Norma Legal Oficial del día 20 de junio del año 2018 (20/06/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano / Miércoles 20 de junio de 2018

NORMAS LEGALES
CONSIDERANDO:

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Prestadoras Municipales continúan ejerciendo el cargo hasta que se concluya la designación de su reemplazo, conforme a las siguientes reglas: - Cuando se elija al nuevo director, titular y suplente, representante de la(s) municipalidad(es) provincial(es) accionista(s), la Junta General de Accionistas da por concluida la elección de los directores representantes de la(s) municipalidad(es) que se encuentran ejerciendo funciones. - Cuando el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento designe a los nuevos directores, titular y suplente, representantes del Gobierno Regional y de la Sociedad Civil, se da por concluida la designación del(os) director(es) representante(s) del Gobierno Regional y de la Sociedad Civil que se encuentran ejerciendo funciones. - El director representante del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento continúa ejerciendo sus funciones, mientras no se hayan elegido o designado el número mínimo de nuevos directores que hagan posible alcanzar el quórum en las sesiones del Directorio. El periodo del Directorio se computa desde la elección o designación, lo que suceda primero, del primer miembro del Directorio representante de la(s) municipalidad(es) provincial(es) accionista(s), del Gobierno Regional y de la Sociedad Civil. Segunda.- Rol orientador de las Empresas Prestadoras Municipales Las Empresas Prestadoras Municipales orientan y acompañan a la(s) Municipalidad(es) Provincial(es) Accionista(s), los Gobiernos Regionales y la Sociedad Civil para el adecuado cumplimiento del procedimiento de designación de directores. Tercera.- Ampliación del plazo Ampliar por sesenta (60) días calendario, el plazo establecido en el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 431-2017-VIVIENDA que aprueba el Modelo de Código de Buen Gobierno Corporativo para las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA Única.- Adecuación de Procedimientos Los procedimientos de elección y designación de directores, iniciados bajo las disposiciones del procedimiento aprobado por la Resolución Ministerial Nº 467-2017-VIVIENDA se interrumpen en el estado que se encuentren y se adecúan a la etapa que corresponda conforme a las disposiciones establecidas en el procedimiento aprobado por la presente resolución. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogación Derogar la Resolución Ministerial Nº 467-2017-VIVIENDA que aprueba el "Procedimiento para la Elección, Designación y Vacancia de los Directores de las Empresas Prestadoras de Servicios de Saneamiento Públicas de Accionariado Municipal". Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER PIQUÉ DEL POZO Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 1661591-1

Aprueban Transferencia Financiera del Programa Nacional de Saneamiento Urbano a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 231-2018-VIVIENDA Lima, 19 de junio de 2018

Que, en el marco de la Ley Nº 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, mediante la Resolución Ministerial Nº 488-2017-VIVIENDA se aprueba el Presupuesto Institucional de Apertura de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2018 del Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, por la suma de CINCO MIL CIENTO OCHENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA MIL NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES (S/ 5 189 550 098,00), por toda fuente de financiamiento; Que, la Sexagésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30693 autoriza al Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a realizar transferencias financieras a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia agua, saneamiento y salud", creado mediante la Trigésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, el cual se denominará "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento", con cargo a su presupuesto institucional, en las Fuentes de Financiamiento Recursos Ordinarios y Recursos por Operaciones Oficiales de Crédito, sin demandar recursos adicionales al tesoro público, para el financiamiento de proyectos de inversión pública en materia de agua y saneamiento de las entidades del Gobierno Nacional, los gobiernos regionales, los gobiernos locales y las empresas prestadoras de servicios de saneamiento; así como para el financiamiento de inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y de rehabilitación, en materia de agua y saneamiento de las empresas prestadoras de servicios de saneamiento; dichas transferencias se aprueban mediante resolución del titular, la cual se publica en el Diario Oficial El Peruano; Que, el artículo 11 del Decreto de Urgencia Nº 0052018, establece entre otros, que la incorporación o transferencia de recursos del Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento, o de los recursos asignados en el presupuesto institucional de los pliegos presupuestarios para el financiamiento de los fines de dicho Fondo, puede efectuarse solo hasta el 29 de junio de 2018, debiendo contar con la opinión previa favorable de la Dirección General de Presupuesto Público del Ministerio de Economía y Finanzas; Que, mediante los Memorándums N°s 655 y 6862018/VIVIENDA/VMCS/PNSU/1.0, el Director Ejecutivo del Programa Nacional de Saneamiento Urbano (PNSU), en atención al requerimiento de su Unidad de Gestión Territorial, solicita se trámite la emisión de la resolución ministerial que apruebe la transferencia financiera a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento", por la suma de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES TRECE MIL SEISCIENTOS DIECISÉIS Y 00/100 SOLES (S/ 250 013 616,00), de los cuales VEINTICINCO MILLONES CIENTO QUINCE MIL SETECIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 SOLES (S/ 25 115 784,00) con cargo a la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios y DOSCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES OCHOCIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS TREINTA Y DOS Y 00/100 SOLES (S/ 224 897 832,000) a la fuente de financiamiento Recursos por Operaciones de Crédito, de conformidad con lo dispuesto en la Sexagésima Sétima Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 30693, para destinarlos al financiamiento de 49 proyectos de inversión pública de saneamiento urbano; Que, a través del Memorando N° 1370-2018/ VIVIENDA/VMCS/PNSR/DE, el Director Ejecutivo de la Unidad Ejecutora 005. Programa Nacional de Saneamiento Rural (PNSR), solicita la emisión del dispositivo legal que apruebe la transferencia financiera a favor del "Fondo para el financiamiento de proyectos de inversión pública e inversiones en materia de agua y saneamiento", por la suma de CIENTO SETENTA Y SIETE MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y CUATRO MIL SEISCIENTOS DIECISIETE Y 00/100 SOLES (S/