Norma Legal Oficial del día 13 de julio del año 2016 (13/07/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Miércoles 13 de julio de 2016

NORMAS LEGALES

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de participación vecinal en los asuntos públicos que institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses propios de las correspondientes colectividades, siendo elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la población y la organización; Que, el artículo 53º de la misma ley manifiesta que las Municipalidades se rigen por presupuestos participativos anuales como instrumentos de administración y gestión, los cuales se formulan, aprueban y ejecutan conforme a la ley de la materia, y en coordinación con los planes de desarrollo concertado de la jurisdicción; Que, mediante Resolución Directoral Nº 007-2010EF/76.01 se aprobó el Instructivo Nº 001-2010-EF/76.01 ­ Instructivo para el Proceso del Presupuesto Participativo Basado en Resultados, a través del cual se establecen los mecanismos y pautas para el desarrollo del proceso del Presupuesto Participativo en los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el marco de la Ley del Presupuesto Participativo, Ley Nº 28056, su modificatoria Ley Nº 29298, el Decreto Supremo Nº 097-2009-EF que precisa los criterios para delimitar proyectos de impacto regional, provincial y distrital, su reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 142-2009-EF y el TUO de la Ley Nº 28411 ­ Ley del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, conforme a lo dispuesto en el Artículo 40º del Texto Legal antes anotado establece que mediante Ordenanza, norma de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal. En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º incisos 4) y 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto UNANIME, el Concejo Municipal y, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO EN RESULTADOS 2017 Artículo Primero.- APROBAR la ORDENANZA que APRUEBA el REGLAMENTO del PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO en RESULTADOS 2017, la misma que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza municipal. Artículo Segundo.- FACULTAR al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las normas complementarias a la presente ordenanza. Artículo Tercero.- ENCÁRGAR, el cumplimiento del presente dispositivo, a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planificación y Presupuesto, a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Seguridad Ciudadana, a la Gerencia de Desarrollo Urbano, a la Gerencia de Desarrollo Humano, a la Gerencia de Participación Vecinal, a la Gerencia de Servicios a la Ciudad y a la Gerencia de Educación, Cultura y Deporte. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Secretaría General las acciones para la difusión y publicación de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Secretaria General la notificación de la presente Ordenanza a las unidades orgánicas de la municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1403261-1

del PRESUPUESTO PARTICIPATIVO BASADO en RESULTADOS 2017, el Proveído Nº 0758-2016/GM y el Informe Nº 021-2016-GPP/MDMP de la Gerencia de Planificación y Presupuesto. CONSIDERANDO: Que, de conformidad al Artículo 197º de la Constitución Política del Perú, es competencia y función de las Municipalidades promover, apoyar y reglamentar la participación vecinal en el Desarrollo Local. Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, de conformidad con lo dispuesto en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, concordante con el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modificado por la Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional. Que, uno de los principios rectores de la Ley Marco del Presupuesto Participativo, Ley N' 28056, es el principio de la participación, el que establece que los Gobiernos Locales promueven el desarrollo de mecanismos y estrategias de participación de la Sociedad Civil, en la programación de su presupuesto en concordancia con sus Planes de Desarrollo Concertado. Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 024-MDMP de fecha 13.06.2016, se aprueba la Ordenanza que aprueba el Reglamento del Presupuesto Participativo Basado en Resultados 2017 del Distrito de Mi Perú, proceso mediante el cual se definen las prioridades sobre las acciones a implementar en el gobierno local, con la participación de la Sociedad Civil organizada generando compromisos de todos los Agentes Participantes para la consecución de los objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Concertado del Distrito de Mi Perú, el mismo que en su artículo segundo faculta al Titular del Pliego dictar las normas complementarias a la Ordenanza antes mencionada. Que, mediante Informe Nº 021-2016-GPP/MDMP de la Gerencia de Planificación y Presupuesto, solicita la aprobación del Cronograma de Actividades del Presupuesto Participativo 2017. En uso de las atribuciones conferidas al Alcalde por los artículos 194º de la Constitución Política, modificada por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680 y, 20º inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972. DECRETA: Artículo Primero.- APROBAR el Cronograma de Actividades del Proceso Participativo del Año 2017, según anexo que se adjunta. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planificación y Presupuesto y a la Gerencia de Administración y Finanzas, y a la Gerencia de Participación Vecinal el cumplimiento del presente Decreto. Artículo Tercero.- ENCARGAR, a la Gerencia de Participación Vecinal y a la Gerencia de Imagen Institucional Secretaría General, efectuar la convocatoria y difusión a los ciudadanos en general, para, que participen como agentes participantes, en el Proceso del Presupuesto Participativo 2017. Artículo Cuarto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Secretaría General, la publicación del presente Decreto y su notificación a las personas interesadas, instituciones y a las áreas competentes de esta Entidad. Artículo Quinto.- ENCARGAR, a la Gerencia de Imagen institucional la publicación del presente Decreto en el Portal Web de la Municipalidad. Regístrese, comuníquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1403262-1

Aprueban Cronograma de Actividades del Proceso Participativo del Año 2017
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 002-2016-MDMP Mi Perú, 14 de junio de 2016 VISTO: La Ordenanza Nº 024-MDMP, que aprueba la ORDENANZA que APRUEBA el REGLAMENTO