Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2015 (07/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Miercoles 7 de enero de 2015

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DICE: Articulo 13.- Del Plan de Monitoreo Arqueologico (...) Dicho plan debe estar a cargo de un Licenciado en Arqueologia inscrito en el Registro Nacional de Arqueologos y es autorizado por la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble del Ministerio de Cultura (...)". DEBE DECIR: Articulo 13.- Del Plan de Monitoreo Arqueologico (...) Dicho plan debe estar a cargo de un Licenciado en Arqueologia inscrito en el Registro Nacional de Arqueologos y es autorizado por la Direccion de Certificaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble del Ministerio de Cultura (...)". 1184866-1

Nº 728 y 1057 que de acuerdo a la normatividad vigente sobre la materia, no MORDAZA de competencia exclusiva del Titular de la Entidad. Dicha facultad no incluye las de designacion y/o remocion de servidores en cargos Directivos o de confianza. b) Autorizar y resolver las peticiones de los pensionistas y ex trabajadores en materia de personal. c) Suscribir los contratos relativos a la prestacion de los servicios regulados por el Decreto Legislativo Nº 1057 y Decreto Legislativo Nº 728; asi como, sus adendas y resoluciones de los mismos. d) Suscribir convenios, Adendas y similares que tengan vinculacion directa con el Sistema de Gestion de Recursos Humanos. Articulo 4°.- La delegacion de facultades, asi como la asignacion de responsabilidades a que se refiere la presente resolucion, comprende las atribuciones de decidir y resolver, pero no exime de la obligacion de cumplir con los requisitos legales establecidos para cada caso. Articulo 5º.- El Secretario General y los Directores de la Oficina General de Administracion y de la Oficina de Recursos Humanos, deberan informar periodicamente sobre el ejercicio de las facultades delegadas mediante la presente resolucion. Dicha informacion debera ser consolidada por la Secretaria General, a fin que sea alcanzada oportunamente a la Direccion Ejecutiva del SERFOR. Articulo 6º.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Secretaria General, a la Oficina General de Administracion, a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y a la Oficina de Recursos Humanos para los fines pertinentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA DODERO Directora Ejecutiva (e) Servicio Nacional Forestal y de Fauna MORDAZA 1184768-1

DEFENSA
Autorizan viaje de Personal Militar FAP a MORDAZA, en comision de servicios
RESOLUCION SUPREMA Nº 001-2015-DE/FAP MORDAZA, 6 de enero de 2015 Visto el Oficio N-60-G842-Nº 2309 de fecha 23 de diciembre de 2014 del Comandante del Grupo Aereo Nº 8 de la Fuerza Aerea del Peru. CONSIDERANDO: Que, es necesario autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio, del Personal Militar FAP que conformara la tripulacion principal y alterna de la aeronave MORDAZA L-100-20 FAP 397/382, que trasladara al personal y material de la "Vigesimo Tercera Compania Cientifica al Continente Antartico (ANTAR XXIII)", a la MORDAZA de Punta MORDAZA - Republica de MORDAZA, del 07 al 08 de enero de 2015; Que, los gastos que ocasione la presente autorizacion de viaje, se efectuaran con cargo al presupuesto institucional Ano Fiscal 2015, de la Unidad Ejecutora Nº 005 - Fuerza Aerea del Peru, de conformidad con el articulo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30281 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2015; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorizacion de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Publicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 0472002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y modificado con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM de fecha 18 de MORDAZA de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del personal militar y civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009 DE/SG del 19 de noviembre de 2009 que determina la jerarquia y uso de las normas de caracter administrativo que se aplicaran en los distintos organos del Ministerio; y; Estando a lo propuesto por el senor Comandante General de la Fuerza Aerea del Peru y a lo acordado con el senor Ministro de Defensa; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje al exterior en Comision de Servicio, del Personal Militar FAP que conformara la tripulacion principal y alterna de la aeronave MORDAZA L-100-20 FAP 397/382, que trasladara al personal y material de la "Vigesimo Tercera Compania Cientifica al Continente Antartico (ANTAR XXIII)", a la MORDAZA de

CULTURA
FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 005-2014-MC Mediante Oficio N° 013-2015-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo N° 005-2014-MC, publicado en la edicion del dia 27 de diciembre de 2014. - En el articulo 3 del Decreto Supremo N° 005-2014MC DICE: "Articulo 6.- Del otorgamiento del MORDAZA en el MORDAZA del Decreto Legislativo N° 1105 (...) En caso el area sea mayor a cien (100) hectareas, previamente se debe evaluar el area materia de solicitud a traves de un PEARCE autorizado por la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble del Ministerio de Cultura (...)". DEBE DECIR: "Articulo 6.- Del otorgamiento del MORDAZA en el MORDAZA del Decreto Legislativo N° 1105 (...) En caso el area sea mayor a cien (100) hectareas, previamente se debe evaluar el area materia de solicitud a traves de un PEARCE autorizado por la Direccion de Certificaciones de la Direccion General de Patrimonio Arqueologico Inmueble del Ministerio de Cultura (...)".