Norma Legal Oficial del día 13 de marzo del año 2015 (13/03/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 78

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Que, de acuerdo al Articulo 42° de la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades, (...) los Decretos de Alcaldia establecen normas reglamentarias y de aplicacion de las Ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para la correcta y eficiente administracion municipal y resuelven o regulan asuntos de orden general y de interes para el vecindario que no MORDAZA de competencia del Concejo Municipal; Que, el ultimo parrafo del Articulo 29° del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario, aprobado por Decreto Supremo N° 133-2013-EF, promulgado el 22 de junio del 2013, precisa que el plazo para el pago de la deuda tributaria podra ser prorrogado con caracter general, por la Administracion Tributaria; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas en el numeral 6) del Articulo 20° en concordancia con el Articulo 42° de la Ley N° 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades. DECRETA: Articulo Primero.- PRORROGAR el plazo de vencimiento de la Primera Cuota del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales 2015 (1° y 2° Cuota), hasta el 31 de marzo del presente ano. Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Rentas, Sub Gerencia de Estadistica e Informatica, el cumplimiento del presente Decreto y a la Secretaria General y Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional, la publicacion y difusion del presente. Articulo Tercero.- DISPONER a la Sub Gerencia de Estadistica e Informatica, la publicacion del presente Decreto de Alcaldia en el MORDAZA Institucional de la Municipalidad Distrital de MORDAZA, dentro del dia siguiente de su aprobacion, conforme lo prescribe el Articulo 15° de la Directiva N° 001-2010-PCM/SGP, aprobada mediante Resolucion Ministerial N° 200-2010PCM. Registrese, comuniquese, publiquese y cumplase. MORDAZA L. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 1210689-1

El Peruano Viernes 13 de marzo de 2015

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Ratifican el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Punta MORDAZA 2015
ORDENANZA Nº 288-2015-MDPH Punta MORDAZA, 25 de febrero de 2015 EL MORDAZA DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO DISTRITAL DE PUNTA HERMOSA: VISTO: El Concejo Municipal del Distrito de Punta MORDAZA, en Sesion Ordinaria de Concejo de la fecha, visto el Informe Tecnico Administrativo Nº 001-2015-GDSC-MDPH de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de fecha 24 de febrero de 2015, el Informe Legal Nº 043-2015-MDPH/AOJ de la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Peru en su articulo 194º, modificada por la Ley Nº 28607 de Reforma Constitucional del Cap. XIV del Titulo IV, reconoce a las Municipalidades como organos de gobierno local con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana Nº 27933 tiene por objeto el proteger el

libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respeto de las garantias individuales y sociales a nivel nacional. Comprende a las personas naturales y juridicas, sin excepcion, que conforman la Nacion Peruana; para ello establece que el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana - SINASEC y los otros sistemas administrativos y funcionales del Estado coadyuvan a garantizar la seguridad ciudadana participando en los procesos y acciones que de MORDAZA se deriven. Componen el citado sistema, entre otros, los Comites Distritales de Seguridad Ciudadana (CODISEC); Que, conforme al articulo 13º del citado dispositivo los Comites Regionales, Provinciales y Distritales son los encargados de formular los planes, programas, proyectos y directivas de seguridad ciudadana, asi como de ejecutar los mismos en sus jurisdicciones, en el MORDAZA de la politica nacional disenada por CONASEC; Que, de igual modo segun el articulo 30º del citado Reglamento, son funciones de la Secretaria Tecnica, entre otras, presentar el Proyecto del Plan Distrital de Seguridad Ciudadana al CODISEC para su aprobacion, ademas de presentar dicho Plan aprobado por el CODISEC al concejo Municipal Distrital, para su ratificacion mediante Ordenanza; Que, el Reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, aprobado con Decreto Supremo Nº 011-2014-IN expresa en su articulo 46º, que los planes son los instrumentos de gestion que orientan el quehacer en materia de seguridad ciudadana en los ambitos provincial y distrital con un enfoque de resultados. Contienen un diagnostico del problema y establece una vision, objetivos estrategicos y especificos, actividades, indicadores, metas y responsables. Se elaboran en concordancia con los objetivos estrategicos contenidos en las politicas nacionales y regionales de caracter multianual. Estos planes se ajustan trimestralmente, de acuerdo al analisis del MORDAZA de ejecucion y de los resultados obtenidos mediante la aplicacion de los respectivos indicadores de desempeno; Que, el articulo 47º, in fine, del reglamento establece que ademas de su aprobacion por los Comites Regionales, Provinciales y Distritales de Seguridad Ciudadana, los planes deberan ser ratificados por los Consejos Regionales de los Gobiernos Regionales y por los Concejos Municipales Provinciales y Distritales, segun corresponda, a efectos de su obligatorio cumplimiento como politicas regionales, provinciales y distritales. De manera concordante, el articulo 30º, literal e; precisa que como Secretaria Tecnica del CODISEC, la Gerencia de Seguridad Ciudadana de la Municipalidad Distrital, o el organo que haga sus veces, tiene como funcion, entre otros, el presentar al Concejo Municipal Distrital el Plan de Seguridad Ciudadana aprobado por el CODISEC, para su ratificacion mediante Ordenanza Municipal; Que, en tal sentido, con Informe Tecnico Administrativo Nº 001-2015-GDSC-MDPH de la Gerencia de Seguridad Ciudadana de esta Municipalidad, remite el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana del distrito de Punta MORDAZA 2015, aprobado en sesion ordinaria del Comite realizada el 29 de enero de 2015, a efectos de que sea ratificado por el Concejo Municipal mediante Ordenanza, conforme establece el reglamento de la Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Que, el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana del Distrito de Punta MORDAZA 2015, obedece a la necesidad de contar con un instrumento de gestion interinstitucional para reducir la violencia y la inseguridad desde una optica integral, multisectorial, dentro del MORDAZA de las politicas del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana y en concordancia con la Ley 27933 - Ley del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana. Tiene por finalidad plantear una estrategia de lucha contra la inseguridad ciudadana en el distrito, con la participacion activa y coordinada de la sociedad civil, la Municipalidad, Policia Nacional del Peru y otras Instituciones Publicas y Privadas a traves del Comite Distrital de Seguridad Ciudadana (CODISEC); Que, el Articulo 40º de la Ley Nº 27972 Organica de Municipalidades, establece que las Ordenanzas de las Municipalidades, en materia de su competencia, son normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion,