Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2016 (30/12/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 242

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NORMAS LEGALES

Viernes 30 de diciembre de 2016 /

El Peruano

hasta el 28.02.2017 la Ordenanza Nº 548-MSS, con la finalidad que los contribuyentes regularicen sus obligaciones tributarias vencidas incluyendo del año 2016, a través de mecanismos que aligeren la carga tributaria, accediendo de esta forma a ciertos descuentos en el pago de sus arbitrios municipales de ejercicios anteriores y a la condonación de sus intereses, así como de otros conceptos relacionados con el tributo adeudado; Que, con Informe N° 1033-2016-GAJ-MSS la Gerencia de Asesoría Jurídica, informa con respecto a la pre publicación del proyecto normativo, conforme a lo dispuesto en el Artículo 14° del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, que resulta innecesaria, por cuanto la Gerencia de Administración Tributaria considera que la finalidad del proyecto es prorrogar la vigencia de la Ordenanza N° 548-MSS, que se encuentra orientada a la regularización de deudas tributarias; en este sentido opina que resulta procedente la propuesta de prórroga de los alcances de la Ordenanza 548-MSS, hasta el 28.02.17 por lo que se debe elevar los actuados al Despacho de Alcaldía para que proceda a emitir el Decreto de Alcaldía correspondiente; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades señaladas en el numeral 6) del Artículo 20° y el Artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; DECRETA: Artículo Primero.- PRORROGAR la vigencia de la Ordenanza Nº 548-MSS, que aprueba el Régimen Extraordinario de Regularización de Deudas Tributarias "Campaña de Desagio Tributario", hasta el 28 de febrero de 2017. Artículo Segundo.- EL PRESENTE Decreto de Alcaldía entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Diario Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Decreto de Alcaldía en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco, dentro del día siguiente de su aprobación, conforme lo prescribe el Artículo 15º de la Directiva Nº 001-2010-PCM/SGP, aprobada mediante Resolución Ministerial Nº 200-2010PCM, modificada por Resolución Ministerial Nº 252-2013PCM. Artículo Quinto.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Administración Tributaria, a la Gerencia de Tecnologías de la Información, a la Subgerencia de Recaudación Ordinaria y Coactiva Tributaria, a la Subgerencia de Registro y Control Tributario, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldía; así como a la Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la divulgación y difusión de sus alcances. POR TANTO: Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ROBERTO GOMEZ BACA Alcalde 1468578-1

EL ALCALDE DE SANTIAGO DE SURCO VISTOS: El Memorándum N° 697-2016-GAT-MSS de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe N° 1034-2016-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, mediante los cuales se propone prorrogar la vigencia de la Ordenanza Nº 500-MSS; y CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por las Leyes Nros. 28607 y 30305, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades Ley N° 27972, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el segundo párrafo del Artículo 39° de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que el alcalde ejerce las funciones ejecutivas de gobierno mediante decretos de alcaldía; Que, mediante la Ordenanza N° 446-MSS, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 10.03.2013, se aprobó la "Ordenanza para la Regularización de Deudas Tributarias generadas producto la Declaración Voluntaria del contribuyente", la cual tiene por objeto incentivar la declaración voluntaria de inscripción y/o rectificación de predios y la regularización de la deuda tributaria que estas generen; Que, posteriormente a través de la Ordenanza N° 460-MSS, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 24.10.2013, se prorrogó el plazo de vigencia de la Ordenanza N° 446-MSS hasta el 31.12 .2014; asimismo la Ordenanza N° 500-MSS, prorrogó el plazo de vigencia de la Ordenanza N°446-MSS hasta el 31.01.2015; Que, la Tercera Disposición Final de la Ordenanza N° 500-MSS, faculta al Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía, pueda prorrogar su vigencia sucesivamente, previo informe de la Gerencia de Administración Tributaria. En razón a ello, mediante Decreto de Alcaldía N° 01-2015-MSS, publicado en el Diario El Peruano con fecha 31.01.2015, se prorrogó el referido plazo de vigencia hasta el 31.05.2015, y mediante Decreto de Alcaldía N° 07-2015-MSS, publicado el 31.05.2015, se prorrogó hasta el 31.08.2015; con Decreto de Alcaldía N° 17-2015-MSS, publicado el 30.08.2015, se prorrogó hasta el 31.03.2016, asimismo a través del Decreto de Alcaldía N° 08-2016-MSS, publicado el 31.03.2016, se prorrogó la citada Ordenanza hasta el 30.12.2016; Que, mediante Memorándum Nº 697-2016-GATMSS, la Gerencia de Administración Tributaria remite la propuesta de Decreto de Alcaldía que propone prorrogar hasta el 31.12.2017 la Ordenanza N° 500-MSS, que otorga un plazo extraordinario para la aplicación del régimen de regularización de deudas tributarias generadas como producto de la declaración voluntaria del contribuyente, aprobado mediante Ordenanza N° 446-MSS, a fin que, los contribuyentes puedan regularizar sus obligaciones tributarias, acogiéndose a los beneficios tributarios previstos en dicha ordenanza; Que, mediante Informe Nº 1034-2016-GAJ-MSS, la Gerencia de Asesoría Jurídica, opina que es procedente la emisión del Decreto de Alcaldía que, propone prorrogar hasta el 31.12.2017, la vigencia de la Ordenanza N° 500-MSS, que otorga un plazo extraordinario para la regularización de deudas tributarias generadas como producto de la declaración voluntaria del contribuyente aprobado por la Ordenanza N°446-MSS; Que, agrega la Gerencia de Asesoría Jurídica, con respecto a la pre publicación del proyecto de Decreto de Alcaldía, este encuentra dentro de los supuestos de exoneración de publicación establecidos en el Decreto Supremo N° 01-2009-JUS, que aprueba el "Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de Proyectos Normativos y Difusión de Normas Legales de Carácter General", la misma que se encuentra también recogida en la Directiva N° 0052009-MSS, aprobada por Resolución N° 220-2009-RASS, sobre `Publicación de los Proyectos Normativos en el Portal Institucional de la Municipalidad de Santiago de Surco", conforme lo señala la Gerencia de Administración

Prorrogan vigencia de la Ordenanza N° 500MSS, que otorga plazo para la aplicación del régimen de regularización de deudas tributarias generadas como producto de la declaración voluntaria del contribuyente, aprobado mediante Ordenanza N° 446-MSS
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 26-2016-MSS Santiago de Surco, 23 de diciembre de 2016