Este, solicita que se precise su nombre, debido a que en la Resolución Nº 0274-2018JNE, este fue consignado como María Lourdes Gonzales Medel de Quiroz. 7. Al respecto, debe señalarse que el nombre de la magistrada fue consignado en la referida resolución tal como se encontraba inscrito ante el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), a la fecha del cierre del padrón electoral para las Elecciones Regionales y Municipales 2018, esto es, el 22 de octubre de 2017. 8. Con posterioridad, como resultado del trámite efectuado por ella ante el Reniec, con fecha 6 de marzo de 2018, se modificó el registro de su nombre a María Lourdes Gonzales Medel, conforme aparece en la consulta en línea del Reniec, por lo que es procedente atender su solicitud y hacer la precisión respecto de la Resolución Nº 0274-2018-JNE. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, en uso de sus atribuciones, RESUELVE Artículo Primero.- MODIFICAR la Resolución Nº 0274-2018-JNE, de fecha 3 de mayo de 2018, modificada por la Resolución Nº 0297-2018-JNE, de fecha 14 de mayo de 2018, en la parte correspondiente al Jurado Electoral Especial de Huamalíes del proceso de Elecciones Regionales y Municipales 2018, cuya conformación es la siguiente:
N.° JEE DISTRITO SEDE TITULARES PRESIDENTE: ALEX ABEL GASPAR REYMUNDO 41 HUAMALÍES LLATA SEGUNDO MIEMBRO: JUAN MANUEL BORJAS ROA TERCER MIEMBRO: FAUSTO EDUARDO SABRERA ESPINOZA SUPLENTES PRESIDENTE: ROCIO ANGELICA MARIN SANDOVAL SEGUNDO MIEMBRO: RENATO FERNANDO ALEJOS VILCHEZ TERCER MIEMBRO: FILOMENO PALOMINO GUTIERREZ

Artículo Segundo.- PRECISAR que el nombre de la segunda miembro del Jurado Electoral Especial de Lima Este 2 es María Lourdes Gonzales Medel, con lo cual, el cuadro de conformación de dicho Jurado Electoral Especial es como sigue:
N.° JEE DISTRITO SEDE TITULARES PRESIDENTE: BENJAMIN ISRAEL MORON DOMINGUEZ 60 LIMA SAN JUAN DE ESTE 2 LURIGANCHO SEGUNDO MIEMBRO: MARIA LOURDES GONZALES MEDEL TERCER MIEMBRO: MIGUEL ANGEL LOAYZA ROMERO SUPLENTES PRESIDENTE: ALBERTO ELEODORO GONZALES HERRERA SEGUNDO MIEMBRO: MARIBEL CANDIA ARGUMEDO TERCER MIEMBRO: MARIA ESTELA ASTORGA SALCINES

Artículo Tercero.- PONER la presente resolución en conocimiento del Poder Judicial, del Ministerio Público, de la Presidencia del Consejo de Ministros, del Ministerio de Economía y Finanzas, del Ministerio del Interior, del Ministerio de Defensa, del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, de la Contraloría General de la República, de la Defensoría del Pueblo, del Banco de la Nación, del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, de la Oficina Nacional de Procesos Electorales, de la Corte Superior de Justicia de Huánuco, de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Fiscal de Huánuco, y de los integrantes de los Jurados Electorales Especiales de Huamalíes y Lima Este 2, para los fines que se estime pertinentes. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el diario oficial El Peruano y en