Norma Legal Oficial del día 26 de junio del año 2017 (26/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 91

El Peruano / Lunes 26 de junio de 2017

NORMAS LEGALES GOBIERNOS REGIONALES

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de Pregrado, sobre viaje al exterior en comisión de servicios y encargatura. CONSIDERANDO: Que con Oficio Nº 0305-VRAP-2017, la Dra. ELIZABETH CANALES AYBAR, con código Nº 011541, Vicerrectora Académica de Pregrado, solicita se le autorice su viaje en Comisión de Servicios, del 01 al 06 de julio del 2017, para asistir al II Congreso Internacional de Cátedras Scholas 2017, a realizarse en la Universidad Hebrea de Jerusalén, Israel; Que asimismo, se le otorga el monto de S/ 7,500.00 soles por concepto de pasajes y el monto en soles equivalente a US$ 3,000.00 dólares americanos por concepto de viáticos, con cargo al Presupuesto 2017 del Vicerrectorado Académico de Pregrado; Que a fin de mantener el normal desarrollo de las actividades universitarias, es necesario encargar el Vicerrectorado Académico de Pregrado al Dr. FELIPE ANTONIO SAN MARTIN HOWARD, con código Nº 065285, Vicerrector de Investigación y Posgrado, por el período que dure la ausencia de la titular; Que la Oficina General de Planificación mediante Oficio Nº 2034-OGPL-2017 y la Dirección General de Administración con Proveído s/n de fecha 14 de junio del 2017, emiten opinión favorable; Que se cumplen con los requisitos exigidos por la Directiva Nº 004-DGA-2009, aprobada con Resolución Rectoral Nº 01573-R-09 del 17 de abril del 2009; Que de conformidad a lo estipulado en el Artículo 82º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa, que señala: "El encargo es temporal, excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva, compatibles con niveles de carrera superiores al del servidor"; Que cuenta con el Proveído s/n de fecha 12 de junio del 2017, del Despacho Rectoral; y, Estando dentro de las atribuciones conferidas al señor Rector por la Ley Universitaria Nº 30220 y el Estatuto de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos; SE RESUELVE: 1º Autorizar el viaje en COMISIÓN DE SERVICIOS, del 01 al 06 de julio del 2017, a la Dra. ELIZABETH CANALES AYBAR, con código Nº 011541, Vicerrectora Académica de Pregrado de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, para asistir al II Congreso Internacional de Cátedras Scholas 2017, a realizarse en la Universidad Hebrea de Jerusalén, Israel. 2º Otorgar a la Dra. ELIZABETH CANALES AYBAR, las sumas que se indica, con cargo al Presupuesto 2017 del Vicerrectorado Académico de Pregrado, debiendo a su retorno rendir cuenta documentada del gasto efectuado en el plazo de Ley:
Pasajes S/. 7,500.00 soles Viáticos (US$ 500.00 x 6 días) US$ 3,000.00 dólares americanos

GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA
Autorizan transferencias financieras a favor de las Municipalidades Distritales de Jacobo Hunter y Puyca, provincias de Arequipa y La Unión
ACUERDO REGIONAL Nº 056-2017-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 20 de junio del 2017 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que el órgano Ejecutivo Regional ha solicitado al Consejo Regional de Arequipa se autorice la transferencia financiera que a continuación se detalla:
Código SNIP/Código Proyecto

Entidad a favor de la que se realizará la transferencia

Proyecto de Inversión Pública objeto de la transferencia

Monto a transferir

Tipo de financiamiento

Municipalidad Distrital de Jacobo Hunter, Provincia de Arequipa

Creación del Servicio de Prevención, Atención y Protección a Mujeres Víctimas de Violencia Familiar, Distrito de Jacobo Hunter ­ Arequipa - Arequipa

331695

S/. 102 232,00 Adquisición de materiales para ejecución de Obra, componente: Guardería Fuente de Financiamiento: R e c u r s o s Determinados y/o Recursos Ordinarios

Que conforme con el artículo 75° del TUO de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las trasferencias financieras son traspasos de fondos públicos sin contraprestación para la ejecución de actividades y proyectos de los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos de destino; Que el numeral 15.1. del artículo 15 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año 2017, establece: Autorízase, en el presente año fiscal, la realización, de manera excepcional, de las siguientes transferencias financieras entre entidades, conforme se detalla a continuación: (...) e) Las que se realicen para el financiamiento y cofinanciamiento de los proyectos de inversión pública y el mantenimiento de carreteras y de infraestructura de saneamiento, entre los niveles de gobierno subnacional y de éstos al Gobierno Nacional, previa suscripción del convenio respectivo. Las transferencias de recursos que se efectúen en el marco del presente literal sólo se autorizan hasta el segundo trimestre del año 2017, debiéndose emitir el Acuerdo de Consejo Regional o Concejo Municipal, según corresponda, dentro del plazo antes mencionado. Que, para el efecto, el numeral 15.2 del mismo artículo 15 indica que las transferencias financieras se autorizan, tratándose de los gobiernos regionales, mediante Acuerdo de Consejo Regional, requiriéndose el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad. Dicho Acuerdo del Consejo Regional debe ser publicado en el diario oficial El Peruano. Que, el numeral 15.3. refiere que la entidad que transfiere es responsable del monitoreo, seguimiento

3º Encargar el Vicerrectorado Académico de Pregrado al Dr. FELIPE ANTONIO SAN MARTIN HOWARD, con código Nº 065285, Vicerrector de Investigación y Posgrado, por el período que dure la ausencia de la titular. 4º Encargar a la Secretaría General y a la Oficina de Abastecimiento, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial El Peruano de conformidad a las normas vigentes. 5º Encargar a la Dirección General de Administración, Oficina General de Recursos Humanos y al Vicerrectorado Académico de Pregrado, el cumplimiento de la presente Resolución Rectoral. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. ELIZABETH CANALES AYBAR Rectora (e) 1535578-1