Norma Legal Oficial del día 24 de noviembre del año 2014 (24/11/2014)


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TEXTO DE LA PÁGINA 21

El Peruano Lunes 24 de noviembre de 2014

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Que, mediante Informe Nº 1859-2014MTC/28, la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones, considera que el senor ROSULO MORDAZA PHICIHUA MORDAZA ha cumplido con las obligaciones previstas en el numeral 21 y demas disposiciones contenidas en las Bases del Concurso Publico Nº 01-2013-MTC/28, asi como con la MORDAZA de la documentacion tecnica y legal requerida, por lo que resulta procedente otorgar al referido administrado, la autorizacion y permiso solicitados; De conformidad con la Ley de Radio y Television ­ Ley Nº 28278, el Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por Decreto Supremo Nº 0052005-MTC, las Bases del Concurso Publico Nº 012013-MTC/28, el Decreto Supremo Nº 038-2003-MTC, modificado por Decreto Supremo Nº 038-2006-MTC, que establece los Limites Maximos Permisibles de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias para el servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada (FM) para la localidad de Punta de Bombon-La CurvaCocachacra, departamento de MORDAZA, aprobado por Resolucion Viceministerial Nº 106-2004-MTC/03 y sus modificatorias, las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion, aprobadas por Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03 y sus modificatorias; y, Con la opinion favorable de la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar autorizacion al senor ROSULO MORDAZA PHICIHUA MORDAZA, por el plazo de diez (10) anos, para prestar el servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Punta de Bombon-La Curva-Cocachacra, departamento de MORDAZA, de acuerdo a las condiciones esenciales y caracteristicas tecnicas que se detallan a continuacion: Condiciones Esenciales: Modalidad Frecuencia Finalidad : RADIODIFUSION SONORA EN FM : 89.3 MHz : EDUCATIVA

Otorgan autorizacion a persona natural para prestar servicio de radiodifusion sonora educativa en localidad del departamento de MORDAZA
RESOLUCION VICEMINISTERIAL Nº 706-2014-MTC/03 MORDAZA, 7 de noviembre del 2014 VISTO, el Expediente Nº 2014-001268, presentado por el senor ROSULO MORDAZA PHICIHUA MORDAZA sobre otorgamiento de autorizacion por Concurso Publico para la prestacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Punta de Bombon-La Curva-Cocachacra, departamento de Arequipa; CONSIDERANDO: Que, el articulo 16º de la Ley de Radio y Television, establece que las autorizaciones del servicio de radiodifusion se otorgan a solicitud de parte o por concurso publico. El concurso publico es obligatorio cuando la cantidad de frecuencias o MORDAZA disponibles en una banda es menor al numero de solicitudes presentadas; Que, mediante Resolucion Directoral Nº 09092013-MTC/28, se aprobaron las Bases del Concurso Publico Nº 01-2013-MTC/28, para el otorgamiento de autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion sonora, en las modalidades educativa y comercial, en diversas localidades y bandas de frecuencias, entre las cuales se encuentra el servicio de radiodifusion sonora en Frecuencia Modulada (FM) en la localidad de Punta de Bombon-La Curva-Cocachacra, departamento de Arequipa; Que, con fecha 25 de setiembre del 2013, se llevo a cabo el Acto Publico Unico: Recepcion y Apertura de Sobres Nºs. 3 y 4 y Otorgamiento de la Buena Pro del Concurso Publico Nº 01-2013-MTC/28, adjudicandose la Buena Pro al senor ROSULO MORDAZA PHICIHUA MORDAZA para la autorizacion del servicio de radiodifusion sonora educativa en Frecuencia Modulada (FM), en la localidad de Punta de Bombon-La CurvaCocachacra, departamento de Arequipa; Que, el articulo 19º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, establece que la autorizacion para prestar el servicio de radiodifusion es concedida mediante Resolucion del Viceministro de Comunicaciones; Que, con Resolucion Viceministerial Nº 106-2004MTC/03 y sus modificatorias, se aprobaron los Planes de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias del Servicio de Radiodifusion Sonora en Frecuencia Modulada (FM) para las localidades del departamento de MORDAZA, entre las cuales se encuentra la localidad de Punta de Bombon-La Curva-Cocachacra; Que, el Plan de Canalizacion y Asignacion de Frecuencias la localidad de Punta de Bombon-La CurvaCocachacra, establece 1 KW como MORDAZA potencia efectiva radiada (e.r.p.) a ser autorizada en la direccion de MORDAZA ganancia de antena; Que, segun Resolucion Ministerial Nº 207-2009MTC/03, la misma que modifico las Normas Tecnicas del Servicio de Radiodifusion aprobadas mediante Resolucion Ministerial Nº 358-2003-MTC/03, las estaciones que operen en el rango mayor a 500 W hasta 1000 W de e.r.p., en la direccion de MORDAZA ganancia de antena, se clasifican como Estaciones de Servicio Primario Clase D4, consideradas de Baja Potencia; Que, en virtud a lo indicado, el senor ROSULO MORDAZA PHICIHUA MORDAZA, no se encuentra obligado a presentar los Estudios Teoricos de Radiaciones No Ionizantes ni a efectuar los monitoreos anuales correspondientes a la presente estacion, debido a que por su condicion de estacion de baja potencia esta exonerada de ello, segun se establece en el Decreto Supremo Nº 0382006-MTC que modifica el Decreto Supremo 038-2003MTC mediante el cual se aprobaron los Limites Maximos de Radiaciones No Ionizantes en Telecomunicaciones;

Caracteristicas Tecnicas: Indicativo Emision Potencia Nominal del Transmisor Clasificacion de Estacion : OAK-6C : 256KF8E : 0.5 KW : PRIMARIA D4 ­ BAJA POTENCIA

Ubicacion de la Estacion: Estudios : Jr. MORDAZA MORDAZA N° 262, distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa.

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 71º 46' 10.48'' Latitud Sur : 17º 05' 30.83'' Planta Transmisora : Cerro Veracruz, distrito de Cocachacra, provincia de Islay, departamento de Arequipa.

Coordenadas Geograficas : Longitud Oeste : 71º 46' 23.33'' Latitud Sur : 17º 05' 15.24'' MORDAZA de Servicio : El area comprendida dentro del contorno de 66 dB V/m

La autorizacion otorgada incluye el permiso para instalar los equipos de radiodifusion correspondientes. De acuerdo con lo establecido en el articulo 52º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, para el caso de los enlaces auxiliares se requiere de autorizacion previa otorgada por la Direccion General de Autorizaciones en Telecomunicaciones.