Norma Legal Oficial del día 07 de enero del año 2015 (07/01/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

El Peruano Miercoles 7 de enero de 2015

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Que, de acuerdo al articulo 40° de la MORDAZA citada precedentemente, el Titular de la Entidad es responsable de aprobar las modificaciones presupuestarias en el nivel Funcional Programatico y puede delegar dicha facultad de aprobacion, a traves de disposicion expresa, la misma que debe ser publicada en el diario oficial EI Peruano; Que, por otro lado, la Ley de Contrataciones del Estado aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, modificada por Ley N° 29873; y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008- EF, modificado por Decreto Supremo N° 138-2012-EF; constituyen los cuerpos normativos que contienen las disposiciones y lineamientos que deben observar las Entidades del Sector Publico, en los procesos de contrataciones de bienes, servicios u obras; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 5° de dicha Ley, dispone que el Titular de la Entidad podra delegar, mediante Resolucion, la autoridad que dicha MORDAZA le otorga, con las excepciones expresas contenidas en MORDAZA y en su Reglamento; Que, con el proposito de desconcentrar las facultades y agilizar la gestion administrativa de la Presidencia Ejecutiva de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas ­ DEVIDA, resulta necesario delegar en la Secretaria General y en la Oficina General de Administracion, aquellas facultades y/o atribuciones que permitan emitir e implementar los actos o actuaciones que no MORDAZA privativas del Presidente Ejecutivo; Con el visado de la Secretaria General, de la Oficina General de Administracion, de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, y de la Oficina de Asesoria Juridica, y; De conformidad con lo dispuesto en la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por Decreto Legislativo N° 1017, y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008- EF; el Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411 que aprobo la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF; y el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas ­ DEVIDA, aprobado por Decreto Supremo N° 047-2014-PCM. SE RESUELVE: Articulo 1°.- Delegacion de facultades al Secretario General Delegar en el Secretario General de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas ­ DEVIDA, las siguientes facultades: 1.1 En materia Presupuestaria: a) Aprobar las modificaciones presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico, de acuerdo con el numeral 40.2 del articulo 40° del Texto Unico Ordenado de la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, previa opinion favorable de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. b) Aprobar directivas internas, circulares y/o manuales, asi como todo documento de caracter normativo que permita la racionalizacion del gasto y el manejo adecuado de los recursos asignados por toda fuente de financiamiento durante la ejecucion presupuestaria del Ano Fiscal 2015. 1.2 En materia de Contrataciones del Estado: a) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones-PAC 2015, conforme lo dispuesto por el articulo 8 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Legislativo N° 1017; y, el articulo 8 del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF. b) Aprobar las modificaciones al Plan Anual de Contrataciones-PAC 2015, conforme lo dispuesto por el articulo 9 del Reglamento de la Ley de Contrataciones, aprobado por Decreto Supremo N° 184-2008-EF. c) Evaluar semestralmente la ejecucion del Plan Anual de Contrataciones-PAC 2015, debiendo comunicar a la Presidencia Ejecutiva, de forma inmediata, los resultados de la evaluacion para la adopcion, de ser el caso, de las medidas correctivas necesarias para alcanzar las metas y objetivos previstos en el Plan Operativo Institucional.

ORGANISMOS EJECUTORES COMISION NACIONAL PARA EL DESARROLLO Y MORDAZA SIN DROGAS
Delegan diversas facultades en el Secretario General y en el Jefe de la Oficina General de Administracion de DEVIDA
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA N° 001-2015-DV-PE MORDAZA, 6 de enero de 2015 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley de Lucha contra el Trafico Ilicito de Drogas, aprobada por Decreto Legislativo N° 824 y modificada por las Leyes N° 27629 y N° 28003, se determinaron la naturaleza juridica y las funciones de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas ­ DEVIDA; Que, mediante Decreto Supremo N° 047-2014-PCM, se aprobo el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Comision Nacional para el Desarrollo y MORDAZA sin Drogas ­ DEVIDA, el mismo que determina y regula las competencias, funciones y estructura organica de la Institucion; Que, el articulo 9° del citado Reglamento dispone que la Presidencia Ejecutiva es el organo de la Alta Direccion que constituye la MORDAZA autoridad ejecutiva, estableciendo que el Presidente Ejecutivo es el Titular del Pliego y ejerce funciones ejecutivas y de representacion institucional de la Entidad; Que, el literal a) del articulo 10° del mismo Reglamento indica que es funcion y/o atribucion de la Presidencia Ejecutiva, conducir y supervisar el adecuado funcionamiento de la Entidad, definiendo las politicas de direccion y supervision para la marcha de la entidad y representarla en la firma de todos los compromisos institucionales, pudiendo delegar esta atribucion; mientas que el literal r) del antedicho articulo tambien establece como funcion y/o atribucion de la Presidencia Ejecutiva el emitir Resoluciones y Directivas vinculadas a la conduccion de la Entidad; Que, asimismo, el literal o) del precitado articulo, senala que, entre sus funciones y/o atribuciones, la Presidencia Ejecutiva puede otorgar los poderes que considere necesarios, pudiendo ademas delegar, en concordancia con la normatividad vigente, una o mas de sus funciones a la Secretaria General o a otros servidores, excepto la de Presidente del Consejo Directivo; Que, el articulo 12° del Reglamento de Organizacion y Funciones, establece que la Secretaria General es el organo de Alta Direccion que constituye la MORDAZA autoridad administrativa de la Entidad, asi como nexo de coordinacion entre la Presidencia Ejecutiva y los Organos de Asesoramiento y Apoyo, y tiene entre sus funciones, aquellas que le asigne la Presidencia Ejecutiva en el ambito de su competencia; Que, el articulo 26° de dicho Reglamento precisa que la Oficina General de Administracion esta a cargo de planificar, organizar, dirigir y supervisar la correcta aplicacion de los Sistemas Administrativos de Recursos Humanos, Abastecimiento, Tesoreria y Contabilidad; asi como la Gestion de las Tecnologias de Informacion y Comunicaciones; Que, el numeral 7.1 del articulo 7° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 28411 que aprobo la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado por Decreto Supremo N° 304-2012-EF, establece que el Titular de una Entidad es el responsable en materia presupuestaria y puede delegar sus funciones en materia presupuestal cuando lo establezca expresamente la Ley General, las leyes de Presupuesto del Sector Publico o la MORDAZA de creacion de la Entidad;