Norma Legal Oficial del día 13 de febrero del año 2018 (13/02/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Martes 13 de febrero de 2018 /

El Peruano

facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, establece como uno de sus principios rectores el de "Participación", mediante el cual "Los gobiernos regionales y gobiernos locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la sociedad civil, en la programación de su presupuesto, en concordancia con sus Planes de Desarrollo Concertados; así como, en la vigilancia y fiscalización de la gestión de los recursos públicos"; Que, a su vez, la Primera Disposición Final del Reglamento de la Ley Nº 28056 ­ Ley Marco del Presupuesto Participativo, aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF, señala que "Los Gobiernos (...) Locales, emiten disposiciones complementarias a lo dispuesto en el presente Reglamento y a las Directivas que emita la Dirección Nacional del Presupuesto Público, con el propósito de facilitar el desarrollo del proceso participativo, a través de mecanismos que faciliten la participación de ciudadanos no organizados o no representados por organizaciones ya constituidas"; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 0072010-EF-76.01, se aprobó el Instructivo Nº 001-2010EF/76.01, Instructivo para el Presupuesto Participativo Basado en Resultados, en cuyo Anexo Nº 08 se señalan los criterios que orientan la determinación de Recursos a ser considerados en el Proceso del Presupuesto Participativo; Que, mediante Decreto de Alcaldía Nº 017-2016MDA, se aprueba el Texto Único Ordenado del Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados en el Distrito de Ate; asimismo, en su Artículo cuarto, respecto a Disposiciones Finales, faculta al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía emita normas complementarias para la adecuación y mejor aplicación de la precitada norma; Que, la Gerencia de Planificación Estratégica, a través del Informe Nº 015-2018-GPE/MDA, presenta la propuesta del cronograma y la metodología que regula complementariamente el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el año 2019 en el Distrito de Ate; Que, mediante Proveído Nº 185-2018-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º, y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Social y Cultural; DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR; el Cronograma y Metodología del Proceso de Presupuesto Participativo Basado en Resultados para el Año Fiscal 2019 en el Distrito de Ate, conforme al Anexo Nº 01, el cual forma parte integrante de la presente norma legal; en merito a los considerandos antes expuestos. Artículo 2º.- DISPONER, la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial "El Peruano" y en el Portal Institucional de la Municipalidad Distrital de Ate (www.muniate.gob.pe), el íntegro del Anexo Nº 1 antes mencionado, encargando a la Gerencia de Desarrollo Social y Cultural y Secretaría de Imagen Institucional y Comunicaciones, su difusión. Artículo 3º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía a la Gerencia Municipal, Gerencia de Planificación Estratégica, Sub Gerencia de Presupuesto, Gerencia de Desarrollo Social y Cultural, Equipo Técnico del Presupuesto Participativo; y, demás áreas pertinentes de la Corporación Municipal. Registrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. OSCAR BENAVIDES MAJINO Alcalde 1615925-1

Aprueban el Cronograma y Metodología que Regula el Proceso de Presupuesto Participativo para Niños, Niñas y Adolescentes (PPNNA) para el Año Fiscal 2019
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 004-2018/MDA Ate, 7 de febrero de 2018 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE ATE. VISTO; el Informe Nº 049-2018-MDA/GPE-SGP de la Sub Gerencia de Presupuesto; el Informe Nº 014-2018MDA/GPE de la Gerencia de Planificacion Estrategica; el Proveído Nº 186-2018-MDA/GM de la Gerencia Municipal; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 ­ Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las Municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el primer párrafo del Artículo 53º de la Ley Nº 27972, señala que "Las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la Ley de la materia, y en concordancia con los planes de desarrollo concertados de su jurisdicción. El presupuesto participativo forma parte del sistema de planificación"; Que, mediante Ordenanza Nº 344-MDA, de fecha 29 de mayo del 2014, publicada en el Diario Oficial "El Peruano", el día 21 de junio del 2017, se Regula el Proceso del Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes (PPNNA) en el Distrito de Ate, el cual contiene los mecanismos de identificación y acreditación de los agentes participantes, las responsabilidades de los mismos, las fases para el desarrollo de las acciones del Proceso de Presupuesto Participativo; asimismo, en el Artículo 10º señala que la metodología y cronograma de trabajo del proceso participativo niños, niñas y adolescentes para cada año fiscal, se aprobará mediante Decreto de Alcaldía, disponiendo la publicación correspondiente; Que, mediante Informe Nº 014-2018-MDA/GPE, la Gerencia de Planificación Estratégica presenta la propuesta de Cronograma y Metodología que regula complementariamente el Proceso de Presupuesto Participativo de Niños, Niñas y Adolescentes en el Distrito de Ate para el año Fiscal 2019; para su aprobación correspondiente conforme a las normas legales precitadas; Que, mediante Proveído Nº 186-2018-MDA/GM, la Gerencia Municipal indica se proyecte el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del artículo 20º, y artículo 42º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, con el visto bueno de la Gerencia Municipal, Gerencia de Asesoría Jurídica y Gerencia de Desarrollo Social y Cultural; DECRETA: Artículo 1º.- APROBAR; el Cronograma y Metodología que Regula el Proceso de Presupuesto Participativo para Niños, Niñas y Adolescentes (PPNNA) para el Año Fiscal 2019 del Distrito de Ate, conforme a lo detallado en el Anexo Nº 1, adjunto al presente y el cual forma parte integrante del presente Decreto de Alcaldia; en merito a los considerandos antes expuestos.