Norma Legal Oficial del día 28 de octubre del año 2016 (28/10/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 28

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NORMAS LEGALES

Viernes 28 de octubre de 2016 /

El Peruano

los criterios de competitividad, desarrollo sostenible y protección al medio ambiente; Que, mediante Resolución Ministerial N° 3512012-PRODUCE se declara de Interés Nacional el proyecto presentado por la empresa ORICA NITRATOS PERÚ S.A. para la construcción y operación de una Planta Petroquímica Intermedia destinada a la producción de nitrato de amonio en grado industrial, a desarrollarse en la Zona denominada "Lomas de Ilo" ubicada en el Distrito de Ilo, Provincia de Ilo del Departamento de Moquegua, sobre dos secciones, una de 164.3406 y otra de 29.379 has (193.7196 hectáreas), en la Zona Geográfica Determinada establecida por Resolución Ministerial Nº 443-2009-MEM/ DM, modificada por Resolución Ministerial Nº 191-2012MEM/DM, conforme al plano que como Anexo Nº 1, forma parte integrante de la citada Resolución Ministerial; Que, asimismo, el artículo 2 de la citada Resolución declara la viabilidad del proyecto petroquímico presentado por la empresa ORICA NITRATOS PERÚ S.A., consistente en la construcción y operación de una Planta Petroquímica Intermedia destinada a la producción de nitrato de amonio en grado industrial, a desarrollarse en las zonas señaladas en el numeral precedente; Que, la solicitud de modificación de la Resolución Ministerial N° 351-2012-PRODUCE, se sustenta en la necesidad de incluir la construcción y operación de una planta de emulsión de nitrato de amonio, al ser considerada como actividad petroquímica; Que, la Dirección General de Políticas y Regulación con Memorando N° 1646-2016-PRODUCE/DVMYPE-I/ DGPR sustentada en el Informe N° 067-2016-PRODUCE/ DVMYPE-I/DGPR/DIPODEPROF-ffreyre de la Dirección de Políticas Desarrollo Productivo y Formalización que manifiesta " La planta de emulsión de nitrato de amonio, que si bien es un proyecto distinto al proyecto materia de la Resolución Ministerial, es ­a la vez- un proyecto considerado como actividad petroquímica final, cuando el insumo básico "nitrato de amonio" proviene de una industria petroquímica intermedia, como concluye el Informe Nº 00659-2015-PRODUCE/DVMYPE-I/DGPR/ DIRE-ediazm. Por lo tanto, este nuevo proyecto estaría comprendido en los alcances de la Ley Nº 29163 (art. 6º).Adicionalmente, es un proyecto accesorio y complementario al proyecto planta petroquímica, cuya finalidad es la producción del nitrato de amonio en grado industrial, considerado como actividad petroquímica intermedia.", sustenta la modificación de la Resolución Ministerial N° 351-2012-PRODUCE; De conformidad con lo establecido en la Ley N° 29163, Ley de Promoción para el desarrollo de la Industria Petroquímica, su Reglamento por aprobado por Decreto Supremo N° 066-2008-EM; el Decreto Legislativo N° 1047, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modificatorias, y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Resolución Ministerial Nº 343-2012-PRODUCE; SE RESUELVE: Artículo Único.- Modificar los artículos 1 y 2 de la Resolución Ministerial N° 351-2012-PRODUCE, en los siguientes términos: "Artículo 1.- Declaración de Interés Nacional Declárase de Interés Nacional el proyecto petroquímico presentado por la empresa ORICA NITRATOS PERÚ S.A., consistente en la construcción y operación de una Planta Petroquímica Intermedia destinada a la producción de nitrato de amonio en grado industrial y una planta de emulsión de nitrato de amonio, a desarrollarse en la Zona denominada "Lomas de Ilo" ubicada en el Distrito de Ilo, Provincia de Ilo del Departamento de Moquegua, sobre dos secciones, una de 164.3406 y otra de 29.379 has(193.7196 hectáreas), en la Zona Geográfica Determinada establecida por Resolución Ministerial N° 443-2009-MEM/DM, modificada por Resolución Ministerial N° 191-2012-MEM/DM, conforme al plano que como Anexo N° 1, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial.

Artículo 2.- Declaración de viabilidad del proyecto. Declárase la viabilidad del proyecto petroquímico presentado por la empresa ORICA NITRATOS PERÚ S.A., consistente en la construcción y operación de una Planta Petroquímica Intermedia destinada a la producción de nitrato de amonio en grado industrial y una planta de emulsión de nitrato de amonio, a desarrollarse en la Zona denominada "Lomas de Ilo" ubicada en el Distrito de Ilo, Provincia de Ilo del Departamento de Moquegua, sobre dos secciones, una de 164.3406 y otra de 29.379 has(193.7196 hectáreas), en la Zona Geográfica Determinada establecida por Resolución Ministerial N° 443-2009-MEM/DM, modificada por Resolución Ministerial N° 191-2012-MEM/DM, conforme al plano que como Anexo N° 1, forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial." Regístrese, comuníquese y publíquese. BRUNO GIUFFRA MONTEVERDE Ministro de la Producción 1446255-1

Establecen la gratuidad del derecho de tramitación de diversos procedimientos administrativos del TUPA del Ministerio de la Producción
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 417-2016-PRODUCE Lima, 26 de octubre de 2016 VISTOS: El Memorando Nº 1671-2016-PRODUCE/OGPP de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº 283-2016-PRODUCE/OGPP-Opra de la Oficina de Planeamiento y Racionalización, el Memorando Nº 2263-2016-PRODUCE/DGSF de la Dirección General de Supervisión y Fiscalización, el Memorando N° 1748-2016-PRODUCE/DGPR de la Dirección General de Políticas y Regulación, el Memorando N° 4694-2016-PRODUCE/DGCHD de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Directo, el Memorando N° 1123-2016-PRODUCE/ DIGGAM de la Dirección General de Asuntos Ambientales, el Memorando N° 2104-2016-PRODUCE/DGCHI de la Dirección General de Extracción y Producción Pesquera para Consumo Humano Indirecto y el Informe Nº 373-2016-PRODUCE/OGAJ de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 0102015-PRODUCE se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA del Ministerio de la Producción, el mismo que ha sido modificado por las Resoluciones Ministeriales Nº 199-2015-PRODUCE, N° 340-2015-PRODUCE, N° 282-2016-PRODUCE y el Decreto Supremo Nº 011-2016-PRODUCE; Que, por Decreto Supremo Nº 013-2014-PRODUCE, se crea la Ventanilla Única del Sector Producción (VUSP), a fin de fortalecer la simplificación administrativa a través de la automatización progresiva de los procedimientos administrativos y de los servicios a cargo del Sector Producción, así como establecer las disposiciones para su implementación y funcionamiento; Que, el principio de simplicidad del procedimiento administrativo, previsto en el numeral 1.13 del artículo IV del Título Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, en adelante la Ley, dispone que los trámites establecidos por la autoridad administrativa deberán ser sencillos, debiendo eliminarse toda complejidad innecesaria; es decir los requisitos