Norma Legal Oficial del día 29 de julio del año 2018 (29/07/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

Domingo 29 de julio de 2018 /

El Peruano

Viceministerial de Orden Interno es el encargado de planificar, dirigir y supervisar la actividad funcional del Sector Interior en materia de orden interno y orden público, que tiene entre sus funciones el proponer y conducir la lucha contra el tráfico ilícito de drogas, terrorismo y crimen organizado, en concordancia con la política del Estado; Que, según lo señalado en la Resolución A/60/288 de la Asamblea General de las Naciones Unidas, Estrategia Global de las Naciones Unidas contra el Terrorismo, los actos, métodos y prácticas de terrorismo en todas sus formas y manifestaciones constituyen actividades cuyo objeto es la destrucción de los derechos humanos, las libertades fundamentales y la democracia, amenazando la integridad territorial y la seguridad de los Estados y desestabilizando los gobiernos legítimamente constituidos; frente a lo cual el Estado viene desplegando un conjunto de medidas operativas, normativas y procesales; Que, resulta necesario establecer objetivos y acciones para los años 2019 a 2023 que orienten el trabajo y articulación entre las entidades públicas y privadas involucradas con miras a contar con una herramienta eficaz en la lucha contra el terrorismo, por lo que es necesaria la creación de una Comisión Multisectorial de naturaleza temporal dependiente del Ministerio del Interior que tenga como función elaborar el informe técnico que contenga la propuesta de "Política Nacional Multisectorial de Lucha Contra el Terrorismo 2019 - 2023"; Que, el artículo 8 del Reglamento que regula las Políticas Nacionales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 029-2018-PCM, define a las políticas nacionales multisectoriales como aquellas decisiones de política que priorizan un conjunto de objetivos y acciones para atender un problema o necesidad en un periodo de tiempo y que requiere para su atención integral la intervención articulada de más de un sector, bajo el ámbito de competencia de dos o más Ministerios; Que, el artículo 15 del mencionado reglamento señala que la conducción de una política nacional multisectorial supone su diseño y formulación de manera conjunta con los ministerios intervinientes, así como la coordinación, articulación intersectorial, seguimiento y evaluación de su cumplimiento; Que, el numeral 2 del artículo 36 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, dispone que las Comisiones Multisectoriales de naturaleza temporal son creadas con fines específicos para cumplir funciones de fiscalización, propuesta o emisión de informes técnicos, y se crean formalmente mediante resolución suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y los titulares de los Sectores involucrados; Que, el artículo 23 del Decreto Supremo N° 054-2018IN, Decreto Supremo que aprueba los lineamientos de organización del Estado, dispone que las Comisiones del Poder Ejecutivo pueden ser Comisiones Sectoriales o Comisiones Multisectoriales conforme a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. En estas Comisiones pueden participar como invitados representantes de otros niveles de gobierno, del Poder Legislativo, del Poder Judicial; así como de los Organismos Constitucionalmente Autónomos o representantes acreditados de la sociedad civil. La norma de creación establece la entidad de la cual dependen; De conformidad con lo establecido en el numeral 8 del artículo 118 de la Constitución Política del Perú; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo N° 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; el Decreto Supremo N° 029-2018PCM que aprueba el Reglamento que regula las Políticas Nacionales y el Decreto Supremo N° 054-2018-PCM, que aprueba los Lineamientos de Organización del Estado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Objeto Crear la Comisión Multisectorial de naturaleza temporal encargada de elaborar el informe técnico que contenga la propuesta de "Política Nacional Multisectorial de Lucha Contra el Terrorismo 2019 - 2023" como principal

instrumento orientador en esta materia. Depende del Ministerio del Interior. Artículo 2.- Conformación 2.1 La Comisión Multisectorial está conformada por representantes de las siguientes entidades: a. Ministerio del Interior, quien la preside. b. Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. c. Ministerio de Defensa. d. Ministerio de Educación. e. Ministerio de Cultura. f. Ministerio de Relaciones Exteriores. g. Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables. h. Policía Nacional del Perú. i. Instituto Nacional Penitenciario. j. Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas. k. Instituto Nacional de Estadística e Informática. 2.2 La Comisión Multisectorial puede acordar contar con la participación de representantes del Poder Judicial, el Ministerio Público, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, la Defensoría del Pueblo e instituciones públicas o privadas, así como especialistas de la materia, en calidad de invitados que contribuyan con el asesoramiento y aporte técnico para el cumplimiento de la labor encomendada. 2.3 Los miembros e invitados de la Comisión Multisectorial ejercen sus funciones ad honorem y pueden contar con un/a representante alterno/a. Artículo 3.- Designación de representantes Las entidades señaladas en el artículo 2 designan a sus representantes, titular y alterno/a, mediante comunicación escrita de su titular dirigida a la Secretaria Técnica de la Comisión Multisectorial, en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación de la presente resolución suprema. Artículo 4.- Informe Técnico La Comisión Multisectorial tiene como función elaborar el informe técnico que contenga la propuesta de "Política Nacional Multisectorial de Lucha Contra el Terrorismo 2019 - 2023", la cual debe ser presentada al Despacho del Ministro del Interior, en su calidad de Titular del Sector Interior que ejerce competencia exclusiva a nivel nacional en materia de orden interno y orden público. Artículo 5.- Secretaría Técnica La Secretaria Técnica de la Comisión Multisectorial está a cargo del Despacho Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior, quien brinda apoyo técnico y administrativo coadyuvando al cumplimiento de las funciones de la citada Comisión. Artículo 6.- Instalación La Comisión se instala dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la publicación de la presente Resolución Suprema. Artículo 7.- Plazo de presentación de Informe Técnico La Comisión Multisectorial tiene un plazo de noventa (90) días calendario contados desde su instalación para presentar el informe técnico que contenga la propuesta del "Política Nacional Multisectorial de Lucha Contra el Terrorismo 2019 - 2023". Artículo 8.- Financiamiento Los gastos que genere el desarrollo de las funciones de los integrantes de la Comisión Multisectorial, se financia con el presupuesto institucional de las entidades a las cuales pertenecen, sin demandar recursos adicionales al Tesoro Público. Artículo 9.- Refrendo La presente Resolución Suprema es refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, el Ministro del