Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2015 (01/12/2015)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

Martes 1 de diciembre de 2015 /

El Peruano

Albitres, Especialista en Inversiones de la Dirección de Servicios al Inversionista de esta institución; Que, el artículo 35° del Reglamento de Organización y Funciones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 083-2013-EF/10, modificado por Decreto Supremo N° 081-2015-EF (ROF), establece que la DSI es el órgano encargado de contribuir, monitorear y consolidar un ambiente propicio y atractivo de la inversión privada en servicios públicos y obras públicas de infraestructura, así como en activos, proyectos y empresas del Estado y demás actividades estatales, en base a iniciativas públicas y privadas; Que, los literales a) y b) del artículo 36° del ROF, señalan que entre las funciones de la DSI, está la de promover al Perú como destino de inversiones, así como la cartera de proyectos a cargo de PROINVERSIÓN, en coordinación con las entidades a nivel nacional e internacional que correspondan; asimismo, evaluar y hacer seguimiento al clima de inversión del país; Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10º de la Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015, establece que quedan prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado, con cargo a recursos públicos, salvo aquellos que se efectúen en el marco de las acciones de promoción de importancia para el Perú, los cuales se autorizan mediante Resolución del Titular de la Entidad, la misma que es publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, la participación de la citada funcionaria de PROINVERSIÓN en el mencionado evento, se enmarca dentro de las funciones establecidas en el Reglamento de Organización y Funciones de esta institución aprobado mediante Resolución Ministerial Nº 083-2013-EF/10, modificado por Decreto Supremo N° 081-2015-EF y constituye una acción de promoción de la inversión privada de importancia para el Perú; por lo que resulta necesario autorizar el viaje en mención, en virtud de lo cual PROINVERSIÓN asumirá, con cargo a su presupuesto, los montos por concepto de pasajes aéreos y viáticos que ocasione la asistencia de la referida funcionaria a dicho evento; De conformidad con lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2014-PROINVERSIÓN, la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 30281, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2015 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM que aprueba normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, modificado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM y N° 056-2013-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje en comisión de servicios, de la señorita Milagros Rasmussen Albitres, Especialista en Inversiones de la Dirección de Servicios al Inversionista de PROINVERSIÓN, a la ciudad de Washington D.C., Estados Unidos de Norteamérica, del 2 al 5 diciembre de 2015, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, quien en un plazo de quince (15) días calendario contados a partir de su retorno al país, deberá presentar un informe a la Dirección Ejecutiva de esta institución, en el cual se describirán las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente resolución se aprueba. Artículo 2º.- Los gastos de pasajes aéreos y viáticos que irrogue la presente autorización de viaje, serán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada ­ PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Aéreos : Viáticos : US$ US$ 1,214.06 1,320.00

SEGURO INTEGRAL DE SALUD
Designan Director General de la Oficina General de Imagen Institucional y Transparencia
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 231-2015/SIS Lima, 26 de noviembre de 2015 VISTOS; la renuncia presentada por el Director de la Oficina General de Imagen Institucional y Transparencia; y, CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de Funcionarios Públicos, establece que la designación de funcionarios en cargos de confianza distintos a los comprendidos en el artículo 1 de dicha Ley se efectúa mediante Resolución del Titular de la Entidad; Que, el artículo 6 de la mencionada Ley dispone que todas las Resoluciones de designación o nombramiento de funcionarios en cargos de confianza surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "El Peruano", salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia; Que, la primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 29849, Ley que establece la eliminación progresiva del Régimen Especial del Decreto Legislativo N° 1057 y otorga derechos laborales, dispone que, "El personal establecido en los numerales 1), 2), e inciso a) del numeral 3) del artículo 4 de la Ley N° 28175, Ley Marco del Empleo Público, contratado por el Régimen Laboral Especial del Decreto Legislativo N° 1057, está excluido de las reglas establecidas en el artículo 8 de dicho Decreto Legislativo. Este personal solo puede ser contratado para ocupar una plaza orgánica contenida en el Cuadro de Asignación de Personal ­ CAP de la entidad"; Que, mediante Resolución Ministerial N° 375-2015/ MINSA, publicada el 17 de junio de 2015, se aprueba el Cuadro de Asignación de Personal Provisional del Seguro Integral de Salud, y establece que son cargos de confianza y de libre remoción por haber sido calificado como Empleados de Confianza el cargo de Director General de la Oficina General de Imagen Institucional y Transparencia; Que, el artículo 39° del Reglamento de Organización y Funciones del Seguro Integral de Salud, aprobado por Decreto Supremo N° 011-2011-SA, señala que el personal que labora en el SIS se encuentra comprendido en el régimen laboral de la actividad privada, establecido en el Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N° 728, Ley de Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-97-TR; Que, el artículo 9º de la precitada Ley, establece que el empleador tiene la facultad para normar reglamentariamente las labores, dictar las ordenes necesarias para la ejecución de las mismas, entre otras; Que, mediante Resolución Jefatural N° 171-2015/SIS de fecha 19 de agosto de 2015, se designa al Licenciado Martín Miguel Higa Tanohuye en el cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Imagen Institucional y Transparencia; Que, conforme al documento de visto, el Licenciado Martín Miguel Higa Tanohuye presentó carta de renuncia al cargo de confianza de Director General de la Oficina General de Imagen Institucional y Transparencia en el Seguro Integral de Salud; Que, por convenir a la gestión, resulta necesario adoptar las acciones de personal que sean convenientes y emitir el acto resolutivo correspondiente; Con el visto bueno del Secretario General, de la Directora General de la Oficina General de Administración de Recursos y del Director General de la Oficina General de Asesoría Jurídica; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el Nombramiento y Designación de Funcionarios Públicos y en los numerales 11.8 y 11.9 del artículo 11 del reglamento

Artículo 3º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS ALBERTO HERRERA PERRET Director Ejecutivo PROINVERSIÓN 1317932-1