Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2016 (27/06/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano / Lunes 27 de junio de 2016

NORMAS LEGALES

590939

INSTITUTO NACIONAL DE ESTADISTICA E INFORMATICA
Autorizan la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2016
RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 220-2016-INEI Lima, 24 de junio de 2016 Visto el Oficio Nº 556-2016-INEI/OTED, de la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales, solicitando autorización para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2016. CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27563 se creó el Registro Nacional de Municipalidades, con la finalidad de integrar la información estadística de las municipalidades provinciales, distritales y de centros poblados creados con arreglo a ley, el que está a cargo del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI); Que, por Decreto Supremo Nº 033-2002-PCM, se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Municipalidades (RENAMU) y el Directorio Nacional de Municipalidades de Centro Poblado Menor (DINAMUCEP), dispone que el INEI está a cargo de la actualización del Registro Nacional de Municipalidades y establecerá los procedimientos para su actualización permanente y anual; Que, el artículo 15º del indicado Decreto Supremo, precisa que las municipalidades deben remitir al INEI, durante el primer trimestre de cada año, la información correspondiente al periodo enero-diciembre del año anterior. Asimismo, señala que las Unidades de Estadística o el personal encargado de las municipalidades, serán responsables del diligenciamiento de los formularios del Registro y de la veracidad de los datos que se consignan; Que, resulta pertinente autorizar la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2016, así como aprobar los formularios correspondientes, fijando el plazo máximo de entrega de la información; Con la opinión favorable de la Sub Jefatura de Estadística y de la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales; la visación de la Oficina Técnica de Asesoría Jurídica; y, En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6º del Decreto Legislativo Nº 604, "Ley de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Estadística e Informática". SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2016, actividad que se ejecutará a partir de 01 de julio 2016 y estará a cargo de la Oficina Técnica de Estadísticas Departamentales del INEI. Artículo 2º.- Aprobar los Formularios 01 y 02, que forman parte de la presente Resolución, que serán utilizados para la actualización del Registro Nacional de Municipalidades 2016, y serán remitidos a todas las municipalidades del país, para su diligenciamiento por el Alcalde u otra autoridad municipal que delegue, en la forma siguiente: Formulario 01, dirigido a las municipalidades provinciales y distritales, el cual estará disponible en la página Web del INEI www.inei.gob.pe, para su diligenciamiento en línea utilizando una clave de acceso que será proporcionada mediante oficio dirigido al Alcalde. Asimismo, el formulario será remitido en versión impresa. Formulario 02, dirigido a las municipalidades de centros poblados, el cual será remitido en formato impreso. Artículo 3º.- Establecer como plazo máximo de presentación de los formularios, debidamente diligenciados hasta el 27 de julio 2016, los mismos que serán devueltos en el departamento de Lima: al Instituto Nacional de Estadística e Informática y, en los otros departamentos del país, a las Oficinas Departamentales

y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, cuyas direcciones se consignan en el Anexo adjunto. Artículo 4º.- Autorizar, a los Directores de las Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática del Instituto Nacional de Estadística e Informática, a efectuar coordinaciones con las autoridades municipales de su jurisdicción, para el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Resolución. Artículo 5º.- Precisar, que las municipalidades que incumplan con la presentación de la información solicitada en el plazo establecido, serán pasibles de ser multadas conforme a lo dispuesto por los artículos 87º, 89º y 91º del D. S. Nº 043-2001 PCM y que el pago de la multa no exime a las municipalidades de la obligación de suministrar la información solicitada. Regístrese y comuníquese. ANIBAL SANCHEZ AGUILAR Jefe (e)
ANEXO REGISTRO NACIONAL DE MUNICIPALIDADES 2016 Lugares de Distribución y Recepción de Formularios INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA E INFORMÁTICA - LIMA SEDE CENTRAL Dirección: Av. Gral. Garzón Nº 658, Jesús María - Lima 11 Central Telefónica: 01 - 652-0000 / 203-2640 Anexos 9384, 9385 y 9387, Teléfono directo: 01- 203-9296 Correo electrónico: renamu@inei.gob.pe Oficinas Departamentales y Zonales de Estadística e Informática ODEI AMAZONAS Dirección: Jr. Amazonas Nº 417- Chachapoyas Teléfono: 041 - 477478 / 478129 Correo electrónico: odei-amazonas@inei.gob.pe ODEI ÁNCASH - HUARAZ Dirección: Jr. Dámaso Antúnez Nº 723 Barrio de Belén Huaraz Teléfono: 043 - 421991 Correo electrónico: odei-huaraz@inei.gob.pe OFICINA ZONAL DE ÁNCASH - CHIMBOTE Dirección: Urb. Los Pinos, Mz. A2 Lote 1 - Chimbote Teléfono: 043 - 323951 Correo electrónico: odei-chimbote@inei.gob.pe ODEI APURÍMAC Dirección: Av. Circunvalación Nº 279 Teléfono: 083 - 321191 / 322030 Correo electrónico: odei-apurimac@inei.gob.pe ODEI AREQUIPA Dirección: Santo Domingo 103, Oficina Nº 412 Teléfono: 054 - 282810 / 286977 Correo electrónico: odei-arequipa@inei.gob.pe ODEI AYACUCHO Dirección: Jr. Callao Nº 226 Teléfono: 066 - 313175 / 313705 Correo electrónico: odei-ayacucho@inei.gob.pe ODEI CAJAMARCA Dirección: Jr. Comercio Nº 629 Teléfono: 076 - 366006 / 361588 Correo electrónico: odei-cajamarca@inei.gob.pe ODEI CUSCO Dirección: El Sol Nº 272 Teléfono: 084 - 224830 / 247778 Correo electrónico: odei-cusco@inei.gob.pe ODEI HUANCAVELICA Dirección: Jr. Huayna Cápac Nº 157, Barrio de San Cristóbal Teléfono: 067 - 453027 / 452796 Correo electrónico: odei-huancavelica@inei.gob.pe ODEI HUÁNUCO Dirección: 28 de Julio Nº 835