Norma Legal Oficial del día 01 de septiembre del año 2014 (01/09/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano Lunes 1 de setiembre de 2014

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como funcion especifica aquellas que les delegue el Ministro en el ambito de su competencia; Que, en consecuencia es necesario aprobar el texto de la Primera Adenda al Contrato de Concesion, asi como autorizar al funcionario que lo suscribira en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29370, el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC y el Decreto Supremo Nº 059-96-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1.- Aprobacion del texto de la Primera Adenda al Contrato de Concesion del Tramo 2 de IIRSA Centro. Aprobar el texto de la Primera Adenda al Contrato de Concesion del Tramo 2 de IIRSA Centro, a efecto de incluir la Clausula 6.4.A, el mismo que forma parte integrante de la presente resolucion. Articulo 2.- Autorizacion para suscribir la Primera Adenda al Contrato de Concesion del Tramo 2 de IIRSA Centro. Autorizar al Viceministro de Transportes, para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba la Adenda a que se refiere el articulo anterior, asi como los documentos que resulten necesarios para su formalizacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA KU Ministro de Transportes y Comunicaciones 1131058-1

Aprueban valor total de tasacion correspondiente a predio afectado por la ejecucion del Proyecto de la Linea 2 de la Red Basica del Metro de MORDAZA Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 602-2014-MTC/02 MORDAZA, 28 de agosto de 2014 CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley Nº 30025 -Ley que facilita la adquisicion, expropiacion y posesion de bienes inmuebles para obras de infraestructura y declara de necesidad publica la adquisicion o expropiacion de bienes inmuebles afectados para la ejecucion de diversas obras de infraestructura, se declaro de necesidad publica la ejecucion del Sistema Electrico de Transporte Masivo de MORDAZA y Callao, Lineas 1 y 2, y, se autorizo la expropiacion de los bienes inmuebles que resulten necesarios para tales fines; Que, de acuerdo con el articulo 5 de la Ley MORDAZA citada, el valor de la tasacion para adquirir inmuebles afectados para la ejecucion de obras de infraestructura es fijado por la Direccion Nacional de Construccion del Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento. Asimismo, para la aprobacion del Valor Total de la Tasacion, se considera el monto fijado por la Direccion Nacional de Construccion agregando un porcentaje adicional del 10% del valor comercial del predio y mejoras o cultivos permanentes existentes, de corresponder; Que, la aprobacion del Valor Total de la Tasacion se realiza mediante Resolucion Ministerial del sector correspondiente;