Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2017 (13/05/2017)


Si desea descargar el documento entero como pdf click aquí.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

34

NORMAS LEGALES

Sábado 13 de mayo de 2017 /

El Peruano

Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 0072016-SA; el Decreto de Urgencia Nº 004-2017, que aprueba medidas extraordinarias y urgentes sobre materia económica y financiera, de carácter excepcional y transitorio, necesarias para estimular la economía así como la atención de intervenciones ante la ocurrencia de lluvias y peligros asociados; y, la "Directiva para la Ejecución Presupuestaria", aprobada por Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01 y modificatorias, y; SE RESUELVE: Artículo 1.- Transferencia Financiera Autorizar la Transferencia Financiera del Pliego 011: Ministerio de Salud hasta por la suma de UN MILLON CATORCE MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y OCHO CON 00/100 SOLES (S/ 1 014 348,00), a favor del Pliego Gobierno Regional de Ica, conforme al Anexo que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, para financiar acciones mantenimiento de la infraestructura de los establecimientos de salud en zonas declaradas en estado de emergencia por la ocurrencia de lluvias y peligros asociados. Artículo 2.- Financiamiento La transferencia financiera autorizada en el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial se atenderá con cargo al presupuesto aprobado en el presente Año Fiscal del Pliego 011: Ministerio de Salud, Unidad Ejecutora 001: Administración Central, Programa Presupuestal 0068: Reducción de Vulnerabilidad y Atención de Emergencia por Desastres, Producto 3000001: Acciones Comunes, Actividad 5005978: Atención frente a lluvias y peligros asociados, Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, para lo cual la Oficina General de Administración deberá efectuar las acciones administrativas que correspondan para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución Ministerial. Artículo 3.- Limitaciones al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia Financiera autorizada por el artículo 1 de la presente Resolución Ministerial no podrán ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Monitoreo La Dirección General de Gestión del Riesgo de Desastres y Defensa Nacional en Salud, la Dirección de Equipamiento y Mantenimiento de la Dirección General de Operaciones en Salud del Ministerio de Salud, y la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Pliego 011: Ministerio de Salud, en el ámbito de sus competencias, son responsables del monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fines, metas físicas y financieras para los cuales se realiza la presente transferencia, en el marco de lo dispuesto por el artículo 15 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017. Artículo 5.- Información Los titulares de los pliegos comprendidos en la aplicación de la presente norma, deben elaborar y publicar en su portal institucional, un informe final sobre las acciones realizadas con cargo a los recursos transferidos en el marco de la presente Resolución Ministerial. Artículo 6.- Publicación Disponer que la Oficina de Transparencia y Anticorrupción de la Secretaría General efectúe la publicación de la presente Resolución Ministerial, en el Portal Institucional del Ministerio de Salud, en el enlace de documentos en consulta: http://www.minsa.gob.pe/ transparencia/index.asp?op=115. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCÍA FUNEGRA Ministra de Salud 1519928-3

Aceptan renuncia de Ejecutivo Adjunto II de la Secretaría General del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 320-2017/MINSA Lima, 12 de mayo del 2017 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 578-2016/ MINSA de fecha 9 de agosto de 2016, rectificada por Fe de Erratas publicada el 12 de agosto de 2016, se designó al abogado Juan Baltazar Dedios Vargas, en el cargo de Ejecutivo/a Adjunto/a II (CAP-P Nº 35), de la Secretaría General del Ministerio de Salud; Que, el citado profesional ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando, resultando pertinente aceptar la misma; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, y; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; y, el Decreto Legislativo Nº 1161, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Salud; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar la renuncia formulada por el abogado Juan Baltazar Dedios Vargas, a la designación efectuada mediante Resolución Ministerial Nº 578-2016/ MINSA y rectificada por Fe de Erratas publicada el 12 de agosto de 2016, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA J. GARCIA FUNEGRA Ministra de Salud 1520094-1

Aceptan renuncia de Director Ejecutivo de la Oficina de Información Pública de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 321-2017/MINSA Lima, 12 de mayo del 2017 Visto, el expediente Nº 17-041671-001, que contiene el memorándum Nº 311-2017-OGC/MINSA, emitido por la Directora General de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 870-2016/ MINSA de fecha 4 de noviembre de 2016, se designó al licenciado en periodismo Jimmy Armando Jara Domínguez, en el cargo de Director Ejecutivo (CAP-P Nº 705), Nivel F4, de la Oficina de Información Pública de la Oficina General de Comunicaciones del Ministerio de Salud; Que, con el documento del visto, la Directora General de la Oficina General de Comunicaciones, comunica la renuncia formulada por el citado profesional, resultando pertinente aceptar la misma; Con el visado de la Directora General de la Oficina General de Gestión de Recursos Humanos, del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica, del Secretario General, y; De conformidad con lo previsto en la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el