Norma Legal Oficial del día 22 de noviembre del año 2017 (22/11/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 22 de noviembre de 2017 /

El Peruano

locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, y que la autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, de conformidad con el artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de las Municipalidades dispone que las Ordenanzas son normas municipales de carácter general de mayor jerarquía, tiene rango de ley mientras que los acuerdos de concejo tiene menor jerarquía normativa, siendo viable derogar una ordenanza mediante otra ordenanza, siendo que en el presente caso se pretende derogar la "La Ordenanza Nº377-2017/MDC, que aprobó el reglamento que regula los mecanismos y procedimientos de venta directa de los predios de libre disponibilidad de la Municipalidad Distrital de Carabayllo en los supuestos excepcionales establecidos en la Ley 29151" Que, mediante Informe Nº499-2017-GDLT/MDC, emitido por el Gerente de Desarrollo Económico Local y Turismo, informa que la observación dispuesta por la SBN ingresada mediante Documento Simple Nº0039028-2017 de fecha de 27 de octubre de 2017 con el Oficio Nº09352017/SBN, Documento Simple Nº0030749-2017 y Documento Simple Nº0030751-2017 con el oficio Nº27352017/SBN-·DGPE-SDDI ambos documentos simples de fecha 08 de setiembre de 2017, se recepcionó los oficios remitidos por al SBN que contienen la observación de la aprobación de la Ordenanza Nº377-2017/MDC que aprobó el Reglamento aprobó el reglamento que regula los mecanismos y procedimientos de venta directa de los predios de libre disponibilidad de la Municipalidad Distrital de Carabayllo en los supuestos excepcionales establecidos en la Ley 29151, indicando que de realizarse la venta, SOLO podría ser transferido mediante la modalidad de SUBASTA PÚBLICA según el artículo 59 de la Ley Orgánica de Municipalidades, motivo por el cual se hicieron las consultas respectivas mediante Oficio Nº225-2017-A/MDC de fecha 26 de setiembre de 2017 remitido por el Despacho del Alcalde a la SBN, puesto que la SBN habría caído en serias contradicciones al remitirnos desde el año 2015 en diversos documentos y en reuniones de trabajo que la modalidad sería la venta directa al haber hecho referencia a APYMI como beneficiario de la venta directa, obteniendo respuesta mediante Documento Simple Nº0039452-2017 de fecha 31 de octubre de 2017 con el Oficio Nº01049-2017/SB en el cual se afirma la venta por subasta pública, por el cual señala la Gerencia de Administración y Finanzas, que con el objetivo de avanzar con una de nuestras grandes metas de lograr la construcción del Polígono Industrial de Lomas de Carabayllo, en concordancia con nuestro ente rector de bienes nacionales (SBN), se debe aprobar el "PROYECTO DE ORDENANZA QUE DEROGA LA ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA LOS MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS DE VENTA DIRECTA DE LOS PREDIOS DE LIBRE DISPONIBILIDAD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO EN LOS SUPUESTOS EXCEPCIONALES ESTABLECIDOS EN LA LEY 29151", el mismo que deberá traer como consecuencia DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo Nº057-2017/MDC, que autorizo la venta directa a la Asociación de Pequeños y Medianos Industriales de Carabayllo Lima Norte APYMI; Que, mediante Informe Nº456-2017-GAJ/MDC, el Gerente de Asesoría Jurídica emite opinión legal favorable para la aprobación del proyecto de ordenanza que deroga "LA ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO QUE REGULA LOS MECANISMOS Y PROCEDIMIENTOS DE VENTA DIRECTA DE LOS PREDIOS DE LIBRE DISPONIBILIDAD DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CARABAYLLO EN LOS SUPUESTOS EXCEPCIONALES ESTABLECIDOS EN LA LEY 29151" y consecuentemente DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo Nº057-2017/MDC, de fecha 06 de setiembre de 2017, que autorizo la venta directa a la Asociación de Pequeños y Medianos Industriales de Carabayllo Lima Norte APYMI y la Resolución de Alcaldía Nº435-2017-A/MDC de fecha 18 de agosto de 2017 que AUTORIZO QUE SE CONTINUE CON EL PROCEDIMIENTO DE VENTA DIRECTA, documentos derivados por la Gerencia de Desarrollo Económico Local

y Turismo mediante la Gerencia de Secretaria General, para lo cual deberá trasladarse todos los actuados al Concejo Municipal en pleno y ser sometido para su aprobación respectiva; Que estando a lo expuesto, luego del debate y análisis pertinente del Dictamen e informes respectivos por parte del Concejo Municipal, teniendo en consideración lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y de conformidad a lo dispuesto en los Artículos 9º y 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal ha aprobado POR UNANIMIDAD lo siguiente: Artículo Primero.- DEROGAR en todos su extremos la Ordenanza Nº377-2017/MDC que aprobó el Reglamento que Regula los Mecanismos y Procedimientos de Venta Directa de los Bienes de Libre Disponibilidad de la Municipalidad Distrital de Carabayllo en los supuestos excepcionales establecidos en la Ley 29151. Artículo Segundo.- DEJAR SIN EFECTO el Acuerdo de Concejo Nº057-2017/MDC de fecha 06 de setiembre de 2017, que autorizó la Venta Directa a la Asociación de Pequeños y Medianos Industriales de Carabayllo Lima Norte APYMI y la Resolución de Alcaldía Nº435-2017-A/ MDC de fecha 18 de agosto de 2017 que autorizó que se continúe con el procedimiento de venta directa. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia Municipal, Gerencia de Desarrollo Económico Local y demás órganos competentes para su cumplimiento en lo que dispone esta ordenanza. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaria General, la publicación de la ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, así como en el portal institucional de la Municipalidad de Carabayllo (www.municarabayllo.gob. pe) y en el portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe) Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RAFAEL MARCELO ÁLVAREZ ESPINOZA Alcalde 1588654-1

MUNICIPALIDAD DE LINCE
Ordenanza que aprueba los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos, y Serenazgo para el año 2018
ORDENANZA Nº 395-2017-MDL Lince, 15 de setiembre de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE LINCE; POR CUANTO: VISTO: En Sesión Ordinaria de la fecha el Dictamen N° 018-2017-MDL-CEA de la Comisión de Economía y Administración, y; CONSIDERANDO: Que, mediante los artículos 191° y 194° de la Constitución Política del Perú se establece que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica, administrativa y potestad tributaria en los asuntos de su competencia; Que, para la cobranza de las tasas de los Arbitrios de Barrido de Calles, Recolección de Residuos Sólidos, Parques y Jardines Públicos y Serenazgo del año 2017, el Concejo de la Municipalidad de Lince aprobó la Ordenanza N° 378­2016-MDL, ratificada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano N° 425, normas que fueron publicadas en el Diario Oficial "El Peruano" el 09 de diciembre del 2016. Asimismo, dicha ordenanza en su artículo primero precisa que se aplique para el ejercicio