Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2017 (13/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES

Jueves 13 de julio de 2017 /

El Peruano

Nº 007-2015-OREC/MDY, del 30 de julio de 2015 (fojas 37 del Expediente Nº J-2016-01375-T01), - Comprobante de pago Nº 369, del 23 de julio de 2015, de la registradora civil Vilma Tordecillo Bernardo, cuñada de la regidora (fojas 39 del Expediente Nº J-201601375-T01). - Orden de servicio y/o trabajo Nº 000192, del 23 de julio de 2015, de Vilma Tordecillo Bernardo (fojas 41 del Expediente Nº J-2016-01375-T01). - Comprobante de pago Nº 623, del 12 de noviembre de 2015, de la registradora civil Vilma Tordecillo Bernardo, cuñada de la regidora (fojas 43 del Expediente Nº J-201601375-T01). - Orden de servicios y/o trabajo Nº 000317, del 12 de noviembre de 2015, de Vilma Tordecillo Bernardo (fojas 44 del Expediente Nº J-2016-01375-T01). - Informe Nº 0012-2015-OREC/MDY, del 30 de octubre de 2015, de Vilma Tordecillo Bernardo (fojas 46 del Expediente Nº J-2016-01375-T01). - Comprobante de pago Nº 222, del 18 de mayo de 2015, de la registradora civil Vilma Tordecillo Bernardo, cuñada de la regidora (fojas 47 del Expediente Nº J-201601375-T01). - Orden de servicios y/o trabajo Nº 000107, del 18 de mayo de 2015, de Vilma Tordecillo Bernardo (fojas 48 del Expediente Nº J-2016-01375-T01). - Comprobante de pago Nº 544, del 14 de octubre de 2015, de la registradora civil Vilma Tordecillo Bernardo, cuñada de la regidora (fojas 50 del Expediente Nº J-201601375-T01). - Orden de servicios y/o trabajo Nº 000290, del 13 de octubre de 2015, de Vilma Tordecillo Bernardo (fojas 51 del Expediente Nº J-2016-01375-T01). - Informes Nº 008-2015-OREC/MDY, del 27 de agosto de 2015 (fojas 53 del Expediente Nº J-2016-01375-T01) y Nº 009-2015-OREC/MDY, del 29 de setiembre de 2015 (fojas 55 del Expediente Nº J-2016-01375-T01), emitidos por Vilma Tordecillo Bernardo. - Comprobante de pago Nº 348, del 16 de julio de 2015, de Gregoriana Alvarado Gonzales, cuñada de la regidora (fojas 56 del Expediente Nº J-2016-01375-T01). - Orden de servicios y/o trabajo Nº 000178, del 16 de julio de 2015, de Gregoriana Alvarado Gonzales, por transporte de personal (fojas 57 del Expediente Nº J-2016-01375-T01). - Comprobante de pago Nº 602, del 22 de octubre de 2015, de Gregoriana Alvarado Gonzales, cuñada de la regidora (fojas 60 del Expediente Nº J-2016-01375-T01). - Orden de servicios y/o trabajo Nº 000313, del 21 de octubre de 2015, de Gregoriana Alvarado Gonzales, por transporte de personal (fojas 61 del Expediente Nº J-2016-01375-T01). - Comprobante de pago Nº 105, del 19 de marzo de 2015, de Gregoriana Alvarado Gonzales, cuñada de la regidora (fojas 63 del Expediente Nº J-2016-01375-T01). - Orden de servicios y/o trabajo Nº 000056, del 19 de marzo de 2015, de Gregoriana Alvarado Gonzales, por transporte de personal (fojas 64 del Expediente Nº J-2016-01375-T01). - Comprobante de pago Nº 644, del 17 de noviembre de 2015, de Irene Abal Félix para el pago de premios del Primer Campeonato de Confraternidad de los Residentes de Yarumayo (fojas 66 del Expediente Nº J-201601375-T01). - Cinco declaraciones juradas de haber recibido dinero como premio del Primer Campeonato de Confraternidad de los Residentes de Yarumayo (fojas 67 a 71 del Expediente Nº J-2016-01375-T01). - Certificado de inscripción de Vilma Tordecillo Bernardo (fojas 72 del Expediente Nº J-2016-01375-T01). - Certificado de inscripción de Eudes Lustre Abal (fojas 73 del Expediente Nº J-2016-01375-T01). - Resolución de Alcaldía Nº 018-2015-MDY/A, del 25 de marzo de 2015, mediante la cual se designó como jefe de Registro Civil de la municipalidad a Vilma Tordecillo Bernardo (fojas 74 del Expediente Nº J-2016-01375-T01). Así, mediante Auto Nº 1, del 11 de noviembre de 2016 (fojas 77 a 80 del Expediente Nº J-2016-01375-T01), este órgano electoral trasladó la solicitud de vacancia al concejo para el correspondiente trámite y pronunciamiento.

No obstante, con fecha 9 de diciembre de 2016 (fojas 84 del Expediente Nº J-2016-01375-T01), el solicitante requirió la acumulación de los expedientes de vacancia tramitados en instancia municipal (Expediente Nº 13412016, del 9 de noviembre de 2016, y el Expediente Nº J-2016-01375-T01). En ese sentido, por Auto Nº 2, del 23 de diciembre de 2016 (fojas 97 y 98 del Expediente Nº J-2016-01375-T01), este Supremo Tribunal Electoral dispuso acumular las solicitudes de vacancia presentadas. Descargos de la autoridad cuestionada El 23 de noviembre de 2016, Irene Abal Félix, regidora del Concejo Distrital de Yarumayo, presentó sus descargos (fojas 86 a 93) en los siguientes términos: Respecto a la causal de nepotismo - Con fecha 15 de enero de 2015, se ingresó, formalmente, la oposición a la "contratación, designación, selección, actividad ad honórem en la Municipalidad Distrital de mis parientes hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad por razón de matrimonio". Asimismo, se solicitó que, durante la etapa de selección de personal, "los postulantes presenten a la Municipalidad una Declaración Jurada de Ausencia de Incompatibilidades, en la cual se indique si tuvieran relación de parentesco, vínculo matrimonial o unión de hecho con la suscrita". - Con relación a Olga Elisa Abal Félix, no existe comprobante de pago, orden de servicio, cheque o documento contable que indique que se haya desembolsado dinero de la municipalidad a su favor. - Respecto a Eudes Lustre Abal, desconoce la contratación, no se ejerció injerencia directa ni indirecta en su contratación. - Con relación a las "cuñadas", no obra partida de matrimonio con la que se demuestre que Gregoriana Alvarado Gonzales está casada con su hermano Alejandro Abal Félix. Asimismo, no existe partida de matrimonio que acredite que Vilma Tordecillo Bernardo está casada con su hermano Moisés Abal Félix. - Respecto a Charo Marcelina Bonilla Félix, no se ha tenido injerencia directa o indirecta para su designación como agente comunitaria y responsable del PROMSA, así como tampoco en haber realizado una capacitación y que la municipalidad le haya asignado viáticos, los que no constituyen remuneración, pago de servicios, menos contratación del municipio. - Se presentó oposición a la contratación de Vilma Tordecillo Bernardo el 10 de agosto de 2015 (Expediente Nº 473). Por la causal de ejercicio de funciones o cargos ejecutivos y/o administrativos - La regidora cumplió el encargo de Sesión de Concejo Ordinaria Nº 010-2015, la que fue suscrita y autorizada por el alcalde y regidores, que oficializó el I Campeonato de Residentes de Huánuco. Además, por Acta de Sesión Ordinaria Nº 30-2015, se formalizó la entrega de premios, para lo cual giró un cheque por la suma de S/. 5,000.00, como está acreditado en el Comprobante de Pago Nº 644, del 17 de noviembre de 2015, y "el dinero fue entregado a los participantes ganadores del campeonato por el alcalde y tesorero, como se corrobora de las declaraciones juradas, de fecha 18 de noviembre de 2015". - Por último, la regidora señala que se debe "tener en cuenta la legitimidad para obrar del solicitante de la vacancia, conforme puede verse de la Certificación de Inscripción del RENIEC Nº 06925935, del Sr. ELISEO LÓPEZ PIZARRO, es vecino del Distrito de Huánuco, jr. Esteban Pavletich Nº 623-627 Aparicio Pomares ­ Huánuco". Como medios probatorios, la autoridad cuestionada adjuntó copia de los siguientes documentos: - Escrito de oposición y observación de contratos de familiares por afinidad y consanguinidad, ingresado a la municipalidad el 10 de agosto de 2015 (fojas 94).