Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2017 (07/01/2017)


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NORMAS LEGALES

Sábado 7 de enero de 2017 /

El Peruano

Los demás casos son otorgados por MIGRACIONES en los puestos de control migratorio y/o fronterizo o en sus oficinas a nivel nacional. Permite única entrada. El plazo de permanencia es de hasta ciento ochenta y tres (183) días, prorrogable por única vez por el mismo período. d. Formación/Investigación Temporal Permite el ingreso y permanencia de extranjeros que deseen realizar las mismas actividades referidas en las Calidades Migratorias Residente Formación y Residente Investigación, pero sin ánimo de residencia. Es otorgada por MIGRACIONES Permite única entrada. El plazo de permanencia es de noventa (90) días. Se aplica prórroga por el mismo plazo. e. Negocios Permite al extranjero sin ánimo de residencia a realizar actividades de carácter empresarial, legal, contractual, de asistencia técnica especializada o similares. Es otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. En caso de países con los que el Perú haya suscrito acuerdos o convenios internacionales de exoneración de visa de negocios, la Calidad Migratoria la otorga MIGRACIONES en los puestos de control migratorio y/o fronterizo. Permite múltiples entradas. El plazo de permanencia es de ciento ochenta y tres (183) días, acumulables durante un periodo de trescientos sesenta y cinco (365) días. No es prorrogable. f. Trabajador/Designado Temporal Permite el ingreso y permanencia de extranjeros que deseen realizar las mismas actividades referidas en las Calidades Migratorias Residente Trabajador y Residente Designado, pero sin ánimo de residencia. Es otorgada por MIGRACIONES Permite múltiples entradas. El plazo de permanencia es de ciento ochenta y tres (183) días, acumulables durante un período de trescientos sesenta y cinco (365) días. Se aplica prórroga por el mismo plazo. g. Periodismo Permite el ingreso al país de un Periodista extranjero bajo las condiciones previstas en la normativa especial. Es otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Permite múltiples entradas. El Estado Peruano determina el plazo de permanencia y si se aplica la prórroga. h. Turista Permite al extranjero realizar únicamente actividades turísticas, de ocio, de salud o similares. No permite trabajar ni realizar actividades remuneradas ni lucrativas. Es otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. En caso de países con los que el Perú haya suscrito acuerdos o convenios internacionales de exoneración de visa de turismo, la Calidad Migratoria la otorga MIGRACIONES en los puestos de control migratorio y/o fronterizo. Permite múltiples entradas. El plazo de permanencia es de ciento ochenta y tres (183) días, acumulables durante un período de trescientos sesenta y cinco (365) días. No es prorrogable. i. Tripulante Permite el ingreso al país de un extranjero tripulante de un medio de transporte internacional. Es otorgada por MIGRACIONES en los puestos de control migratorio y/o fronterizo. Permite única entrada. El plazo de permanencia es de treinta (30) días. No es prorrogable. 29.2. Residencia: Autoriza el ingreso y/o residencia en el territorio de la República. Estas Calidades Migratorias son prorrogables y permiten múltiples entradas. Las Calidades Migratorias de Residencia son las siguientes: a. Cooperante Para el extranjero a quien el Estado peruano le reconoce tal categoría en virtud de tratados y convenios

internacionales de los cuales el Perú es parte, de cooperación gubernamental o no gubernamental, como expertos o voluntarios, así como a los miembros de las Entidades e Instituciones de Cooperación Técnica Internacional constituidas en el extranjero inscritas en la Agencia Peruana de Cooperación Internacional (APCI) y que se rigen por los referidos instrumentos internacionales y disposiciones especiales. Comprende también a aquel extranjero que ingresa al territorio nacional para realizar actividades de carácter asistencial dentro del marco de la asistencia social o ayuda humanitaria o en casos de desastres naturales, siempre que tal pedido sea efectuado por un gobierno extranjero u organismo internacional o por alguna de las entidades conformantes del Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres (SINAGERD). Es otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Permite múltiples entradas. El plazo de permanencia y prórroga de acuerdo a lo que determine el Estado Peruano. b. Designado Permite al extranjero a realizar actividades laborales en el territorio nacional que consistan en la realización de una tarea o función específica o un trabajo que requiera conocimientos profesionales, comerciales o técnicos especializados enviado por un empleador extranjero. Es otorgada por MIGRACIONES. Permite múltiples entradas. El plazo de permanencia es de trescientos sesenta y cinco (365) días. c. Formación Permite al extranjero desarrollar estudios regulares de educación superior, educación básica, artes u oficios, en instituciones reconocidas por el Estado Peruano. Comprende a los extranjeros de intercambios estudiantiles, prácticas pre profesionales o profesionales, culturales, y otras modalidades formativas reconocidas por el Perú, en concordancia con la normativa vigente. No permite trabajar ni realizar actividades remuneradas ni lucrativas, la previa emisión del Permiso de Trabajo Extraordinario otorgado por MIGRACIONES. Esta Calidad Migratoria es otorgada por MIGRACIONES a través de sus oficinas a nivel nacional. Puede ser solicitada por el interesado en el territorio nacional, o previo al ingreso al Perú a través de un representante autorizado. El plazo de permanencia es de trescientos sesenta y cinco (365) días. d. Religioso Permite el desarrollo de actividades de carácter religioso o pastoral en una organización o congregación reconocida por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos. Puede realizar actividades complementarias a la pastoral como las relacionadas con la educación salud y otras. No permite trabajar ni realizar actividades remuneradas ni lucrativas, salvo la previa emisión del Permiso de Trabajo Extraordinario otorgado por MIGRACIONES. Es otorgada por MIGRACIONES. El plazo de permanencia es de trescientos sesenta y cinco (365) días. e. Intercambio Para el extranjero a quien el Estado Peruano le reconoce tal calidad en virtud a tratados, y convenios internacionales de los cuales el Perú es parte, de intercambio cultural o de investigación u otros, y que se rige por los referidos instrumentos internacionales y disposiciones especiales. Esta calidad migratoria se extiende al extranjero que en virtud a los mismos instrumentos ingresa al territorio nacional para realizar estudios, actividades bajo modalidades formativas laborales, dictado de cursos o seminarios, así como otras actividades académicas o educativas enmarcadas dentro del ámbito educativo, científico, cultural y otras similares. Es otorgada por el Ministerio de Relaciones Exteriores. Permite múltiples entradas. El plazo de permanencia y prórroga de acuerdo a lo que determine el Estado Peruano.